La reforma al sistema de adopciones busca, principalmente, agilizar los procesos de adopción, poniendo en el centro el interés superior del niño.
Este lunes, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto de reforma integral a la ley de adopciones, con 119 votos a favor y 5 abstenciones. Luego de 12 años de tramitación, la ley está lista para ser promulgada.
Si bien el proyecto tuvo apoyo transversal para su aprobación, diputados del Partido Republicano y Evópoli solicitaron una votación separada para mantener el artículo que señalaba que “si el niño, niña o adolescente manifiesta su voluntad de tener un padre y una madre, el juez deberá considerarlo en forma preferente”.
Este artículo de carácter homofóbico, puesto que daría prioridad a las parejas heterosexuales, fue rechazado por 80 votos. La normativa finalmente establece que para la selección de la familia no se podrá discriminar arbitrariamente a los solicitantes por causales incluídas en la ley Antidiscriminación.
Respecto a la selección de la familia adoptante, será “sin distinción de composición, que demuestre mayores habilidades parentales, aptitud y motivación para establecer vínculos estables y seguros en relación a las singularidades del niño, niñas o adolescente”.
Principales cambios en la reforma al sistema de adopciones
La reforma al sistema de adopciones establece el interés superior del niño en todo el proceso, con especial énfasis en su derecho a ser escuchados y que sus opiniones sean debidamente consideradas. También tendrán derecho a representación jurídica especializada y a que se les informe de manera verbal y escrita sobre sus derechos en todas las etapas y cada vez que lo solicite.
Uno de los objetivos de la reforma es también agilizar y reducir la burocracia del proceso. Antes de esta ley, las y los niños debían pasar por tres procesos judiciales: juicio para establecer medidas de protección, para ser susceptible de adopción y luego el de adopción como tal, todo esto mientras se mantenían en hogares o con familias de acogida. Con el proyecto, estas etapas se reducen a solo una, con un plazo máximo de 12 meses.
La nueva legislación regula las adopciones de niños, niñas y adolescentes extranjeros por parte de chilenos. Por otro lado, con algunos requisitos, le permite a las familias de acogida ser adoptantes.
Derecho a la identidad y conocer su origen
En su artículo 14, la reforma al sistema de adopciones establece el derecho a la identidad y conocer sus orígenes. Esto es, que puedan conocer si pertenecen a grupos étnicos, indígenas, religiosos o lingüísticos.
Además, si así lo desean, podrán conocer su origen biológico y la identidad de sus progenitores y hermanos, además de solicitar que sean contactados. La ley establece los mecanismos para que esto se lleve a cabo, respetando siempre el interés superior del niño, niña o adolescente.
Este artículo tiene relación con un compromiso que tomó el Estado de Chile ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Gabriela Blas Blas.
Gabriela Blas es una mujer aymara que en 2007 extravió a su hijo de 3 años mientras pastoreaba. Cuando fue a hacer la denuncia a un retén que quedaba a más de 15 kilómetros, fue detenida, sometida a tratos inhumanos para obtener una confesión y luego llevada a prisión preventiva.
Dos años después el cuerpo de su hijo fue encontrado y Gabriela Blas fue condenada a 12 años de cárcel, culpándola de su fallecimiento. Finalmente cumplió 6 años en la cárcel, porque recibió el indulto presidencial en 2012.
Durante el tiempo que estuvo en la cárcel, a Gabriela no se le permitió ver a sus otros dos hijos. Además, su hija menor fue dada en adopción internacional, a través de un proceso irregular y a pesar de la oposición de los dos padres.
Por todo lo anterior, Gabriela Blas Blas, representada por Corporación Humanas y el Observatorio de los Derechos de los Pueblos Indígenas, acudió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En el acuerdo de solución amistosa al que se llegó, el Estado de Chile se comprometió a incorporar en la ley de adopciones el principio de interculturalidad.
Si bien el principio de interculturalidad no quedó explícitamente incluido en la nueva normativa, si se estableció el derecho del niño, niña o adolescente adoptado de conocer su identidad y origen, especialmente si se pertenece a un pueblo indígena.