¡Una larga jornada! En la mañana, sesionaron las comisiones de Sistema Político y Derechos Fundamentales y por la tarde se realizó una sesión plenaria para votar informes emanados de la Comisión de Medio Ambiente y Principios Constitucionales, incorporándose nuevas normas al borrador de nueva Constitución. Aquí te contamos todos los detalles.
¿Qué estaba presupuestado para hoy?
09:30 hrs:
- Comisión Sistema Político
- Comisión Derechos Fundamentales
15:00 hrs:
- Sesión plenaria n°84
¿Qué pasó realmente?
Comisión Sistema Político
Esta mañana, en una sesión que duró casi una hora y media, la comisión terminó de estudiar y votar las indicaciones presentadas al texto sistematizado que contiene las normas constitucionales aprobadas en general por la Comisión que serán parte del segundo informe, que será votado el próximo viernes 22 de abril.
En primer lugar, se votó una indicación del convencional Luis Barceló que pretendía agregar un artículo transitorio que establecía que “el legislador recibe el mandato constitucional de adecuar el o los cuerpos legales que permitan implementar los valores, principios, reglas e instituciones señalados”. Esta fue rechazada con 2 votos a favor, 16 en contra y 7 abstenciones.
Además, en las indicaciones para el segundo informe habían dos indicaciones para sumar normas relacionadas a la acusación constitucional al informe y se votó la alternativa de presentar las indicaciones retiradas en el informe de reemplazo o de norma de reemplazo del informe del segundo bloque, lo que fue rechazado con 6 votos a favor, 15 en contra y 4 abstenciones. Por lo tanto, el tema de la acusación constitucional se abordará en el primer informe, cuyo plazo de indicaciones vence este viernes 22 a las 23:59 hrs. y que sería votado la próxima semana.
Puedes revisar el informe completo del segundo bloque de materias de la comisión aquí: INFORME SEGUNDO BLOQUE DE MATERIAS 18-04-2022
Comisión Derechos Fundamentales
Esta mañana la sesión estuvo dedicada a la deliberación de las indicaciones ingresadas al texto devuelto en particular por el Pleno. Las indicaciones se refieren a los bloques temáticos 1 y 2. El bloque uno trata sobre derechos fundamentales en general, como su titularidad, destinatarios y obligaciones generales del Estado. Y el bloque dos está dedicado a los derechos civiles y políticos.
La mayoría de las intervenciones realizadas estuvo enfocada en los incisos 2 y 3 del artículo 20 sobre propiedad y expropiación. El inciso 2 establece que “la ley determinará los criterios para definir el justo monto del pago, su forma y oportunidad, debiendo considerar tanto el interés público como el del titular”. Y el inciso 3 reconoce que “la persona expropiada podrá reclamar de la legalidad del acto expropiatorio y de su monto ante los tribunales que determine la ley”.
El convencional Alfredo Moreno señaló que su sector buscará que el acto expropiatorio entregue una “indemnización previa, en efectivo, al contado y dado el valor de mercado del bien del cual está siendo expropiado” considerando desde bienes materiales hasta los fondos de pensiones.
Benito Baranda defendió las indicaciones N°131, N°141 y N°145, de su autoría. En su intervención señaló que estas “mejoran sustantivamente el artículo protegiendo la propiedad, en particular aquellas de quienes son personas mas desprotegidas”. Además, de entregar certezas a la población a través de tres derechos: Derecho al pago de indemnización. Derecho al pago previo de indemnización, “como garantía general de pago previo para asegurar los derechos básicos de la ciudadanía frente a la potestad expropiatoria del Estado, ya que sin esto las personas afectadas se verían privadas de su propiedad sin contar con los recursos necesarios de adquirir otro bien”, mencionó el convencional. Y, por último, el derecho a reclamar por parte de la persona expropiada.
La votación de las indicaciones de este informe se realizará este miércoles y jueves desde las 09:00 am.
Sesión plenaria Nº 84
La sesión plenaria de hoy comenzó con un minuto de silencio por el fallecimiento del destacado profesor, escritor, historiador y poeta Chilote, Renato Miguel Cárdenas Álvarez; Mireya Baldra ex regidora, ex diputada, y exMinistra del Trabajo; y la cultora de la Alfarería Atacameña – LickanAntay, reconocida como Tesoro humano vivo, Elena Tito Tito.
Tras el minuto, se leyeron los documentos que llegaron a la Mesa Directiva para su revisión.
Entre los documentos se adjuntó una propuesta de reforma al reglamento para regular la tramitación de normas transitorias y mejorar el trabajo de armonización de la propuesta de nueva Constitución. En el documento, el cual cuenta con la firma de 51 convencionales constituyentes, se propone que cada comisión delibere en general las normas transitorias que deberían crearse a partir de los artículos en borrador de nueva Constitución. Para esto, cada convencional podrá patrocinar una norma transitoria y, si esta cuenta con 32 firmas en apoyo, se someterá a votación en la comisión respectiva.
Las normas transitorias aprobadas por la comisión, donde se usa un quórum de mayoría, estas se adjuntarán en un informe que será despachado a la Comisión de Normas Transitorias, la cual se crea en la propuesta de reforma al reglamento.
¿Qué es la Comisión de Normas Transitorias?
La propuesta plantea que esta será conformada por 33 convencionales constituyentes, de los cuales 4 corresponderán a representantes de los escaños reservados de los pueblos originarios. Las y los convencionales constituyentes requerirán cinco patrocinios para poder integrar la comisión, y en el caso de los escaños reservados dos patrocinios.
Esta comisión tendrá un quórum de votación para aprobar las propuestas de normas constitucionales transitorias de tres quintos de sus integrantes en ejercicio. Las aprobadas, integrarán un informe que será remitido al Pleno de la Convención Constitucional siendo sometido a una única votación en general de todas las propuestas de normas contenidas en el informe y, de aprobarse, a la votación en particular.
La reforma también afecta a la Comisión de Armonización, la cual tiene como objetivo poner en coherencia el texto constitucional que se encuentra en borrador. En la propuesta,se establece que los y las convencionales que integran este espacio podrán hacer las correcciones de sintaxis, gramaticales, ortográficas serán aprobadas únicamente por la comisión.
El informe que elabore la comisión, integrada por 40 convencionales, será remitido al Pleno donde se deliberarán y votarán los ajustes que se propongan. El quórum en el Pleno es de ?, es decir, al menos 103 votos favorables.
Esta propuesta será deliberada este miércoles junto a la enmienda al reglamento que busca la creación de una tercera comisión, encargada de elaborar el preámbulo de la propuesta de nueva Constitución.
Puedes revisarlos aquí:
Propuesta de enmienda de reglamento
2a propuesta Ref Reg Prea?mbulo (1) (1)
Informe de nueva segunda propuesta de norma constitucional, de la Comisión sobre Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico
El primer punto en tabla correspondió a la deliberación y votación del informe de segunda propuesta presentado por la comisión de Medio Ambiente, el cual contiene nuevos artículos reformulados tras el rechazo de estos por el Pleno de la Convención en su votación en particular.
Son 7 propuestas de norma los que se presentaron frente a los y las 154 convencionales en busca de su aprobación. Al ser informe de segunda propuesta, los artículos necesitaban al menos 103 votos favorables para pasar a borrador de nueva Constitución. De no lograr el quórum, estas quedan definitivamente excluidas del debate constitucional.
Los temas que abarcan los artículos refieren a los bienes comunes naturales y el acceso responsable a la Naturaleza. Como es costumbre, comenzó la deliberación de este informe con la exposición de la coordinación, la cual es liderada por Juan José Martin (Independientes No Neutrales) y Camila Zárate (Pueblo Constituyente).
Respecto al artículo 12 de los bienes comunes naturales, la nueva propuesta entrega seis nuevos artículos que recogen los incisos que ya contenía el artículo inicial”, mencionó Martin. Sobre este artículo, Zárate mencionó que se establece un vínculo de custodia por parte del Estado con los bienes comunes naturales, dejando fuera un rol de propietario o de dominio sobre estos.
Junto con esto, Zárate mencionó que en el artículo 12 A, sobre cuáles son los nuevos bienes comunes, se realiza una “ejemplificación no taxativa que da la posibilidad que la constitución y las leyes establezcan nuevos bienes comunes inapropiados”. Para la coordinadora esto es relevante porque con esto se “establece por fin que el agua no tiene dueño, si no que es esencial para la vida”.
Sobre el rol de custodia del Estado, contenido en el artículo 12 B, Zárate mencionó que en este se realiza “una distinción en cómo se expresa el rol de custodia tanto de bienes comunes inapropiables, como el agua. Y, por otra parte, tratándose de bienes comunes que podrían ser susceptibles de apropiación”.
En su exposición, Zárate puntualizó en el artículo 12 D sobre las autorizaciones administrativas que entregará el Estado para el uso de los bienes comunes naturales inapropiables. Este fue catalogado como el más importante de la propuesta, ya que su autorización “no genera derechos de propiedad”, estableciendo así “cláusula totalmente distinta a la que establece la actual Constitución, que entrega propiedad privada respecto de autorizaciones administrativas”, mencionó Zárate.
En cuanto al artículo 19 sobre el acceso responsable a la naturaleza, Martin mencionó que este “recoge gran parte del contenido original, sin embargo resuelve las inquietudes que se habían presentado”. En su primer inciso se reconoce que todas las personas tienen “el derecho de acceso responsable y universal a las montañas, riberas de ríos, mar, playas, lagos, lagunas y humedales, entre otros que defina la ley”.
En el segundo inciso del artículo, se detalla que el acceso estará sujeto al respeto “de los derechos de la Naturaleza y de los pueblos indígenas”. Martin resaltó “el respeto especial” a estos derechos “puesto que a veces se encuentran en peligro al momento del acceso de ciertas personas cuando se hace de manera irresponsable a la Naturaleza”. Y, por último, el tercer inciso, “permite que la ley regule las distintas responsabilidades asociadas al ejercicio de este derecho”, explicó el coordinador.
En la etapa de deliberación, los artículos 12 y 12A concitaron gran parte de las intervenciones. El convencional Bernardo Fontaine llamó a rechazar estas normas por ser “confusas”. Refiriéndose a los artículos 12 y 12A mencionó que se “mezcla peras con manzanas” al agrupar bienes actualmente comunes, como el aire y la atmósfera, con bienes públicos, estatales o de propiedad privada o fiscal. “No se entiende la utilidad de declararlos en esta nueva categoría. Una suerte de bolón de payasos, si no se tienen claras características de estas”, mencionó el convencional.
Para Roberto Vega la inapropiabilidad del agua en todos sus estados, establecida en el artículo 12A, “hace que lleguemos absurdos. Por ejemplo, el señor que comercializa agua embotellada,actuará en contra de la Constitución. Qué decir de las empresas de bebidas carbonatadas o de las empresas que venden helados de agua. Porque al ser el bien inapropiable no puede ser objeto del comercio jurídico”.
La convencional Bárbara Sepúlveda (PC) también llamó a rechazar los artículos artículo 12 y 12A. “La comisión confunde los bienes comunes con los bienes nacionales de uso público y los bienes privados. Creando una mezcla de categorías y conceptos jurídicos. Los bienes naturales deben ser protegidos especialmente por el Estado, de todas maneras. Y para eso necesitamos ser claras en la norma constitucional. Una cosa es un bien común, otra cosa es un bien público naturales y otra cosa es un bien privado natural”.
Sepúlveda mencionó que el inciso 12A tiene un riesgo por su falta de precisión al mencionar que sólo son inapropiables el agua, en todos sus estados, y el agua. “O sea abrimos la puerta al absurdo que un día alguien quiera comprarse el listado del inciso primero, como los campos geotérmicos, la alta montaña o el aire”, mencionó la convencional.
Por otro lado, convencionales realizaron el llamado a aprobar el artículo 12. Manuela Royo argumentó su apoyo a la norma realizando un repaso del negocio del agua actual. “Porque el negocio del agua en Chile es una inmoralidad que atenta contra todas las formas de vida y nuestros derechos fundamentales. Por ello debemos desprivatizar el agua y aprobarla como un bien común inaprobiable para todos y para todas”, mencionó la convencional al final de su intervención.
El convencional Claudio Gómez celebró el artículo 12 por introducir innovación en materia de derecho constitucional. Además, mencionó que el artículo 12D que este «viene a ser la piedra angular de la relación entre el Estado, bienes comunes naturales y las autorizaciones relativas a las aguas y minería».
Para el convencional Mauricio Daza el artículo 12 establece, define y consagra las bases de bienes comunes naturales, siendo esto un cambio fundamental respecto a la situación actual. “En cuanto que las autorizaciones administrativas para el uso de bienes naturales comunes inapropiables no generarán derechos de propiedad sobre ellas. Lo que termina con la situación actual, donde sus titulares tienen la posibilidad de dividir, vender, arrendar, entregar en garantías y realizar libremente cualquier tipo de acto jurídicos sobre dichas autorizaciones sin que el Estado tenga mayor control sobre estas actuaciones”, menciono el convencional.
Eco constituyentes alistándose a la votación de Bienes Comunes Naturales y Acceso responsable a la Naturaleza
Votación
El pleno aprobó íntegramente el artículo 12A que señala que son bienes comunes “el mar territorial y su fondo marino; las playas; las aguas, glaciares y humedales; los campos geotérmicos; el aire y la atmósfera; la alta montaña, las áreas protegidas y los bosques nativos; el subsuelo, y los demás que declaren la Constitución y la ley”. Y en su inciso segundo, establece la inapropiabilidad del “agua en todos sus estados y el aire”.
También fue aprobado el artículo 12B que establece la responsabilidad del Estado en la preservación, conservación y restauración de “los bienes comunes naturales que sean inapropiables”.
Con 110 a favor, 33 en contra, 6 abstenciones, fue aprobado el artículo 12C. Este “cualquier persona podrá exigir el cumplimiento de los deberes constitucionales de custodia de los bienes comunes naturales. La ley determinará el procedimiento y los requisitos de esta acción”.
Y, por último, fue aprobado el 12D que establece que el Estado otorgará autorizaciones administrativas para el uso de los bienes comunes naturales inapropiables, las cuales no generarán derechos de propiedad.
Respecto al artículo 19 propuesto por la comisión, fue solicitada votación separada de cada uno de sus incisos. El pleno aprobó el inciso primero y tercero, quedando de la siguiente manera en la propuesta constitucional:
“Artículo 19.- Acceso responsable a la Naturaleza. Se reconoce a todas las personas el derecho de acceso responsable y universal a las montañas, riberas de ríos, mar, playas, lagos, lagunas y humedales, entre otros que defina la ley.
La ley regulará el ejercicio de este derecho, las obligaciones de los propietarios aledaños y el régimen de responsabilidad aplicable, entre otros”.
Con esta votación, se suman cuatro artículos completos y uno parcial a la propuesta constitucional, sumando un total de 13 artículos en total. Al no alcanzar el quorum de ?, quedaron excluidos el 12 que definía los bienes naturales comunes, y el 12E que determinaba los derechos de los pueblos indígenas sobre bienes comunes naturales en sus tierras y territorios.
El detalle de las votaciones aquí:
?18:00 | Votación Informe de nueva segunda propuesta de norma constitucional, de la Comisión sobre Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico
Transmisión:https://t.co/00JPhcyCMk
Documento:https://t.co/BiB3PcUEEw pic.twitter.com/6pshhVVbwv
— LANETA (@lanetacl) April 18, 2022
En este documento encuentras las normas emanadas de la comisión de Medio Ambiente en borrador de nueva Constitución: Normas en borrador de nueva Constitución
Tercer informe de la Comisión sobre Principios Constitucionales, Democracia, Nacionalidad y Ciudadanía
El grueso de la sesión plenaria de hoy se vivió en la deliberación y votación del tercer informe emanado de la comisión Principios Constitucionales, el cual contiene 12 artículos en busca de la aprobación del Pleno. La gran mayoría de estos hablan sobre derechos, dado que responden a materias que fueron localizadas en esta comisión para alivianar la carga de la comisión Derechos Fundamentales.
Entre otros temas, los artículos abordan materias en relación al principio de trabajo decente, derechos de NNA, derecho a migrar y derecho a la vida libre de violencia de género. Sobre este último tema desde el fin de semana distintas organizaciones feministas se organizaron e hicieron un llamado a la ciudadanía para rodear la Convención Constitucional manifestándose a favor de su aprobación.
¿Qué dice el artículo 3? El texto expresa que “el Estado garantiza y promueve el derecho de las mujeres, niñas, diversidades y disidencias sexogenéricas a una vida libre de violencia de género en todas sus manifestaciones, tanto en el ámbito público como privado, sea que provenga de particulares, instituciones o agentes del Estado”.
Otro de los artículos comentados es el 8, el cual establece el derecho a migrar a todas las personas recayendo su regulación a la ley. En su texto se señala que: “El Estado, a través de sus órganos y de las políticas migratorias, deberá respetar, garantizar y promover los derechos humanos de las personas en contexto de movilidad humana sobre la base de los principios de igualdad, universalidad, perspectiva de género, enfoque diferenciado, inclusión y unidad familiar”.
Además, en el párrafo tercero se establece que “se encuentran prohibidas las expulsiones colectivas”.
Manifestación por norma de principios sobre migración
Uno de los artículos propuestos por la comisión es el artículo 8 sobre el derecho a migrar. En este se reconoce que “toda persona tiene derecho a migrar desde y hacia Chile”. Además, señala que “no se identificará ni se considerará a ninguna persona como ilegal por su condición migratoria”.
Respecto a este, Isabella Mamani, convencional del pueblo aymara, manifestó que rechazará el artículo al no contemplar la realidad local de los territorios que representa. «En la región de donde provengo, ciudades como Iquique y Alto Hospicio han sido centro de enfrentamientos entre personas solo por el hecho de que el Estado ha renunciado a su presencia”, mencionó la convencional. Junto con esto manifestó que este derecho “debe ser regulado por la ley, generando las condiciones y políticas públicas tanto para quienes llegan a Chile, como para quienes residen”.
Rocío Cantuarias, convencional del distrito 20, también se manifestó en contra de este articulado. «Tenemos que poner límites a inmigración. No estamos en condiciones de aceptar una sola solicitud de residencia más a quienes no puedan ejercer una profesión u oficio y carezcan de medios de sustento que les permita vivir en Chile». En cuanto a la restricción de considerar ilegal a cualquier persona por su condición migratoria, mencionó que no es “es egoísta o inhumano, sancionar al que pretende entrar a un país sin permiso porque tampoco sería señal de hospitalidad, recibir a personas que entran a la casa de uno por la ventana. Es una cuestión de respeto”.
Contrario a la intervención de su par del pueblo aymara, Luis Jiménez afirmó que “el pueblo aymara no esta en contra de la migración, lo que está en contra es del abuso”, con esto se refirió a la situación migratoria actual del norte. En su intervención manifestó estar a favor de la norma, “si sólo dijera el derecho a migrar si lo votaría en contra, pero no dice solo esto”. Junto con esto mencionó que este artículo “no fomenta la migración, al contrario establece que es un derecho básico y que la ley va a regular estas condiciones”.
A favor del artículo también estuvo el convencional Patricio Fernández. “Estoy al tanto de las dificultades que se viven especialmente en zonas fronterizas, los dolores y transformaciones que le ha producido a muchos la llegada masiva de gente de otras partes”. En su intervención señaló que migrar es un derecho fundamental de todas las personas. “cuando el lugar que se habita se vuelve muy difícil de vivir es un derecho fundamental poder migrar, en busca de nuevas posibilidades”, mencionó el convencional del distrito 11.
Esto fue rebatido por el convencional Manuel José Ossandón, mencionando que “la migración no es un derecho, es una facultad del Estado. El cual tiene el deber de regular la migración y establecer un orden al respecto”.
Otro artículo es el 6, sobre los derechos de las personas con discapacidad. «Este artículo condensa meses de trabajo y esfuerzo por parte de muchas personas y, de aprobarse, representaría por primera vez que las personas con discapacidad estarían presentes en la Carta Fundamental», manifestó en su intervención la convencional Adriana Cancino quien, además, es la única convencional con una discapacidad en la Convención Constitucional.
Entre otras cosas, el artículo profesa que “las personas con discapacidad tienen derecho a la accesibilidad universal, así como también la inclusión social, inserción laboral, su participación política, económica, social y cultural”. Asimismo, establece que será responsabilidad del Estado “asegurar la representación de las personas con discapacidad en cargos de elección popular, a través del establecimiento de cuotas reservadas definidas por Ley”.
Sobre esto, la convencional Mariela Serey recordó que no fue posible asegurar la participación, vía escaños reservados, en la Convención Constitucional de personas en situación de discapacidad. Esta realidad se aplica en todas las elecciones de participación popular. «Lamentablemente, producto de las múltiples barreras y obstáculos, aún en el año 2022 la participación política de las personas con discapacidad en Chile es mínima», manifestó.
El artículo 3 sobre el derecho a una vida libre de violencia de género también concitó gran interés en la intervención de las convencionales. Este artículo establece la responsabilidad del Estado para garantizar y promover el “derecho de las mujeres, niñas, diversidades y disidencias sexogenéricas a una vida libre de violencia de género en todas sus manifestaciones”. Además, el Estado deberá “adoptar las medidas necesarias para erradicar todo tipo de violencia de género y los patrones socioculturales que la posibilitan”.
La convencional Tammy Pustilnick mencionó que este artículo es una demanda histórica del movimiento de mujeres y feminista de Chile que fue trabajada de forma «transversal de convencionales feministas y diversas organizaciones que, en definitiva, busca reconocer el derecho a una vida libre de violencia de género contra las mujeres, niñas y disidencias sexogenéricas». Junto con esto señaló que la norma es relevante “ya que por años se nos dijo que la violencia que sufríamos dentro del hogar era un asunto donde el Estado no podía ni debía intervenir”.
“Entre constituyentes y organizaciones feministas proponemos esta norma, para establecer un mandato al Estado a enfrentar la violencia de género en sus distintas expresiones, tanto en el ámbito privado como en el público», mencionó Constanza Schönhaut recordando que hasta la fecha nuestro país tiene la dolorosa cifra de 11 femicidios.
La convencional Vanessa Hoppe recordó que este artículo surge de una propuesta de norma ampliamente apoyada. «Esta norma que obtuvo más de 19.501 firmas nos pone en la urgencia de poner al Estado en la obligación de poder asumir un rol que no ha tenido, y que han tenido que asumir las organizaciones para suplir la falta de Estado y poder resolver».
Intervención feminista por norma que consagra derecho a vida libre de violencia de género
Votación
Al ser el tercer informe de la comisión, para la votación se aplica la reforma al protocolo aprobada la semana pasada. ¿Cómo funciona? En primer lugar, se somete a votación general el informe en su totalidad. Para ser aprobada, necesita al menos 103 votos favorables. De lo contrario, es devuelto a la comisión para que se elabore un informe de reemplazo.
En caso de aprobarse en general, los artículos e indicaciones renovadas pasan inmediatamente a votación en particular. Para a aprobarse y pasar a borrador de nueva Constitución, se mantiene el quórum mínimo de los ?. Si no logra los ?, pero sí la cuarta parte de los votos favorables, vuelve a comisión para que se elabore una segunda propuesta (si votan los y las 154 convencionales, son 39 votos). Si no cumple estos requisitos, el artículo o párrafo queda excluido del debate constitucional.
Tras cumplirse tres horas de debate, pasadas las 22 hrs. se realizó la votación general del informe resultando aprobado con 126 votos a favor, 19 en contra y 2 abstenciones.
En la votación particular, cada uno de los 12 artículos fueron sometidos a votación, resultando aprobados cuatro, dos totales y dos parciales. Entre lo aprobado, se encuentra el primer artículo sobre derechos de las personas mayores. Parte de lo aprobado reconoce a las personas mayores como titulares y sujetos de derecho, así como su derecho a envejecer con dignidad y a ejercer todos los derechos consagrados en la Constitucio?n.
Además, se aprobó el artículo 3 sobre el derecho a una vida libre de violencia de género. Sus dos incisos fueron sometidos a votación separada, siendo aprobados con una amplia mayoría. Estos establecen, entre otras cosas, que “el Estado garantiza y promueve el derecho de las mujeres, nin?as, diversidades y disidencias sexogene?ricas a una vida libre de violencia de ge?nero en todas sus manifestaciones, tanto en el a?mbito pu?blico como privado”.
Parte del artículo 6 sobre derechos de las personas con discapacidad también resultó aprobado, el que establece que la Constitución reconoce a estas personas como sujetos de derechos en igualdad de condiciones con los demás y que las personas con discapacidad “tienen derecho a la accesibilidad universal, asi? como tambie?n la inclusio?n social, insercio?n laboral, su participacio?n poli?tica, econo?mica, social y cultural”.
Asimismo, se aprobó parcialmente el artículo 11, que reconoce a niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos. Entre lo que pasó al borrador de nueva Constitución, se encuentra un párrafo que declara la erradicación de la vioelncia contra la niñez como un asunto de la más alta prioridad del Estado, además de señalar que los “nin?os, nin?as y adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra toda forma de violencia, maltrato, abuso, explotacio?n, acoso y negligencia”.
Por otro lado, ocho artículos no obtuvieron los dos tercios necesarios para conformar la propuesta de nueva Constitución, por lo que fueron devueltos a la comisión para una segunda propuesta. Ese fue el caso del artículo 7 sobre Derecho a la identidad, que reconoce que “toda persona tiene derecho al libre desarrollo y pleno reconocimiento de su identidad”. Junto con esto, se establece que “ni el Estado, ni ninguna persona, institución o grupo podrá restringir, condicionar o excluir el reconocimiento ni ejercicio de este derecho”. Y, por último, se establece que será el Estado el responsable de garantizar el reconocimiento de este derecho.
El artículo 8 completo sobre Derecho a migrar también fue devuelto a comisión para segunda propuesta. En este articulado se reconoce el derecho de toda persona a “migrar desde y hacia Chile”. Y será el Estado el responsable de generar políticas migratorias que respeten, garanticen y promuevan “los derechos humanos de las personas en contexto de movilidad humana”. Además, se prohíben las expulsiones colectivas.
El detalle de las votaciones aquí:
?Inicia la votación del tercer informe de la Comisión sobre Principios Constitucionales, Democracia, Nacionalidad y Ciudadanía
Transmisión:https://t.co/00JPhcyCMk
Documento:https://t.co/5SNmPprqTW pic.twitter.com/XeDUBmghGq— LANETA (@lanetacl) April 19, 2022
En este documento encuentras las normas emanadas de la comisión de Principios Constitucionales en borrador de nueva Constitución:
Normas en borrador de nueva Constitución – Documentos de Google
¿Qué pasa mañana?
12:00 hrs:
- Sesión plenaria para discutir y votar en general y particular del segundo informe de la Comisión sobre Derechos Fundamentales. Revísalo aquí: 2do informe DDFF
Si te gustan y te sirve la información que entregamos te invitamos a seguirnos y difundirnos en redes sociales.
Puedes apoyar nuestro trabajo acá.
Los comentarios están cerrados.