Boletín diario: ¿Qué pasó este miércoles 6 de abril en la Convención Constitucional?

¡Importantes noticias! La Comisión Forma de Estado terminó de votar todos los artículos emanados de este espacio, quedándoles sólo las normas que han sido o serán devueltas en el Pleno. Por su parte, la de Sistema Político finalizó la votación en general de las normas de su segundo informe sobre seguridad, probidad, defensa y relaciones exteriores. Todos los detalles en el boletín de hoy. 

 

Para conocer los detalles de lo trabajado ayer por la Convención, te invitamos a revisar el boletín del pasado martes 5 de abril: https://laneta.cl/boletin-diario-que-paso-este-martes-5-de-abril-en-la-convencion-constitucional/

 

¿Qué estaba presupuestado para hoy?

 

09:30 hrs.

 

  • Comisión Sistema Político
  • Comisión Principios Constitucionales
  • Comisión Forma de Estado

 

¿Qué pasó realmente?

Comisión Sistema Político

 

 

La comisión terminó de votar en general las iniciativas de su segundo bloque de normas hasta total despacho. Estas refieren a materias como estado de excepción, corrupción, política exterior, ética profesional en las universidades, probidad y transparencia en la función pública.

 

Durante esta jornada, se aprobaron seis normas. Aquí te contamos de qué se tratan:

 

Buen gobierno, probidad y transparencia pública

 

-Iniciativa Nº 423-1 que consagra el estatuto constitucional de los colegios profesionales universitarios como garantes de la ética profesional y la fe pública. Esta norma establece que estas entidades son “corporaciones de derecho público, nacionales y autónomas, que colaboran con los propósitos y las responsabilidades del Estado”. También indica que su labor consiste en velar por el ejercicio ético de sus integrantes y representar oficialmente a la profesión ante el Estado. 

-Párrafos 1 y 5 de la iniciativa Nº 241-1, que dispone normas sobre buen gobierno. El primer párrafo establece que el ejercicio de las funciones públicas se regirá por principios de probidad, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas, interculturalidad, enfoque de género y perspectiva feminista, entre otros. En cuanto al quinto, indica que “todas las personas tienen el derecho a denunciar, ante el órgano correspondiente, las faltas a la probidad, a la transparencia, los hechos de corrupción y la vulneración a los derechos fundamentales”.

 

Seguridad pública y Fuerzas Armadas

 

-Iniciativa Nº 522-1 que establece restricciones a la tenencia y porte de armas. “Ninguna persona, grupo u organización podrá poseer o tener armas u otros elementos similares que señale una ley, sin autorización otorgada en conformidad a ésta”, establece el artículo. 

-Iniciativa Nº 933-1 que regula fuerzas de seguridad y de orden. Esta propone que la defensa nacional debe comprender principios de cooperación internacional, igualdad de género e interculturalidad y el pleno respeto al derecho internacional y derechos fundamentales. Asimismo, establece que las Fuerzas Armadas son instituciones profesionales, subordinadas al jefe de gobierno y no deliberantes. También se hace la diferencia con las policías a cargo de la seguridad pública y del ministerio respectivo.

 

Relaciones exteriores

 

-Iniciativa Nº 754-1 sobre integración regional y cooperación transfronteriza. Establece que Chile funda sus relaciones internacionales en el respeto al derecho internacional, principios de multilateralismo, independencia e igualdad entre Estados, respeto a la autonomía política de los Estados, solución pacífica de los conflictos internacionales, entre otros. “Chile declara a América Latina como región prioritaria en la conducción de sus relaciones internacionales. Impulsa la cooperación transfronteriza y la integración política, cultural y económica de los pueblos de la región de América del Sur y de América Latina y el Caribe”, expresa el artículo.

 

Estados de excepción

-Artículo sobre cláusula de responsabilidad de la iniciativa Nº 239. Esta establece que una ley regulará los estados de excepción, así como su declaración y la aplicación de las medidas legales y administrativas que procediera adoptar bajo aquéllos. “La utilización injustificada o abusiva de las facultades reconocidas en esta Constitución y la ley respectiva producirá responsabilidad penal y política. En ningún caso se permitirá violaciones a los derechos fundamentales consagrados en esta Constitución ni a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales”, señala parte de la norma.

 

Puedes revisar el detalle de las votaciones realizadas hoy haciendo click aquí

 

Durante la tarde se preparará el texto sistematizado, que será remitido a las y los convencionales y se abrirá el plazo para presentar indicaciones. Según explicó la coordinadora Rosa Catrileo, este será el próximo jueves 7, viernes 8 y sábado 9.

 

Respecto de las votaciones en particular, en primera instancia serían el próximo viernes 15 de abril, día feriado, sin perjuicio de que esto puede ser modificable dependiendo de la planificación de la próxima semana. Antes de finalizar la sesión, se dio cuenta de que la mayoría de la comisión estaría a favor de la idea de comenzar a adelantar votaciones desde 7:30 de la mañana los días martes, miércoles y jueves.

 

Comisión Principios Constitucionales

 

En la sesión de hoy se recibieron exposiciones referidas tanto a las normas aprobadas en general del cuarto bloque temático sobre derechos fundamentales, como de iniciativas populares de normas (INP), que no necesariamente llegaron a las 15 mil firmas. Por su parte, la comisión también presentó una propuesta para el proyecto de preámbulo.

 

Para las exposiciones, se presentaron:

 

Antonia Urrutia, de la relatoría de participación popular, quién expuso sobre iniciativas populares de normas referidas al derecho a la vejez. Hace referencia a que la gran mayoría de INP abordaron derechos sociales correspondientes a este grupo etario, tales como seguridad social, sistema de pensiones, cuidados, salud, vivienda, entre otros.

 

Sin embargo, entre las 19 iniciativas populares de normas que se presentaron sobre este tema, se produjo una dispersión de los apoyos y, por consiguiente, que ninguna llegará a las 15 mil firmas. Antonia, complementa que uno de los conceptos más recurrentes en las propuestas fue “la vejez digna”, siendo el Estado, la sociedad civil y el sector privado los principales actores que debieran  garantizar estos derechos.

 

Patricia Muñoz, de la Defensoría de la Niñez, señaló que “histórica y sistemáticamente a niños, niñas y adolescentes se les ha concebido como meros objetos de protección”, provocando lo que conocemos como adultocentrismo.  Para esto, la Defensoría de la Niñez apunta a “reconocerles y tratarles como sujetos de derecho, con capacidad de agencia, para que puedan ejercer plenamente sus derechos sin discriminación alguna”.

 

Dado lo anterior, desde la Defensoría se recomienda que “cada vez que se hable de ‘niñeces’ se incorpore ‘adolescencias’ dado que son ciclos vitales diversos”, y además “incorporar el enfoque intercultural e interseccional”, proponiendo la siguiente redacción: “Todo niño, niña y adolescente tiene derecho a ser protegido contra cualquier forma de violencia. El Estado deberá adoptar todas las medidas para promover y garantizar esta protección”.

 

Delfina Lawson, de la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), presentó sobre el derecho al asilo y principio de no devolución. Actualmente Siria, Palestina, Venezuela y Ucrania son países con mayor porcentaje de desplazamiento forzado, y hasta fines del 2020, 26.4 millones de personas en el mundo migraron a otro país buscando refugio.

 

Debido a esto se propone el principio de no devolución como “la piedra angular del sistema de protección de las personas refugiadas”, el cual “prohíbe a los estados devolver o expulsar a una persona refugiada o solicitante de asilo”, indicó Delfina. Quién comenta que “las normas que fueron aprobadas en general por la comisión recoge las recomendaciones desde el ámbito del derecho internacional, de los derechos humanos, y del derecho internacional de las personas refugiadas”.

 

Domingo Lovera, licenciado en ciencias jurídicas con máster en derecho, presentó sobre el reconocimiento constitucional de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Como antecedentes, el expositor indica que a pesar de cumplir 32 años la Convención del Niño, Chile es el único país de sudamérica sin una ley integral de protección, así como tampoco reconoce a nivel constitucional los derechos de las niñeces y adolescencias.

 

Se propone entonces, “incluir la protección prioritaria del interés superior del niño, niña y adolescente”, “especificar los derechos de las infancias y adolescencias”, que sea “deber estatal la promoción de bienestar y desarrollo, que las familias tenga un rol esencial en sus crecimientos y cuidados, protegerles contra toda forma de violencia, y una ley integral sobre la materia.

 

Posterior a las exposiciones, desde coordinación se informó que la mesa directiva solicitó a esta comisión en específico crear una propuesta de reforma al reglamento sobre la construcción del preámbulo. Para lo cual se redactó lo siguiente:

 

En la comisión, en general, seguirán trabajando quienes ya son integrantes de la misma y en paralelo a la comisión de armonización, sin cerrar la posibilidad de que convencionales puedan elegir en qué comisión colaborar. Además, se seguirán recibiendo propuestas de preámbulos.

 

Ahora bien, para que la mesa directiva recepcione la propuesta y se vote en el pleno, se necesitan 52 firmas de convencionales. No obstante, con 12 votos a favor y 3 votos en contra, es aprobada la propuesta formulada por la coordinación en torno a una modificación del reglamento sobre el preámbulo.

 

Comisión Forma de Estado

 

 

La sesión de hoy tuvo como objetivo finalizar la votación en particular de las normas del bloque 3, correspondientes a cargas tributarias y ruralidad, democratización del poder, grupos históricamente excluidos y organización fiscal.

 

En primer lugar, fuero votados los artículos sobre ruralidad. En esta instancia se aprobó la sustitución al artículo 75, por lo siguiente “El Estado reconoce la ruralidad como una expresión territorial donde las formas de vida y producción se desarrollan en torno a la relación directa de las personas y comunidades con la tierra, el agua y el mar. El Estado promoverá el desarrollo integral de los territorios rurales”.

 

Con la totalidad de los votos de las y los convencionales presentes en sala, fue aprobado íntegramente el artículo 76 que comprende a la ruralidad como “aquel espacio territorial o hábitat donde se ejerce la vida, la producción, recolección y renovación de los bienes comunes de la tierra, y especialmente el uso, aprovechamiento y cuidado de las aguas marino-costeras, lacustres y de los ríos y otros cuerpos de agua”. En el inciso segundo se establece la función social, cultural y ecológica de “la tierra, los territorios, el agua, la biodiversidad y los ecosistemas rurales” por lo que es responsabilidad del Estado “asegurar su protección, conservación y fomentar su restauración”.

 

Fue aprobada una indicación sustitutiva para el artículo 83 que establece el reconocimiento estatal a “las prácticas e innovaciones materiales e inmateriales de las comunidades rurales como patrimonio común”. Y su fomento en procesos educativos y de desarrollo para la agricultura campesina e indígena.

 

El artículo 84 también tuvo grandes modificaciones al aprobarse una indicación sustitutiva y otra que agregaba un nuevo inciso al final del artículo, quedando de la siguiente manera:

 

“Artículo 84.- El Estado reconoce la función social y ecológica de la tierra, el agua, el mar, por lo que deberá regular su uso, fomentar su restauración y manejo ecológico, así como limitar y prevenir la concentración de su propiedad. El ordenamiento del territorio rural deberá proteger las aguas, conservar los suelos y prevenir su degradación.

Esta protección estatal, el manejo ecológicamente responsable, la prevención y restauración ante la degradación ambiental, estarán determinados por la ley y los estatutos regionales”.

 

Un significativo cambio tuvo el artículo 85, aprobado en general anteriormente este establecía un listado de elementos que eran deber del Estado proteger, entre estos se encontraba el “patrimonio genético forestal de semillas locales” hasta “la explotación adecuada de los recursos naturales basados en su capacidad biológica de reposición”. Sin embargo, con la aprobación de una indicación sustitutiva, este artículo quedó enfocado en el deber estatal de garantizar el uso, manejo y libre intercambio de semillas y material vegetal de propagación. Este artículo quedó de la siguiente manera:

“Artículo 85.- Es deber del Estado garantizar el uso, manejo y libre intercambio de semillas y material vegetal de propagación.

No se permitirá la privatización de la capacidad reproductiva de plantas y animales”.

 

Misma suerte tuvo el artículo 88, el que aprobado en general establecía la garantía constitucional del derecho a la alimentación de los pueblos de Chile. Sin embargo, con la aprobación de la indicación que busca sustituirlo fue agregada la palabra “personas” al artículo, quedando de la siguiente manera:

“Artículo 88.- Las personas y los pueblos tienen el derecho fundamental a la alimentación. Las políticas agropecuarias, pesqueras y alimentarias del país deben ordenar su acción en pleno respeto de este derecho.

El Estado garantizará los mecanismos para que los habitantes del país tengan acceso económico, físico y oportuno a una alimentación sana, saludable, diversa, nutricionalmente completa, sin contaminantes, suficiente y culturalmente adecuada.

Será deber del Estado apoyar la agricultura campesina e indígena, la recolección artesanal, la pesca artesanal, las ferias libres, los mercados locales y el canal alimentario agropesquero tradicional como pilares fundamentales de la producción y abastecimiento de alimentos”.

 

Con la aprobación de la indicación para suprimir la expresión “e inalienable” después de “derecho fundamental”, el artículo 89 quedo de la siguiente manera: “ El Estado reconoce la soberanía alimentaria como el derecho fundamental de los pueblos a determinar libremente y poner en práctica sus propios sistemas de producción, procesamiento y distribución de alimentos”. Además, fue aprobada una indicación que agrega dos incisos al artículo que establece la regulación de “plaguicidas, agroquímicos, aditivos y transgénicos” y la prohibición de los dos primeros cuando sean altamente peligrosos para la salud y los ecosistemas.

 

Fueron suprimidos los dos únicos artículos en torno a Medio Ambiente. Estos proponían la promoción de acciones, por parte del Estado y sus organismos, para “gestionar, mitigar y adaptarse a la crisis climática y ecológica”. Además, establecía que “la unidad de gestión climática del territorio corresponderá a las cuencas, y biomas, las que contarán con un sistema de administración integrado de los elementos de la Naturaleza y actividades humanas, que promuevan la articulación multiescalar entre distintos niveles de gestión”.

 

En cuanto a los artículos sobre Gobierno Regional fue aprobada la sustitución del artículo 116 por lo siguiente: “El Estado es garante de la conectividad del país en coordinación con los gobiernos regionales. El Gobernador o Gobernadora y la Asamblea Regional deberán establecer los mecanismos, normas y políticas necesarias para asegurar y fomentar la conectividad de toda la región, con especial cuidado de los sectores rurales, aislados y de difícil acceso. Esto se realizará en consulta con el Consejo de Alcaldes y Alcaldesas y las políticas que se establezcan a nivel nacional. El Gobernador o Gobernadora deberá establecer mecanismos de evaluación para las empresas relacionadas a conectividad que incorpore la participación ciudadana en la forma establecida en esta Constitución y las leyes”.

 

Además, se aprobó el artículo 131 que establece las atribuciones de la Asamblea Regional, las cuáles son: Pronunciarse sobre la convocatoria a consultas o plebiscitos regionales; Administrar su patrimonio, bienes y rentas; Aprobar, rechazar o modificar la inversión de los recursos de los fondos de compensación interterritorial que se creen y otros recursos públicos que disponga la ley; y pronunciarse en conjunto con los órganos competentes respecto de los procesos de evaluación ambiental.

 

En cuanto a las normas sobre ordenamiento territorial, fue aprobado el artículo 135 que establece el deber del Estado y sus entidades regionales en el orden y planificación del suelo del territorio nacional, para esto se utilizará “unidades de ordenación que consideren las cuencas hidrográficas y los usos de suelo”.

 

Junto con esto fue aprobado el artículo 136 que señala que este orden y planificación será de carácter vinculante, por lo que se “deberán realizar procesos de participación previos e informados en sus diferentes etapas, considerando los diversos sistemas de conocimientos existentes”.

 

Por último, se sometió a votación normas varias. Se aprobó el artículo 141 sobre instituciones estatales de educación superior, este establece la existencia de al menos una universidad estatal y una institución de formación técnico profesional de nivel superior, en cada región.

Además fue aprobado el artículo 142 sobre el Cuerpo de Bomberos de Chile. En el inciso segundo de este artículo se establece la cobertura financiera por parte del Estado “para cubrir la totalidad de sus gastos operacionales, capacitación y equipos, como también otorgar cobertura médica a su personal por accidentes o enfermedades contraídas por actos de servicio”.

Con total despacho se dio por finalizada la votación del bloque 3.

Visita Fundación Max Planck

Al medio día la comisión recibió a la Fundación Max Planck que realizó una exposición a las normas de Forma de Estado aprobadas, que se encuentran en la propuesta constitucional, con el objetivo de entregar sugerencias para la etapa de armonización.

Respecto a las normas del primer informe se mencionó que es único “en comparación a otras constituciones de otros países, ya que tiene muchísimo enfoque en la descentralización del país, sin convertir al país en un Estado Federal”. Sobre los artículos contenidos en este, se sugirió que en el artículo 1 sobre Estado Regional se señalará con mayor precisión los sistemas de Gobierno: municipales, regionales y del Estado. Junto con esto dar mayor definición a que son las entidades autónomas de los pueblos originarios.

En cuanto al artículo 3 sobre el Territorio, recomendó que este fuera considerado agregarlo a los principios de la Constitución, para evitar que el capítulo quedará cargado con principios generales.

 

El artículo 7 de la Participación en las entidades territoriales en el Estado Regional, fue felicitado por encajar perfectamente con los estándares de las Naciones Unidas y de los acuerdos ILO.

 

Otra de las recomendaciones entregadas estuvo en el artículo 19 de Cláusula residual, por considerar que su formulación puede ser una “bomba de tiempo”, ya que quita las atribuciones a las entidades regionales y se las entrega al Estado. Por lo que se recomendó revisar la formulación de este artículo y armonizarlas con las otras normas, ya que puede entregar más atribuciones al Estado.

 

El artículo 31 y 35 sobre las atribuciones de la Asamblea Regional y Gobierno Regional, respectivamente, también fueron sujeto de recomendaciones, ya que no se distingue con precisión poderes exclusivos del gobierno regional y las asambleas regionales. Debido a esto, se sugirió armonizar ambos artículos para que las atribuciones legislativas entregadas a las regiones puedan cubrir en su totalidad las entidades bajo ella.

Junto con esto, se agregó que faltaría por describir las funciones del Gobierno central. La recomendación de la fundación, fue redactar desde el nivel más bajo hacia arriba, es decir, desde el orden de municipal, regional, para finalizar con el Estado. Estas definiciones deberían ser armonizadas para que exista una coherencia entre las atribuciones entregadas a todos los niveles.

 

Una tarea pendiente que dejó a la Comisión fue pensar y discutir un Sistema Fiscal Descentralizado. Considerando que la mayoría de las facultades se encuentran ubicadas a nivel municipal y regional, se sugirió que los impuestos sean a nivel municipal, regional y de Estado. “Este orden crea una importante competencia económica entre los niveles municipales y regionales, lo cual en la experiencia de Alemania es de bastante beneficio para un buen desarrollo económico en el territorio”, se mencionó en la intervención.

 

¿Qué pasa mañana?

 

09:30 hrs:

 

  • Comisión Derechos Fundamentales
  • Comisión Medio Ambiente

 

IMPORTANTE:

 

Mañana la Comisión sobre Derechos Fundamentales deliberará y votará en particular normas referidas a derechos sociales como salud, vivienda, educación, seguridad social, entre otras, las que ya fueron aprobadas en general por la comisión. Para que te pongas en modo estudio, te compartimos el texto sistematizado de normas de la Comisión Derechos Fundamentales.

 

Puedes revisarlo aquí: DDFF Texto sistematizado B3 (ex B2), 4 y ODF (01.04.2022) (1)

 

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