Marzo partió con una buena noticia. Luego de 7 años de tramitación, el Congreso aprobó el proyecto de ley integral contra la violencia hacia las mujeres. Sin embargo, no fue promulgada de inmediato ya que hubo un requerimiento de inconstitucionalidad. ¡En este boletín te contamos todo!
El 6 de marzo la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto de ley contra la violencia hacia las mujeres. Esta ley, que fue ingresada en 2017 por la entonces presidenta Michelle Bachelet, establece un marco integral para garantizar el derecho de mujeres, niñas y adolescentes a una vida libre de violencia.
¿Qué significa que sea un marco integral?
Que adopta una definición amplia de violencia contra las mujeres superando la noción restringida de violencia intrafamiliar. Por otro lado, establece responsabilidades para los diferentes órganos del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) e incluye las obligaciones de prevención, investigación, protección, sanción y reparación de violencia para las instituciones pertinentes.
La ley, entre otras cosas:
- Fortalece la obligación del Estado de velar por un debido acceso a la justicia, protección en el proceso y medidas cautelares
- Garantiza asistencia y representación judicial a las víctimas de violencia de género
- Refuerza las medidas cautelares y permite que no solo se puedan establecer en casos de violencia intrafamiliar
- Define las diferentes formas en que se manifiesta la violencia, incluyendo la violencia sexual, simbólica, económica, gineco-obstétrica, política, entre otras
- Crea un sistema integrado y unificado de gestión de casos, así las mujeres no deben relatar lo sucedido en reiteradas ocasiones y favorecerá que las instituciones trabajen de manera articulada
- Establece medidas concretas para la prevención de la violencia, a cargo de diversos organismos
Pero la ley integral enfrentó un último obstáculo. El 8 de marzo un grupo de diputados/as de derecha presentó un requerimiento ante el Tribunal Constitucional ya que, según ellos, la inclusión de la educación no sexista como medida de prevención de la violencia sería inconstitucional.
En el documento señalaban que la educación no sexista limitaría “el derecho de la libertad de enseñanza de los establecimientos educacionales y el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos”. El 19 de marzo el Tribunal declaró admisible el requerimiento y convocó a una audiencia pública para recibir a organizaciones de la sociedad civil.
El 2 de abril fue la vista de la causa, oportunidad en que se presentaron los alegatos de los diputados y diputadas requirentes y del gobierno.
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Lo que estuvo en debate: educación no sexista
Entrevistamos a una docente de la Red de Docentes Feministas de Chile para conocer qué es la educación no sexista, su importancia para prevenir la violencia y por qué esta genera rechazo en algunos sectores.
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¿Qué dicen las organizaciones?
El martes 26 de marzo el Tribunal Constitucional recibió en audiencia pública a las organizaciones que fueron a exponer a favor o en contra del requerimiento de inconstitucionalidad de la educación no sexista. En La Neta te contamos los principales argumentos de la jornada.
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Decisión del Tribunal: la educación no sexista es constitucional
Luego de escuchar los alegatos de ambas partes, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inconstitucionalidad de la educación no sexista en el proyecto de ley integral contra la violencia hacia las mujeres.
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OPINIÓN
Paula Pávez del Observatorio de Género y Equidad escribe sobre cómo la ley integral de violencia beneficiaría a las mujeres de zonas rurales.
A casi un mes desde su aprobación, y 7 años de trámite, la ley integral finalmente está lista para ser promulgada y este boletín llega a su cierre.
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