Convencionales del Colectivo Socialista buscan, a través de una propuesta de norma constitucional, prohibir la tenencia y porte de armas con una estricta delegación de excepciones al legislador.
Miércoles 2 de febrero
“Actualmente, nuestra Constitución vigente, no establece una prohibición expresa respecto a la tenencia y porte de armas de fuego por parte de particulares”, señaló el convencional del distrito 9, César Valenzuela, al presentar la propuesta de norma. Según el convencional socialista, la no prohibición constitucional sobre la materia “ha significado que nuestro país sea uno altamente armado”.
Valenzuela especificó que en Chile hay más de 853 mil armas inscritas, más de 760 mil vigentes y más de 65 mil de estas están reportadas como hurtadas, perdidas o robadas. “Esta es una situación gravísima, porque es armamento que es lícito y termina fuera de todo control estatal”, expresó el convencional.
En concreto, la propuesta de norma constitucional busca dar termino a la posibilidad de particulares de acceder a armas de fuego, estableciendo un régimen de prohibición general reafirmado con una estricta delegación de excepciones al legislador.
La normativa, permitiría a la ley disponer causales específicas y condiciones para el otorgamiento de carácter temporal de autorizaciones para la adquisición, transferencia, facilitación, tenencia y porte de armas y municiones para particulares.
“No hay ninguna evidencia científica que avale que los particulares con armamento contribuyan a la seguridad. Muy por el contrario, los estudios indican que este armamento termina o robado por armas criminales o haciendo daños a integrantes de la familia. Es decir, tienen un efecto exactamente inverso”, argumentó Cesar Valenzuela.
Asimismo, explicó que la norma contiene un artículo transitorio donde se dispone el plazo de un año para que los particulares hagan entrega de las armas inscritas. Transcurrido ese plazo, dichas autorizaciones se entenderán canceladas de pleno derecho y pasarán a considerarse como tenencia ilegal de armas, sancionado por la ley.
Conoce la propuesta normativa completa aquí:
PROHIBICIO?N DE ARMAS CON FIRMAS
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Artículo 103 de la constitución actualmente vigente en Chile:
“Ninguna persona, grupo u organización podrá poseer o tener armas u otros elementos similares que señale una ley aprobada con quórum calificado, sin autorización otorgada en conformidad a ésta.”
Parece que lo que están proponiendo como novedad ya existe…
por qué usted dice que tendremos un año de plazo si no serán tenencia ilegal si las compré legalmente y también están legalmente inscrita ustedes nos quieren quitar el derecho a la protección de la propiedad, a la caza, al deporte y sobre todo un valor al bien adquiridos yo compré usted quiere que las entreguemos me la compraran de igual forma.
Estaría de acuerdo, si también se incluyeran todo tipo de automóviles particulares en este proceso. También los usan los delincuentes, y los borrachos también cometen crímenes con ellos. Los particulares no podemos tener vehículos porque son un riesgo y no hay creo evidencia de que contribuyan a la seguridad. No les parece?
La evidencia científica muestra que los delicuentes tendrán mayor facilidad para atacar a las personas en sus hogares porque no podrán defenderse. DERECHO OTORGADO POR LOS CONSTIYUNTES
En vez de perseguir a los civiles que realizamos el proceso de acreditacion y todo el papeleo posterior para acceder a un arma con todo lo que dice la ley, deberian tener un mejor manejo del control de estas, me refiero a fiscalizacion, no pueden tener una unidad fiscalizadora casi por provincia, le ley debe ser mas rigurosa con el cotravando y el robo de armas en instituciones que luego terminan en manos de delincuentes y terroristas, porque siempre castigar al civil quw hace todo en norma? Estan haciendo la pega facil señores, vote apruebo, pero si esto sale me vere obligado a votar rechazo de salida.