Narcotráfico inconstitucional: Una realidad pausible de la propuesta de nueva Constitución

En nuestro programa La Informante estuvimos conservando con la profesora de Derecho Penal la Universidad de Chile, Magíster y Doctora de New York University, Rocío Lorca, quien señaló que la interpretación tiene «bastante asidero», en el caso que el texto constitucional se aprobara.

 

*Por Catalina Gutiérrez Vallejos y Constanza Valle Parra

 

Un poco de contexto. Aún no pasaban 24 horas de la entrega de la propuesta de nueva Constitución al Presidente Boric, cuando un grupo de académicos de la Universidad Adolfo Ibáñez levantó una de las alertas más controversiales: “La ‘Constitución de la seguridad’ hace inconstitucional la penalización del narcotráfico”

 

“Si se aprueba, la ‘Constitución de la seguridad’ exigirá que la ley penal describa la conducta “precisa y expresamente (Art.16 N°8-1). ¿Es lo mismo? La respuesta negativa la da la regla que se refiere a las sanciones administrativas, que exige que las conductas sancionadas estén “determinadas en su núcleo esencial por la ley” (Art.16 N°9-b)”, sostiene el grupo de abogadas en la carta enviada a El Mercurio. 

 

 

«Nadie sabe para quién trabaja» columna publicada en El Mercurio

 

 

En nuestro programa La Informante estuvimos conversando con la profesora de Derecho Penal la Universidad de Chile, Magíster y Doctora de New York University, Rocío Lorca, quien nos mencionó que la interpretación expuesta por el grupo tiene «bastante asidero”, ya que al incorporar la palabra “precisa” se está estableciendo que “la norma penal legislativa tendría que contener todos y cada uno de los elementos necesarios para condenar”, lo que sería una significativa diferencia con la actual Constitución. 

 

Lorca explicó que, actualmente, “el legislador puede establecer el núcleo central del comportamiento”, es decir, en qué consiste la conducta o acción que será penada por la ley. Y esto se complementa a través de un reglamento que especifica y detalla la norma legal. Por ejemplo, la ley 20.000 establece que sancionará la acción del tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, pero es en el decreto 867 donde se define e identifica los productos sobre los que recaerá la ley, como la cocaína, heroína, entre otras. 

 

Para la abogada la importancia de los reglamentos está en que permiten “ir variando con una velocidad que es mucho mayor que la velocidad del legislador”, como en el caso de las drogas que “van variando y se van produciendo nuevas invenciones, por ejemplo, el fentanilo, que quizás hace unos meses ni siquiera era un tema de preocupación”.

En ese sentido, Lorca sostuvo que ante la propuesta de nueva Constitución, en el caso de aprobarse, “la técnica legislativa de la ley 20.000, que es la que regula el delito de narcotráfico, se cae (…) porque no estaría “precisamente y expresamente” determinada toda la conducta, sino que parte de la conducta queda entregada a una descripción reglamentaria”. 

 

Con lo establecido en la propuesta, ¿Podrían quedar
libres personas condenadas por narcotráfico?

 

Ante esta duda, la abogada señaló que, aunque “todo es una gran especulación”, los abogados que lleven estos casos podrían levantar recursos de inaplicabilidad para declarar que la ley 20.000 sea declarada inconstitucional. Y, en este caso, se levantaría una revisión de todas las condenas. 


Esto se conoce como el principio de aplicabilidad de la ley penal favorable, que permite revisar sentencias cuando se dicta una ley penal que establece una sanción menos gravosa que la sanción original de una persona”, explicó Lorca.

Y agregó que esto “no es ciencia ficción” debido a situaciones nacionales recientes, como la modificación realizada al delito de apremio ilegítimo y la ley Naín-Retamal, que tuvo como consecuencia aplicar retroactivamente esta nueva regulación, luego de ser revisadas las sentencias condenatorias de carabineros condenados.

“Lo mismo podría ocurrir en este caso (narcotráfico) si es que llegara a haber un pronunciamiento del Tribunal Constitucional en ese sentido. Todo esto obviamente toma tiempo. El punto es que abre un espacio de incertidumbre en un momento histórico político-criminal donde vemos un aumento del crimen organizado (…) No queremos tener abiertas estas incertezas porque este es el tipo de criminalidad que más nos preocupa. Y yo creo que esto podría afectar otras formas de criminalidad organizada que también tienen estas características, que van a requerir de unas definiciones más específicas por parte del poder reglamentario”, sostuvo Lorca. 

 

 

«Nadie sabe para quién trabaja II»

 

Además, durante esta conversación, abordamos junto a Lorca la carta publicada en El Mercurio de cinco abogados, entre los que se encuentra Luis Hermosilla, actualmente investigado por posibles pagos a funcionarios públicos por información, que responde al grupo de académicos de la Universidad Adolfo Ibáñez.

 

En esta misiva titulada «Nadie sabe para quién trabaja II», los firmantes desdramatizaron la alerta, asegurando que en ninguna de las normas expuestas previamente «se exige ‘exhaustividad’ legal de la descripción, entre otras razones, por el sabido principio del cambio constante y la necesidad de adecuación«.

 

 

 

«Nadie sabe para quién trabaja II» columna publicada en El Mercurio

 

 

Sobre esta, Lorca indicó que, a pesar de que «en el mundo del derecho todo es interpretable», lo importante es la plausibilidad de una interpretación. En ese sentido, para la abogada la alerta de inconstitucionalidad del narcotráfico que trae aparejada la propuesta de nueva Constitución «no es un delirio».

 

«Puede que no ocurra, porque es poco razonable. Sería poco razonable que se declara inconstitucional la ley 20.000. Obviamente esta no fue la intención que tuvo el Consejo al establecer esta norma, eso a nadie le cabe duda que esa no fue la intención. El problema es que la intención no es lo único determinante en la interpretación de la ley. Y que si la Constitución dice algo, bueno los abogados lo van a explotar, lo van a tratar de usar para el interés particular de sus representados o representadas. Y es plausible en este caso porque se incorpora la legalidad en materia de infracciones administrativas (…) Es plausible que el tribunal constitucional se vea en la necesidad de declarar la utilización del reglamento para completar el comportamiento de la ley 20.000, o sea, no toda la regla de esta ley, sino que las más importantes. Y puede que no ocurra, pero abre un espacio de incertidumbre», señaló Lorca. 

 

 

Te invitamos a revivir el programa “La Informante” donde podrás encontrar toda la entrevista realizada a la abogada Rocío Lorca y conocer al detalle ¿cómo se regula el narcotráfico en la propuesta de nueva Constitución?: Spotify y Youtube