Para la directora de Corporación Humanas este procedimiento no resguarda el “carácter estricto, excepcional e individual” que debe tener esta figura.
*Por Constanza Valle y Catalina Gutiérrez
La ley de interrupción voluntaria del embarazo en tres causales, promulgada en 2017, en su artículo 119 ter del Código Sanitario, faculta tanto al médico cirujano, como a los demás funcionarios que deban trabajar en el pabellón durante el procedimiento, a manifestar su objeción de conciencia.
La objeción de conciencia personal se debe comunicar previamente al director del establecimiento de salud a través de un formulario en cuál indique “la o las causales de interrupción del embarazo respecto de las cuales se manifiesta objetor”. Cabe mencionar, que el directivo no podrá rechazar, denegar o desconocer la objeción de conciencia invocada.
A seis años de la promulgación de esta ley, Corporación Humanas en su informe de Objetores de Conciencia 2023, registro que un 45,8% de médicos obstetras del sector público son objetores para la causal de violación. Cifra que la directora de la organización, Camila Maturana, califica de problemática, puesto que no se resguarda el “carácter estricto, excepcional e individual que tiene que tener la objeción de conciencia” y no se condice con los estándares internacionales.
“No existe legislación en Chile sobre la objeción de conciencia, salvo situaciones muy específicas y puntuales en que se permite a algunas personas, muy determinadas a no cumplir una determinada norma legal (…) Nosotras estimamos que esta regulación no se ajusta del todo al carácter de una figura jurídica sumamente excepcional”, señaló Maturana.
Además, la directora de la Corporación comentó que el procedimiento para declararse objetor de conciencia es simple, «sin la necesidad de señalar convicciones fuertes, serias y fundadas que sustenten que un profesional de la salud no puede realizar un determinado procedimientos y que, por lo tanto, de eso deriva que la persona para ser objetora solo rellene un formulario, donde se le reconoce esta calidad«.
Y agregó: “Lo que consideramos muy complejo es que con esta posibilidad de acogerse a esta figura, puede eventualmente todo el equipo llegar a invocar la objeción de conciencia. No está regulada en la propia ley que deba existir en todos los establecimientos un equipo no objetor que garantice que las mujeres y las niñas afectadas por una de las tres causales pueda acceder a esta ley”.
Es decir, en caso de que no exista un equipo no objetor, las mujeres y niñas deben ser trasladadas a otros recintos hospitalarios en búsqueda de profesionales que las atiendan bajo las tres causales. Para Maturana esta acción solo se ampara en “cuestiones puramente ideológicas”, y no por infraestructura o complejidad de atención, lo que vendría a ser “una infracción a las obligaciones de la protección reforzada que tiene el Estado respecto de las niñas víctimas de violencia sexual”.
De acuerdo a la información recopilada por Corporación Humanas, son cinco hospitales públicos en que la totalidad de los obstetras se declara como objetor de conciencia en casos de embarazos producto de violación:
- Hospital de Santa Cruz (Región de O’Higgins)
- Hospital de Cauquenes (Región del Maule)
- Hospital de Constitución (Región del Maule)
- Hospital de Victoria (La Araucanía)
- Hospital de Puerto Aysén (Aysén).