Principios: El derecho a la verdad, la reparación integral y garantías de no repetición

En una sesión que, por momentos evocó momentos de gran solemnidad y respeto por la naturaleza del tema, las y los comisionados debatieron sobre la enmienda que propone establecer el derecho a la verdad, la reparación integral y garantías de no repetición ante violaciones graves de derechos humanos. En esta nota, encuentras algunas de las intervenciones: 

 

La subcomisión tres continuó la discusión de enmiendas para el capítulo de Derechos, correspondientes a las 88, 89, 90 y 91. Las dos primeras en estrecha relación con la promoción y defensa de los derechos humanos.

 

Fue la comisionada Magaly Fuenzalida (FRVS), quien realizó la defensa de la enmienda 88, explicando que en esta se encuentran contenidos aspectos básicos del derecho internacional humanitario ante la ocurrencia de violaciones graves a los derechos humanos

 

“Tales aspectos son la garantía de un derecho a la verdad sobre tales acontecimientos, entendido como la verificación de los hechos, la búsqueda de personas que pueden haber resultado desaparecidas, el conocimiento público de los hechos, entre otras”, complementó.

 

 

Inciso primero enmienda 88

 

Para Fuenzalida, las garantías explicitadas en la norma “son un estándar mínimo en favor de personas que hayan sufrido violaciones graves a sus derechos humanos”. Y señaló que, además, deben estar en la Constitución como mandato a todos los poderes del Estado: Ejecutivo, Legislativo y Poder Judicial, junto a los demás órganos autónomos que se encuentren involucrados.

 

Sobre lo anterior, la comisionada del FRVS fue enfática en señalar que las normas propuestas “no tienen un sentido o sintonía política particular”. 

 

Entre otras cosas, la indicación presentada por el oficialismo contempla que las violaciones a los derechos humanos pueden ocurrir en cualquier momento, lugar y autor. Para ejemplificar esto, se refirió a las situaciones de graves violaciones a los derechos humanos en dictadura y del contexto del estallido social. 

 

“No podemos asegurar que ello no vuelva a ocurrir en nuestro país”, comentó Fuenzalida tras referirse a los hechos recientes. También señaló que con esto se configuran “reglas preestablecidas acordes al derecho internacional humanitario”, referenciando a la Convención sobre la Desaparición Forzosa de Personas.

 

“Lo que buscamos en definitiva con constitucionalizar una norma de este tipo, aparte de lo que ya plantea su propio título, es respeto. Respeto a personas que ya han sufrido bastante, que ven como a 50 años sus familiares aún no aparecen, mientras que personas vivas, testigos o hechores de brutales hechos se niegan a colaborar o a entregar información”, concluyó la comisionada en su presentación.

 

Esta enmienda también fue comentada por la comisionada Catalina Lagos (PS), quien se centró específicamente en el inciso dos propuesto.

 

 

Inciso 2 enmienda 88

 

 

“A casi 50 años del golpe de Estado y según las cifras entregadas por el ministro coordinador nacional de la Corte Suprema, sobre causas de violaciones a los derechos humanos, entre septiembre de 1973 y marzo de 1900, ha dado cuenta que existen en tramitación hasta 16 de diciembre de 2022, 1462 causas”, detalló Lagos.

 

Para la comisionada socialista, la cifra expuesta “da cuenta de la inefectividad del Estado para hacer frente a estas graves violaciones a los derechos humanos para entregar verdad y justicia a las víctimas y a sus familiares”. Por ello, considera que  la norma propuesta es “absolutamente necesaria para asegurar la conducción de procesos en tiempos oportunos y de acuerdo a los estándares internacionales”.

 

“Como ex litigante en caso de graves violaciones a los ddhh en nuestro país y como familiar de víctimas de prisión política y tortura, considero que una norma como esta, no solo es simbólicamente relevante, sobretodo en una fecha tan crucial como la que estamos enfrentando este año, a propósito de los 50 años, sino que además, es una norma que jurídicamente va a permitir hacer frente de mejor manera los procesos judiciales que se siguen desarrollando”, finalizó Lagos.

 

 

Comisionada Catalina Lagos exponiendo ante la subcomisión. Foto de @procesoconsti23

 

 

“¿Por qué consagrar explícitamente las normas sobre las violaciones de derechos humanos? A través de esta pregunta el comisionado Alexis Cortés (PC) citó  al autor Wolfgang Hoffmann-Riem:  “Las constituciones son una autobiografía nacional y su redacción contiene nuestros dolores, heridas y cicatrices, además de nuestros anhelos”. 

 

Posteriormente, afirmó que “el Estado no ha cumplido con el más básico y universal de los mandatos: El respeto a los derechos humanos y la garantía de no repetición de esas violaciones”.

 

El comisionado Carlos Frontaura (REP) fue el primero en presentar observaciones a la enmienda presentada por las y los comisionados oficialistas, dejando tres inquietudes ante la subcomisión.

 

 

Comisionado Carlos Frontaura exponiendo ante la subcomisión. Foto de @procesoconsti23

 

“A mi me genera dudas la existencia de un derecho especial y particular en este caso”, planteó Frontaura, pues a su juicio “entra a detallar conductas concretas y específicas que están reconocidas como delito, entonces elevamos a rango constitucional ciertos delitos”. 

 

En segundo lugar, el comisionado del Partido Republicano precisó que, actualmente, en la justicia transicional no se habla sólo de verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición, “sino también de cambios institucionales y de otros elementos en menor medida”

 

Finalmente, comentó que la consagración de un derecho a la verdad genera un problema “sobre qué tipo de verdad se está consagrando”. Según Frontaura pues hay diferentes tipos de verdad, como la dialógica, una narrativa y personal que están garantizadas por la libertad de expresión. 

 

Sobre las verdades fácticas, forenses o judiciales, señala que ya están garantizadas por las normas y por el ordenamiento jurídico. Mientras que  las de reconocimiento o de reparación tienen una dimensión distinta y están garantizadas por la acción que el estado debe tomar en general en su tarea de procurar el bien común. 

 

También desde la oposición, el comisionado Max Pavez (UDI), transparentar su posición respecto a la norma presentada: A mí me mueve un ánimo real y sincero de trabajar por la reconciliación institucional de nuestro país y la reconciliación institucional en sede constitucional dice relación con, al menos poder, encontrarnos en instituciones  que sean comunes”.

 

 “Si yo apoyo o no esta indicación espero que nadie intelectualmente honesto pueda sostener de que por apoyarla o por no apoyarla, yo esté justificando, negando los hechos que motivan la presentación de la indicación”, continuó Pavez.

 

La inquietud de Pavez se tradujo en si la norma  permite cumplir su objetivo político y su objetivo jurídico, basándose en que ya hay normas de reparación, sentencias firmes y ejecutoriadas, doctrina y claro compromiso sobre los derechos humanos.

 


Finalmente, las y los comisionados firmantes de la enmienda 88 presentes en la instancia, invitaron a respaldar la norma de manera transversal.

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