Boletín diario: ¿Qué pasó este martes 22 de febrero en la Convención Constitucional?

Las comisiones sobre Medio Ambiente y Derechos Fundamentales tuvieron una extensa jornada de votación de sus normas en particular. ¿Qué se ha aprobado y rechazado? Aquí te contamos aquellas normas que tuvieron luz verde para pasar a la discusión y votación en el Pleno y otras noticias que marcaron esta jornada. 

 

¿Qué estaba presupuestado para hoy?

 

09:30 hrs:

 

  • Comisión Principios Constitucionales
  • Comisión Forma de Estado
  • Comisión Medio Ambiente (hasta total despacho)
  • Comisión Derechos Fundamentales (hasta las 21 hrs.)
  • Comisión Sistemas de Justicia (hasta las 17 hrs.)
  • Comisión Sistemas de Conocimientos

 

¿Qué se llevó a cabo realmente?

 

Comisión Principios Constitucionales

 

En la sesión n°42 de hoy se deliberaron múltiples iniciativas en torno al ámbito de participación popular y democracia directa.

 

Se deliberaron las siguientes iniciativas:

 

  1. N°196-2, que “regula el plebiscito, en cuanto mecanismo de democracia directa”.
  2. N°228-2 que «introduce el mandato revocatorio de las autoridades electas».
  3. N°230-2 «sobre participación democrática y representación política».
  4. N°374-2 que «incorpora diversos mecanismos de democracia directa».
  5. N°377-2 que «incorpora mecanismos de democracia directa y contiene otras normas».
  6. N°399-2 que «incorpora mecanismos de democracia directa».
  7. N°453-2 que establece mandato revocatorio.
  8. N°591-2 que establece la “Consagración de la Participación ciudadana vinculante”.
  9. N°602-2 que establece la “Consagración de Mecanismos de Democracia Directa y Semidirecta”.
  10. N°686-2, que “Propone disposiciones sobre Participación popular y democracia digital y postal”.
  11. N°759-2 que introduce diversos mecanismos de democracia participativa, incidente y vinculante.
  12. N°886-2, que propone capítulo sobre democracia representativa, democracia directa y mecanismos de participación popular.

 

Dentro de las normativas más destacadas se encuentran:

 

La iniciativa N°228 presentada por el convencional Alvin Saldaña. La norma habla sobre la revocación de las autoridades electas, apunta principalmente a un poder hacia la ciudadanía que pueda ejercer un control directo sobre los cargos de elección popular. La revocación debe ser respaldada por lo menos por un diez por ciento del padrón electoral.

En la deliberación, el convencional Jorge Baradit, agregó que le gustó mucho la propuesta, pero falta la corrección de términos jurídicos para llegar a una mejor ampliación de la norma.

Otra iniciativa fue la N°602 presentada por la convencional Beatriz Sanchez, normativa que establece la consagración de mecanismos de democracia directa y semidirecta, esto significa, que el pueblo titular de la soberanía y del poder constituyente, podrá presentar una propuesta de norma constitucional para que sea votada mediante referéndum nacional de manera conjunta con la elección general próxima, siempre que se cuente, a lo menos, el ocho por ciento del último padrón electoral vigente.

En la deliberación de la norma, la convencional Lisette Vergara preguntó acerca de la garantía de la representatividad, siendo que en relación con el padrón electoral no existe mucha participación. La convencional Beatriz Sánchez, argumentó que es una respuesta compleja, y qué tratarán de ver la solución para buscar la mayor representatividad en la norma.

La comisión de Principios seguirá deliberando las normas pertenecientes al bloque dos durante toda esta semana, teniendo sesiones durante la mañana. En el caso de la sesión n°43, la sesión se extenderá hasta la tarde, con el propósito de abarcar la mayor cantidad de normas. 

Este sábado 26 de febrero, se sesionará de manera extraordinaria desde las 10 am hasta las 13:30 para votar en particular las normas aprobadas en general, pertenecientes al bloque 1. Este comparado se entregará, posiblemente, durante la jornada de mañana. Dado que ingresaron más de 500 indicaciones a las normas, las votaciones continuarán el día lunes desde las 9:30 y hasta total despacho.

 

Comisión Forma de Estado

 

Hoy se continuó con la deliberación del segundo bloque de normas, correspondiente a los temas de regulación de gobiernos locales o comunales, autonomías territoriales indígenas, territorios especiales y distribución territorial.

Las Iniciativas de Normas Convencionales presentadas en la sesión fueron las siguientes:

– Iniciativa 470-3 que crea el territorio especial del Archipiélago Juan Fernández e Islas Desventuradas y otorga reconocimiento al Pueblo Tribal Fernandeciano. 

“En el año 2007 mediante la ley 20.573 se propuso una reforma constitucional que modificó el artículo 126 bis sobre los territorios de Juan Fernandez y Rapa Nui, en ella se dispuso que para los efectos de su gobierno y administración, estos territorios se regirán por los respectivos estatutos especiales contenidos en leyes orgánicas constitucionales”, sin embargo, “el proyecto se encuentra estancado hace 16 años en el parlamento, impidiendo el desarrollo y la conservación de las islas”, comentan sus expositores. 

Ante esta situación, la norma pretende “visibilizar la urgencia de establecer políticas descentralizadas” para proteger estos territorios, y “garantizar un mecanismo eficaz para la creación de Estatutos especiales” que “reconozcan el carácter tribal del pueblo fernandeciano”, reconociendo también “su identidad y vinculación histórica, cultural, económica, biológica de las islas con su ecosistema”.

– Iniciativa 341-3 que “otorga el estatuto de territorio especial a las zonas geográficas que indica”.

Específicamente el articulado propone que “dada su importancia geopolítica y sus condiciones particulares se consideran territorios especiales el Archipiélago Juan Fernandez, la isla de Rapa Nui, la región de Arica y Parinacota, la región de Aysén, región de Magallanes y la Antártida chilena, entre otros que determine una ley orgánica constitucional”, así mismo, “sus administraciones se regirán por estatutos particulares que se establecerán mediante la ley”. 

– Iniciativa 480-3 que establece el estatuto de derechos de personas chilenas en el extranjero y crea la Región Exterior.

La norma basada en el principio de igualdad, tiene como fin que “quienes viven en el extranjero puedan contar con un territorio inmaterial que les vincule de forma permanente a Chile y le facilite los trámites administrativos”.   

De acuerdo a lo anterior, se consagran derechos específicos para las chilenas y los chilenos en el exterior, tales como “el reconocimiento de la existencia de más de un millón de personas con nacionalidad chilena que viven en otros países”, ”derecho al acceso de sus derechos fundamentales”, “mandato al Estado para atenderles de forma permanente fortaleciendo los consulados”, “garantizar que puedan ejercer sus derechos civiles, políticos y sociales”, “derecho a la petición y participación”.   

En cuanto a la creación de una región exterior, se propone “un territorio inmaterial que favorezca el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de quienes lo habitan”. Específicamente el artículo propone “reconocer el concepto de región exterior dejando su configuración y diseño al legislador” y “se establece que dicha región tendrá una persona encargada del gobierno regional, electo o electa por la ciudadanía chilena en el exterior”.  

– Iniciativa 601-3, que consagra el deber de protección ambiental de los gobiernos locales.

En su articulado específicamente se propone, “ejecutar mecanismos y acciones de protección ambiental, en la forma que lo determine la constitución, la ley y los instrumentos de gestión ambiental y normas afines”, “elaborar ordenanzas destinadas a la protección ambiental y establecer sanciones que se determinen en conformidad a la ley”, “ejercer acciones en representación de la naturaleza y sus derechos reconocidos por esta constitución”, y “acceder a financiamientos del Estado orientados al manejo, resguardo, protección, restauración y recuperación del medio ambiente”.

– Iniciativa 609-3, sobre el Territorio Antártico chileno, e Iniciativa 642-3, que Incorpora expresamente al territorio nacional y límites del Estado de Chile en la Constitución.

Presentadas conjuntamente, la primera norma propone que “el Territorio Chileno Antártico constituye un territorio especial”, y “es deber del Estado mantener una presencia permanente y continua en el Territorio Chileno Antártico, promover la actividad científica, y tomar los resguardos necesarios, ejerciendo labores de control a fin de garantizar la protección del medio ambiente antártico y sus ecosistemas dependientes y asociados”.

Por su parte, la segunda norma básicamente indica en su artículo que “el territorio del Estado de Chile se encuentra conformado indivisiblemente por sus territorios continentales e insulares de América, Oceanía y la Antártica hasta el Polo Sur, por su espacio aéreo y por su territorio marítimo”.   

Finalmente, según el cronograma, se informa desde la coordinación, el día jueves 24 es el plazo para concluir con las exposiciones de normas de segundo bloque; el día viernes 25, previo al pleno, tendrán sesión extraordinaria para votar las indicaciones del informe de reemplazo y las indicaciones que fueron rechazadas en particular del primer informe; y el próximo lunes 28 comenzará la votación en general del segundo bloque de normas.

 

Comisión Medio Ambiente 

 

En la sesión de hoy se sometieron a votación particular del bloque temático N°2. Las normativas aprobadas pasarán a la deliberación del pleno. Cada convencional contaba con un minuto y medio para explicar la normativa y posteriormente, someterla a votación. Puedes revisar el comparado con las indicaciones que se votaron durante esta jornada aquí: https://www.cconstituyente.cl/comisiones/verDoc.aspx?prmID=2218&prmTipo=DOCUMENTO_COMISION

La comisión sesionó hasta la noche para llevar a cabo esta votación. Hasta el cierre de esta edición (20:50 hrs), algunas de las indicaciones aprobadas eran los siguientes:

El Constituyente Nicolás Núñez, para sustituir el artículo 2 por el que sigue:

“Artículo 2. Mejor evidencia científica y participación ciudadana. El Estado deberá destinar los recursos necesarios y crear un sistema que estudie y monitoree en forma permanente los efectos e impactos de la Crisis Climática y Ecológica en nuestro país, generando información basada en la mejor evidencia científica disponible y en las particularidades de los ecosistemas y comunidades afectadas, que oriente las decisiones de política pública y articule las actuaciones de los órganos competentes”.

Por 15 votos a favor, 3 en contra y 0 abstenciones, la normativa fue aprobada.

Indicación 14, del Constituyente Nicolás Núñez y otros, para suprimir el artículo 3: “Estas acciones deberán orientarse de manera prioritaria a la protección de los grupos más vulnerables, la conservación de los ecosistemas y el resguardo las generaciones presentes y futuras. Este deber se realizará cumpliendo siempre con distribuir de manera justa y equitativa los distintos costos y beneficios que derivan de las acciones implementadas”. Con 18 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, la normativa fue aprobada.

Artículo 14, de los bienes comunes naturales Los bienes comunes naturales son aquellos elementos o componentes de la Naturaleza que son comunes a todos los seres vivos, pueblos y naciones de Chile, incluidas las generaciones futuras. No son susceptibles de propiedad ni dominio alguno y existe un interés general prioritario en su preservación

Indicación 73, del Constituyente Pablo Toloza, para suprimir el artículo 14.

Con 3 votos a favor, 15 en contra y 1 abstención. La normativa fue rechazada.

Indicación 74, del Constituyente Nicolás Núñez y otros, para sustituir el artículo 14, por el siguiente: “Artículo 14. De los bienes comunes naturales. Los bienes comunes naturales son aquellos elementos o componentes de la Naturaleza que son comunes a todos los seres vivos y pueblos y naciones de Chile. Estos bienes no son susceptibles de apropiación y existe un interés general prioritario en su preservación para la existencia de las generaciones presentes y futuras. Con 16 votos a favor, 2 en contra y 1 abstención. La normativa fue aprobada.

Indicación 104, de los Constituyentes Ivanna Olivares y otros, para agregar, inmediatamente después del artículo 14, un artículo nuevo del siguiente tenor: “Artículo nuevo. Son bienes comunes naturales a lo menos: las aguas en todas sus formas e interfaces, incluyendo glaciares y criósfera; el mar territorial, la altamar y el fondo marino; las playas, dunas y el borde costero; el subsuelo; los humedales; el aire, viento y atmósfera; la radiación solar; los campos geotérmicos; la alta montaña; el cielo y el espacio; y aquellos que declare la constitución y las leyes. Con 12 votos  a favor, 6 en contra y 1 abstención. La norma fue aprobada

Indicación 105, de la Constituyente Carolina Sepúlveda y otros, para agregar inmediatamente después del artículo 14, el siguiente artículo: “Artículo. Son bienes naturales comunes, a lo menos, aquellos que declara la Constitución y las Leyes.”

Con 10 votos a favor, 5 en contra y 4 abstenciones. La norma fue aprobada.

Artículo 15, Mecanismos de Garantía. “Cualquier persona podrá acudir a los tribunales, los que no podrán rehusar conocer de esta acción, para exigir el cumplimiento de los deberes constitucionales de custodia de los bienes comunes establecidos en esta Constitución. La ley determinará el procedimiento y los requisitos de la acción que aquí se consagra”.

Indicación 107, del Constituyente Nicolás Núñez y otros, para sustituir el artículo 15 por el siguiente: “Artículo 15. Autorizaciones de uso. El Estado podrá autorizar el uso por parte de particulares de esta clase de bienes. Esta autorización será inapropiada, incomerciable, intransferible e intransmisible. La ley establecerá las condiciones de otorgamiento, uso, obligaciones, restricciones, tarifas, temporalidad, renovación, extinción, y demás que sean pertinentes de dichas autorizaciones de uso. Con 14 votos a favor, 3 en contra y ningúna abstención.  La normativa fue aprobada

Indicación 109, de la Constituyente Ivanna Olivares y otros: para agregar, inmediatamente después del artículo 15, un artículo nuevo del siguiente tenor: “Artículo nuevo. Regímenes especiales. Existirán regímenes especiales para ciertos bienes comunes naturales. En el caso del aire, los glaciares y la criósfera, el fondo marino, la alta montaña, no podrá otorgarse autorizaciones de uso. Respecto de bienes comunes naturales especialmente sensibles se podrán dictar normas especiales de preservación y restauración.” Con 11 votos a favor, 7 en contra y 1 abstención. La norma fue aprobada.

Indicación 111- De la Constituyente Ivanna Olivares y otros: para agregar, como artículo final del apartado de bienes naturales comunes, un artículo nuevo del siguiente tenor: “Artículo nuevo. Derechos de los pueblos indígenas. Los pueblos y naciones preexistentes tienen un régimen especial de titularidad colectiva de los bienes comunes naturales que se encuentran en sus tierras y territorios. En virtud de este régimen especial, tienen derecho a acceder, utilizar y controlar dichos bienes, los cuales forman parte de su identidad y permiten su pervivencia cultural, social y económica. Con 11 votos a favor, 7 en contra y 1 abstención. La norma fue aprobada.

Indicación 251, La constituyente Ivanna Olivares, para sustituir el Artículo 38 por el siguiente: “Artículo 38. De la biodiversidad. El Estado debe velar y garantizar la protección, restauración y conservación de los vínculos ecosistémicos que sostienen la biodiversidad con especial esfuerzo en los reinos Animalia, Plantae y Funji y especies endémicas, polinizadores nativos y otros que determina la Ley”. Con 14 votos a favor, 4 en contra y 1 abstención. La normativa fue aprobada.

Artículo 42, “La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho al respeto integral de su existencia y al mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Esto incluye el derecho al respeto y protección de los ríos, los lagos, las fuentes acuíferas, las montañas, los bosques, el desierto, el clima, el mar, y la biodiversidad, flora y fauna que se encuentra en su seno”.

Indicación 271, del Constituyente Roberto Vega, para suprimir el artículo 42.

Con 3 votos a favor, 15 en contra y ninguna abstención.  La normativa fue rechazada.

Artículo 43, “El Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales. Se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional”.

Indicación 277, del Constituyente Nicolás Núñez y otros, para sustituir el artículo 43 por el siguiente: “Artículo 43. Deberes del Estado con la Naturaleza. Es deber del Estado garantizar y promover los derechos de la Naturaleza, debiendo realizar todas las medidas necesarias de precaución, reparación, restauración y regeneración cuando exista o haya riesgo de degradación o daño ambiental. Con 15 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones. La norma fue aprobada.

Artículo 44, “La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración debe ser independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados”.

Del Constituyente Rodrigo Álvarez, para suprimir en el artículo 44 la frase: “La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración debe ser independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados.”  con 4 votos a favor, 15 en contra y ninguna abstención. La normativa fue rechazada.

Artículo 46, DERECHO DE LA ÑUKE-MAPU “Se reconoce por el Estado de Chile la naturaleza como sujeto de derechos. La naturaleza, Ñuke Mapu, Pachamama o sus equivalentes en las cosmovisiones de cada pueblo y nación preexistente, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia, hábitat, bienestar, restauración, mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Obligación del estado a proteger y garantizar el agua para los pueblos, entendiendo que el agua es vida y espiritualidad para el pueblo nación mapuche. El estado debe reconocer que La Madre Tierra es un ser vivo”.

Indicación 289, del Constituyente Roberto Vega, para suprimir el artículo 46.

Con 4 votos a favor, 15 en contra y ninguna abstención. La normativa fue rechazada.

El constituyente Roberto Vega, para suprimir el artículo 47.

Artículo 47: “La Naturaleza conformada por sus elementos, ecosistemas y biodiversidad, son titulares de derechos y sujetos de protección por parte del Estado. La Naturaleza y los elementos que la conforman tienen derecho a existir, a ser preservadas, a la protección, a ejercer y regenerar sus ciclos vitales y sus funciones ecológicas, a la restauración integral de su equilibrio ecológico y a ser representada”. Del Constituyente Roberto Vega, para suprimir el artículo 47. Con 4 votos a favor, 15 en contra y ningúna abstención. La norma fue rechazada.

La sesión se extendió hasta la noche y las normativas aprobadas pasarán a formar parte del primer informe de la comisión de Medio Ambiente. Después de la revisión de este, se someterán a votación en el pleno. Puedes revisar el detalle de todas las votaciones realizadas durante esta jornada en la comisión aquí: https://www.cconstituyente.cl/comisiones/votacion.aspx?prmId=29&prmIdSesion=702

 

 

Comisión Derechos Fundamentales

 

La sesión de hoy se extendió hasta las 21 hrs. y tuvo el objetivo de comenzar la deliberación y votación particular de su bloque temático Nº2 que contempla temas como la libertad de conciencia y religión; libertad de emitir opinión, de información, de culto y de prensa y libertad de expresión; derechos sexuales y reproductivos; derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, entre otros.

La votación en particular consiste en someter a votación propuestas de modificaciones, correcciones, supresiones, entre otros, a lo que ya fue aprobado en general. Asimismo, también contempla las votaciones separadas de algunos artículos. En este caso, las indicaciones presentadas son 870.

Previamente a la votación de los artículos, las y los convencionales que presentaron indicaciones contaron con dos minutos para argumentar cada una de ellas. Posteriormente, se destinaron otros cinco minutos para deliberar en torno a dichas indicaciones. Se siguió este procedimiento durante toda la votación. 

Por su parte, el convencional Felipe Harboe solicitó votación separada de los incisos de los artículos, basándose en un artículo del reglamento. La Secretaría Técnica sostuvo que era facultad de la coordinación aceptar o rechazar esta solicitud. Por esta razón, la coordinación en conjunto con la secretaría sometieron a votación la decisión final de aceptar el criterio de la coordinación o del convencional Harboe, resultando aprobado el criterio de la secretaría técnica y la coordinación. 

La jornada de votación se extendió hasta la noche. Hasta el cierre de esta edición (20:50 hrs), algunas de las normas eran el primer artículo de su segundo bloque, que se denomina «derecho a la libertad de conciencia, pensamiento, creencias, cosmovisión y religión». El texto establece que «toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión y cosmovisión». 

El segundo artículo que fue despachado este martes fue una norma sobre el derecho a la libertad de expresión. El artículo aprobado establece, entre otros, la prohibición por ley de la negación o justificación de las violaciones graves, masivas y sistemáticas a los derechos humanos. También expresa que «el Estado, en conjunto con los pueblos y naciones indígenas a través de sus instituciones, velará y promoverá la presencia de la diversidad cultural indígena en los medios de comunicación públicos y privados, en sus respectivas lenguas».

Una tercera norma aprobada durante la jornada fue sobre el derecho a vivir en entornos seguros y libres de violencia. «Es deber del estado proteger en forma equitativa el ejercicio de este derecho a todas las personas y comunidades», establece el artículo. Tras esta votación, todos estos artículos ya quedaron listos para su discusión y votación en el Pleno.

 

 

Puedes revisar el documento votado hoy a continuación. Este continuará siendo votado durante la jornada de mañana: DDFF – Comparado Bloque Tema?tico N°2 (exB3) con indicaciones (21.02.2022)

Revisa los detalles de cada una de las votaciones realizadas aquí: https://www.cconstituyente.cl/comisiones/votacion.aspx?prmId=28&prmIdSesion=671

 

Comisión Sistemas de Justicia

 

Durante esta jornada, los y las convencionales de la comisión Sistemas de Justicia deliberaron las iniciativas de norma propuestas sobre notarías y Conservador de Bienes Raíces, Servicio Nacional del Consumidor, Ministerio Público, Consejo Nacional contra la corrupción, Servicio Nacional de Fe Pública y el Consejo de Verdad, Reparación y no Repetición.

Fueron 21 normas las que se discutieron hoy, todas propuestas por convencionales a excepción de una, la iniciativa popular indígena ICI N° 105, la que fue expuesta en la comisión por Juan Pablo Ogalde Herrera. El detalle:

  1. ICI N° 105 sobre sustitución de Notarías y CBR
  2. ICC N° 889-6 sobre Consejo de Pueblos Indígenas
  3. ICC N° 714-6 sobre Órgano Autónomo de Empleo Fiscal
  4. ICC N° 801-6 sobre Consejo de Contiendas de Trabajo;
  5. ICC N° 541-6 sobre Servicio Nacional de Fe Pública
  6. ICC N° 815-6 sobre Consejo Nacional contra la Corrupción;
  7. ICC N° 899-4 en lo referido al Consejo de Participación Ciudadana;
  8. ICC N° 839-4 en lo referido a Defensoría de las Personas Consumidoras y Usuarias;
  9. ICC N° 902-6 sobre Servicio Nacional del Consumidor;
  10. ICC N° 1016-7 en lo referido a Cámara del Artesanado y acción const. (art. 2 y 3);
  11. ICC N° 370-4 en lo referido al Consejo de Verdad, Reparación y no Repetición; y
  12. ICC N° 560-6 sobre Ministerio Público;
  13. ICC N° 578-6 sobre Ministerio Público;
  14. ICC N° 608-6 sobre Ministerio Público;
  15. ICC N° 695-6 sobre Ministerio Público;
  16. ICC N° 706-6 sobre Ministerio Público;
  17. ICC N° 850-6 sobre Ministerio Público;
  18. ICC N° 909-6 sobre Ministerio Público;
  19. ICC N° 917-6 sobre Ministerio Público;
  20. ICC N° 615-6 sobre norma transitoria para Ministerio Público; y
  21. ICC N° 763-6 sobre legalidad de los delitos y las penas

La jornada de mañana en la comisión se viene un trabajo importante, dado que se votarán las indicaciones presentadas a los artículos que fueron rechazados en general por el Pleno de la Convención, como también las indicaciones presentadas a los artículos que no obtuvieron los 2/3 pero sí la mayoría en la votación en particular por todos los y las convencionales. Esto con el fin de que se elabore una segunda propuesta de normas al Pleno para ser sometidas a votación.

De los artículos en general, se someterán a votación las indicaciones al tema sobre de la inamovilidad de los jueces/juezas y la ejecución de las resoluciones. En lo particular, se votarán indicaciones a los artículos que hablan de pluralismo jurídico, el derecho y acceso a la justicia y el principio de responsabilidad jurisdiccional.

Adjuntamos ambos comparados:

Comparado Segunda Propuesta Constitucional (art. devueltos en particular) (1)

Comparado Informe de Reemplazo (art. devueltos en general) (1)

 

Comisión Sistemas de Conocimientos

 

Esta es una semana importante para la Comisión de Conocimientos, Culturas, Ciencia, Tecnología, Artes y Patrimonios. El día jueves 24 de febrero, en el pleno será deliberado y votado en general el primer informe de la comisión, referido a propuestas de normas en materias de derecho a la comunicación, derechos culturales, derechos digitales, derecho al ocio, derecho al cuerpo, bioética y neurodiversidad. El día siguiente, viernes 25, será la votación en particular de las indicaciones realizadas al primer informe.

También se informó desde coordinación, que para el mismo día jueves durante la mañana se recibirán exposiciones de personas con expertiz en materias que se han deliberado durante el último periodo. Relativas a derecho de autor, derecho al conocimiento, propiedad intelectual indígena, rol del Estado, patrimonio, derechos digitales, protección de datos, derecho a la información digital, derecho a la atención digital y derecho a la memoria.

En la sesión de hoy se presentaron y debatieron las siguientes iniciativas constituyentes indígenas y popular:

– Iniciativa Popular 52-7, ingresada por Vive Chile Rural, sobre “Chile, su cultura, costumbres y tradiciones”, fue presentada por Marcela Romagnoli.

La propuesta tiene como objetivo “que el Estado ampare y proteja los productos, usos, costumbres y oficios de la ruralidad”, además de fomentar su producción “debido al riesgo que desaparezcan y con ellos se perderían saberes ancestrales que han definido la identidad del país”, comenta la expositora.

Tales como, la artesanía, en cuero, en greda, la música folclórica, las payas, la cueca, el guitarreo, los bailes nacionales, y toda expresión artística cultural, incluida las tradiciones y costumbres ancestrales de los pueblos originarios, son parte del articulado que busca a través del Estado “proteger y fomentar las manifestaciones artísticas, culturales y deportivas que tengan origen en las costumbres y tradiciones del país”.

– Iniciativa Indígena 274-7, ingresada por la Junta de Caciques de la Provincia de Osorno, referida a la protección patrimonial de las naciones originarias.

La propuesta de los Caciques se fundamenta “en un sentir de la infravaloración de lo indígena en general, especialmente de las artes y sus patrimonios”, dicen los expositores. Quienes agregan que “esto ha generado la desaparición de los oficios que envuelven la producción patrimonial de las naciones originarias, ha afectado la economía en torno a la desaparición de estos oficios, y ha afectado el contenido y conocimiento del patrimonio material e inmaterial indígena”.

Los Caciques plantean el problema de que generalmente las instituciones gubernamentales son quienes plantean cuál es territorio indígena o quién es indígena, entre otras determinaciones. Por lo que, en la iniciativa se plantea el derecho a la libre determinación como facultad de los pueblos originarios para decidir qué es o no indígena. Así como también, aborda el fenómeno de la apropiación cultural para proteger la identidad cultural de las naciones y pueblos originarios.

Específicamente en su articulado se propone que “el Estado reconozca y proteja el patrimonio cultural, material e inmaterial de las primera naciones, cuyas definiciones serán determinadas en una ley, que también establecerá las debidas protecciones al patrimonio indígena individual o colectivo con el fin de evitar la apropiación indebida de estos”, además “se creará una institución que tendrá por misión el resguardo, estudio y desarrollo del patrimonio de nuestras naciones”. 

– Iniciativa indígena 262-7, ingresada por diversas asociaciones indígenas, sobre protección al patrimonio material e inmaterial de los pueblos originarios. 

De acuerdo al fenómeno de la apropiación cultural que afecta a las distintas expresiones culturales y artísticas de las naciones originarias, la norma propone que “los pueblos y naciones preexistente al Estado tienen derecho a salvaguardar su identidad cultural, desarrollar, revitalizar, preservar, mantener, administrar, controlar, proteger, recuperar y fomentar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las distintas manifestaciones artísticas, científicas y espirituales, entre otras”.  

También propone “mantener, proteger, desarrollar y controlar su identidad intelectual colectiva, sus conocimientos culturales y sus innovaciones”, para esto el Estado deberá otorgar derechos de protección con el fin “de que nada de lo contenido en estos derechos será susceptible de apropiación pública o privada, por ser parte de la herencia cultural de los pueblos y naciones preexistente al Estado”.   

 

Otras noticias

Haz click en los titulares para leer la noticia completa

 

Amplio acuerdo de convencionales en la comisión Sistema Político plantea un Consejo Territorial en reemplazo al Senado

Tras largas conversaciones y reuniones, convencionales de todas las bancadas desde el centro a la izquierda acordaron un conjunto de indicaciones para votar en particular en la comisión y despachar al Pleno de la Convención, en busca de los dos tercios. 

 

¿Qué pasa mañana?

 

09:30 – 13:30 hrs.

 

  • Comisión Principios Constitucionales
  • Comisión Forma de Estado
  • Comisión Medio Ambiente
  • Comisión Derechos Fundamentales
  • Comisión Sistemas de Justicia
  • Comisión Sistemas de Conocimientos

 

15:00 – 18:00 hrs:

 

  • Comisión Principios Constitucionales
  • Comisión Sistemas de Justicia

 

Si te gustan y te sirve la información que entregamos te invitamos a seguirnos y difundirnos en redes sociales.

 Puedes apoyar nuestro trabajo acá.

Los comentarios están cerrados.