No pasó por el Tribunal Constitucional: Se aprueba el nuevo reglamento de objeción de conciencia

El nuevo reglamento de objeción de conciencia busca asegurar que cada hospital cuente con el personal idóneo para la ley IVE. 

Chile cuenta con un nuevo reglamento que regula la objeción de conciencia en la ley IVE en tres causales. Esto, luego de que el viernes 27 de mayo se cumpliera el plazo para que se presenten impugnaciones ante el Tribunal Constitucional respecto a este reglamento. 

A diferencia de lo que se creía -ya que sí presentaron argumentos en el proceso de toma de razón en Contraloría-, ni la derecha ni grupos religiosos presentaron acciones ante el Tribunal Constitucional.

Revisa el informe sobre objeción de conciencia en 2024, realizado por Corporación Humanas

¿Qué incluye el nuevo reglamento de objeción de conciencia?

Como te contamos en detalle en esta nota, el nuevo reglamento de objeción de conciencia busca principalmente asegurar el acceso a la información y a la prestación de salud contemplada en la ley 21.030. 

Así, según indica la nueva normativa, “todos los establecimientos de salud, públicos o privados, que ofrezcan servicios de atención ginecológica y obstétrica, deberán exhibir en un lugar público y visible los derechos consagrados en la ley Nº 21.030”. También el médico deberá indicar en la primera consulta si es o no objetor de conciencia y en qué causales. 

En la misma línea, las y los jefes de servicio tendrán acceso a un listado actualizado de objetores de conciencia, para velar porque siempre exista personal disponible realizar la interrupción voluntaria del embarazo.

Finalmente, el nuevo reglamento señala que los establecimientos de salud podrán priorizar la contratación de personal no objetor. Esto, en caso de no contar con el “personal sanitario idóneo, suficiente y disponible para asegurar la atención médica de las personas que requieran la interrupción de su embarazo”.