Las comisiones de Sistemas de Conocimientos, Medio Ambiente y Sistema Político votaron hoy normas constitucionales. En esta última, se aprobó en general las normas que establecen un presidencialismo atenuado, un Congreso unicameral, paritario y plurinacional, entre otras. Los detalles te los contamos aquí.
Para enterarte de los detalles de lo trabajado ayer por la Convención, te invitamos a revisar el boletín del pasado miércoles 26 de enero: https://laneta.cl/boletin-diario-que-paso-este-miercoles-26-de-enero-en-la-convencion-constitucional/
¿Qué estaba presupuestado para hoy?
09:30 – 13:30 hrs:
- Comisión Sistema Político
- Comisión Forma de Estado
- Comisión Derechos Fundamentales
- Comisión Medio Ambiente
- Comisión Sistemas de Justicia
15:00 hrs:
- Comisión Sistema Político
- Comisión Derechos Fundamentales
15:30 hrs:
- Comisión Sistemas de Conocimientos
¿Qué se llevó a cabo realmente?
Comisión Sistema Político
Hoy se llevaron a cabo las votaciones en general de las primeras normas constitucionales de la comisión número uno. Para esto, se dividieron las propuestas en cinco temas y una a una se fueron sometiendo a votación. Para ser aprobadas estas debieron reunir al menos la mayoría de los votos de los y las convencionales presentes. En total, fueron 13 las aprobadas por los y las convencionales.
Normas aprobadas
- Plurinacionalidad: 2 (Rosa Catrileo 94-1 y Tiare Aguilera 389-1)
- Régimen de Gobierno: 1 (Bárbara Sepúlveda 236-1)
- Integración del Congreso: 2 (Alondra Carrillo 213-1, Rosa Catrileo 217-1)
- Formación / Materia de Ley: 1 (Catrileo 218; art 33)
- Organizaciones Políticas y Sistema Electoral: (convencionales feministas 116-1; 225-1; 230-2 PRIMEROS 4 AR; 246-1; 215-1; 289-1)
Antes de contarles el detalle de estas votaciones, es importante recalcar que estas fueron aprobadas en general. ¿Qué quiere decir esto? En palabras simples, que una norma sea aprobada “en general” significa que se aprueba la idea de legislar acerca del contenido de la norma. Sin embargo, una vez aprobada se le pueden presentar indicaciones, esto es, precisiones o ajustes que pueden modificarla.
Por lo tanto, la norma aprobada en general puede sufrir cambios. Después del período de indicaciones, pasa a la próxima etapa que se incluye con las modificaciones en un informe de la comisión, que finalmente se somete a votación en el Pleno de la Convención. Es el Pleno quien decide cómo y cuándo se va a establecer esta norma para ser integrada en la redacción de la nueva Constitución.
En resumen, las normas aprobadas establecen:
Plurinacionalidad: Chile es un Estado Plurinacional y reconoce la Libre determinación de los pueblos
Los pueblos y naciones indígenas son preexistentes al Estado, titulares del derecho de libre determinación, así como de los demás derechos colectivos reconocidos y garantizados en el marco de esta Constitución y en el Sistema Internacional de los Derechos Humanos y de los Pueblos Indígenas.
- derecho al pleno ejercicio de sus derechos colectivos e individuales.
- derecho a la autonomía y al autogobierno, a su propia cultura, a la identidad y cosmovisión, al patrimonio y la lengua
- derecho al reconocimiento de sus tierras, territorios, maritorios, de la naturaleza en su dimensión material e inmaterial y al especial vínculo que mantienen con estos
- derecho al reconocimiento de sus instituciones y jurisdicciones propias y a participar plenamente, si así lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado.
Asimismo, establece que será responsabilidad del Estado Plurinacional promover y garantizar la participación de los pueblos indígenas en el ejercicio y distribución del poder, siendo incorporados en la estructura del Estado, órganos e instituciones.
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Convencionales de escaños reservados celebraron la aprobación en general de esta norma
Plurinacionalidad: Reconocimiento e implementación de tratados y acuerdos históricos
La norma complementa la anterior, agregando el reconocimiento constitucional, ratificación e implementación de los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos, que hayan sido acordados por los pueblos indígenas con el Estado o sus antecesores jurídicos y el derecho de proponer y negociar otros nuevos.
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Régimen de Gobierno: Conformación del poder ejecutivo
La única norma aprobada sobre régimen de gobierno fue la propuesta por el colectivo Chile Digno. La norma se sometió a votación con artículos separados, por lo que el texto que refiere a la cesación del cargo no se cuenta en esta pasada (fue rechazada esta parte). Con votos transversales, se establece un régimen presidencialista atenuado, con una dupla paritaria de Presidente/a y Vicepresidente/a que serán electos mediante sufragio universal, libre y secreto.
Se plantea que durarán cuatro años en el cargo con posibilidad de una reelección de forma inmediata o posterior. Para postularse a la presidencia, la edad se reduce de 35 a 30 años. Por su parte, el/la vicepresidenta coordinará el gabinete ministerial y, entre sus facultades, se establece la posibilidad de remover de sus cargos a los subsecretarios.
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Integración del Congreso: Congreso Plurinacional
Según lo que establece la norma, el Congreso Plurinacional será un órgano deliberativo, paritario y plurinacional que representará a los pueblos reunidos y naciones reconocidas por esta Constitución y las leyes. Es de carácter unicameral, por lo que la cámara del Senado ya no seguirá existiendo.
En la norma, se establece que la duración en el cargo es de 4 años con una única posibilidad de reelección. Para poder postular al cargo se debe ser ciudadano/a chileno con derecho a voto y superar los 18 años.
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Integración del Congreso: Escaños reservados para conformación del Congreso
En las elecciones al Parlamento Plurinacional, se fijará un número de escaños reservados para representantes indígenas que sea proporcional a la relación entre la población indígena y la población total del país, siendo representados todos los pueblos reconocidos en la Constitución. Los escaños indígenas se elegirán dentro de un distrito único para todo el país, siendo entonces la propuesta similar a cómo se dieron las votaciones para la Convención Constitucional.
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Materia de Ley: Consulta indígena en el proceso de formación de ley
El artículo 33 sometido a votación establece que en cualquier momento de la tramitación de un proyecto de ley, indicaciones o reformas a la Constitución, se podrá solicitar por cualquier parlamentario, organización o comunidad indígena, el inicio de un proceso de Consulta Indígena previo, libre e informado.
Asimismo, la norma señala que no se podrá avanzar en la publicación de la ley si esta, cumpliendo los criterios, no cuenta con la realización de la Consulta solicitada.
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Organizaciones Políticas y Sistema Electoral: Democracia Paritaria (artículos 4 y 5)
La norma busca que el Estado y las organizaciones políticas deben garantizar la representación paritaria de mujeres y diversidades sexo genéricas.
Entre otras cosas, la norma expresa que las organizaciones políticas reconocidas legalmente (partidos políticos, por ejemplo) deben implementar la paridad en sus espacios de dirección y otros mecanismos que aseguren la plena participación política de las mujeres y las identidades trans y no binarias.
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Organizaciones Políticas y Sistema Electoral: Establece el estatuto constitucional de los partidos políticos
La norma establece una definición de los partidos y otros colectivos políticos como organizaciones voluntarias cuya función es contribuir a la formación de voluntad política de los pueblos. Asimismo, expresa que la ley establecerá un sistema de financiamiento nacional y regional de estos, que dependerá de su nivel de representación y si cumplen con condiciones de democracia, transparencia, paridad, entre otros.
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Organizaciones Políticas y Sistema Electoral: Participación democrática y representación política (primeros cuatro artículos)
A grandes rasgos, los cuatro primeros artículos de esta propuesta indican que el Estado garantizará la participación vinculante de todas las personas, pueblos y organizaciones sociales en la elaboración de las políticas públicas, su presupuesto y fiscalización. A su vez, se reconoce a todas las personas el derecho a constituir y pertenecer a organizaciones políticas, entre otros asuntos.
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Organizaciones Políticas y Sistema Electoral: Sobre el voto y derecho al sufragio
Establece el voto obligatorio, con inscripción electoral automática; habilita el voto de mayores de 16 años de edad y de chilenos en el extranjero. Estos últimos podrán sufragar en elecciones primarias presidenciales, del Presidente de la República, parlamentarias y plebiscitos nacionales.
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Organizaciones Políticas y Sistema Electoral: Registro electoral indígena
El Registro Electoral Indígena será un órgano administrado por el Servicio Electoral y que permitirá que todos los ciudadanos y ciudadanas que pertenezcan a pueblos y naciones indígenas que estén inscritos en este registro, puedan votar por escaños reservados en cualquier ámbito de representación. Según lo expresado por la norma, los ciudadanos y ciudadanas inscritas en el Registro Electoral Indígena sólo podrán votar por las candidaturas que se presenten para escaños reservados.
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Organizaciones Políticas y Sistema Electoral: Regla general de representación indígena para cargos de elección popular
La norma establece que, en ejercicio de su derecho a la libre determinación, se garantiza la representación de los pueblos y naciones indígenas en todos los órganos de elección popular del Estado, especialmente a través de un sistema de escaños reservados. Además, se añade que el legislador deberá organizar un mecanismo que asegure la representación de los pueblos indígenas respetando la paridad de género en sus resultados.
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Organizaciones Políticas y Sistema Electoral: Pautas sobre democracia paritaria
La propuesta indica que el Estado de Chile se funda en una democracia paritaria y que todas sus instituciones deberán tener una integración paritaria, asegurando que al menos un 50% de su composición sean mujeres, así como garantizar la representación efectiva de identidades trans y no binarias.
La norma también contiene una disposición transitoria que establece que el Estado deberá adoptar con la mayor premura las medidas positivas, preventivas o restaurativas para rectificar y reparar las discriminaciones por género que son resultado de legislaciones y políticas públicas previas a la vigencia de la nueva Constitución.
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Organizaciones Políticas y Sistema Electoral: Participación política de grupos históricamente desventajados y de especial protección
La norma plantea que Estado asegure la participación de las diversidades sexo genéricas. En el ámbito legislativo, se asegurará que todo proyecto de ley que afecte a dichos grupos incluya mecanismos, medidas afirmativas y orientaciones para la integración de estos mismos.
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Comisión Forma de Estado
Hoy la Comisión de Comisión de Forma de Estado, Ordenamiento, Autonomía, Descentralización, Equidad, Justicia Territorial, Gobiernos Locales y Organización Fiscal recibió en audiencia a Nelson Venegas Salazar, representante de la Corporación Aconcagua Región; María Victoria Rodríguez, articuladora de “Yo amo la Región de Aconcagua”; Daniel Pantoja, presidente de las JJVV rurales de Chiloé; y Eduardo Mondaca, académico de la Universidad de Los Lagos.
Como un hito para la Comisión, los convencionales recibieron a los autores de la primera iniciativa popular de norma discutida en la Comisión de Forma de Estado, la cual apuntó a la regionalización del archipiélago de Chiloé y del Valle del Aconcagua, propuestas que generaron un amplio consenso al interior de la comisión.
Además, fue presentada la norma 384-3 sobre Gobierno regional por Felipe Mena, Geoconda Navarrete y Harry Jurgensen, la cual fue revisada de inmediato en 16 votaciones en las se aprobaron 8 artículos y se rechazaron los otros 8 artículos
Por último, el tercer punto de la tabla de la sesión de hoy incluyó la exposición del enlace transversal Adriana Ampuero, quien explicó duplicación y divergencia de algunas iniciativas populares de norma con otras comisiones.
Mañana se realizará la presentación del sistematizado de normas aprobadas en general por la comisión en el bloque 1.
Comisión Derechos Fundamentales
La sesión comenzó con el anuncio de las normas por parte del secretario de la comisión. Las primeras iniciativas corresponden al ámbito del derecho a la vida y a la integridad física y química. La primera iniciativa del ámbito fue la n°148, presentada por Manuel José Ossandón. “Permite que se reconozca el derecho a la vida, integridad física y psíquica. “Toda persona tiene derecho a la vida. Este derecho estará protegido por la ley. Asimismo, toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física y psíquica”.
La segunda iniciativa del ámbito dicho fue la n°162, presentada por Katerine Montealegre. La normativa se basó en lo siguiente: “El derecho a la vida. La vida humana debe ser protegida desde la concepción hasta la muerte natural. Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física y psíquica. Nadie puede ser sometido a torturas, apremios ilegítimos ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes”.
La tercera y última iniciativa del ámbito fue la n°273, presentada por Janis Meneses “Derecho a la vida. Toda persona tiene derecho a la vida. Ninguna persona podrá ser condenada a muerte ni ejecutada”.
Debido a la gran cantidad de normativas pendientes en la sesión, no hubo deliberaciones en el ámbito, para una rápida continuación de iniciativas. Posteriormente se pasó al siguiente ámbito Este fue sobre las normativas de derecho de emprender y desarrollar actividades económicas.
La primera Iniciativa de este ámbito fue la n°260, presentada por la convencional Janis Meneses. La normativa contenía lo siguiente: “El Estado reconoce y garantiza el derecho a emprender actividades económicas y empresariales con el límite de las condiciones previstas en esta Constitución, las leyes e instrumentos de Derechos Humanos, establecidas por razones de desarrollo humano, la protección de otros derechos fundamentales y de los derechos de la Naturaleza, interés general, la seguridad e integridad del territorio del Estado, la salud pública, los derechos colectivos de los pueblos indígenas y naciones preexistentes al Estado u otras consideraciones de interés social y ambiental”.
La convencional Rocío Cantuarias deliberó sobre la iniciativa, pidiendo que haya mejor explicación de los límites sobre este derecho, ya que, es una normativa imprecisa. El convencional Javier Fuchslocher, respondió a Rocío, argumentando que, esta iniciativa busca que los pequeños empresarios tengan espacio para un mejor desarrollo, sin que el monopolio los perjudique, también, se refiere al respeto del medio ambiente y el ecosistema. Ya que, el mercado no está regulado.
La segunda iniciativa del ámbito fue la n°281 presentada por Javier Fuchslocher. Contenía lo siguiente: “Los servicios públicos universales y de calidad son la base de una sociedad justa y sostenible y no son una mercancía. Éstos abarcan un abanico de dimensiones necesarias para una vida digna en el marco del principio del buen vivir”.
La tercera iniciativa del ámbito al derecho a emprender fue la n°293. Presentada también por el convencional Javier Fuchslocher. Se refiere a lo siguiente: “La Constitución asegura a todas las personas la libertad de emprender y desarrollar actividades económicas. Su ejercicio deberá ser compatible con los Derechos consagrados en esta Constitución, el cuidado del medioambiente y con el interés general”.
Posteriormente se pasó al ámbito del derecho de propiedad. La primera iniciativa fue la N°74, presentada por la convencional Francisca Linconao, que incluso habló en mapudungun para explicar la iniciativa. La normativa habla sobre la restitución de territorios, esto quiere decir: “Derecho de propiedad y posesión sobre la tierra que ocupan o han ocupado los pueblos y se funda en el especial vínculo profundo que existe con la tierra. Se establecen obligaciones para el Estado, en el sentido de garantizar tales derechos e impulsar medidas y mecanismo oportunos para la restitución de tierras y territorios cuando corresponda”.
El convencional, Alfredo Moreno. deliberó acerca de cómo sería esta restitución de tierras. Ya que la iniciativa es muy general. La convencional, Natividad Llanquileo, argumentó que las respuestas están bastante completas y que se haga una mejor observación de la iniciativa.
La segunda iniciativa del ámbito fue la n°264, presentada, consagra el derecho de propiedad y propiedad indígena. Presenta convencional Isabel Mamani. La normativa se basó en la siguiente: “Se establece la obligación de los gobiernos de respetar la importancia especial que tiene la relación de los pueblos indígenas con sus tierras y territorios. Reconocer el derecho de propiedad y posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Deberán instituirse procedimientos adecuados en el marco del sistema jurídico nacional para solucionar las reivindicaciones de tierras formuladas por los pueblos interesados”.
La tercera iniciativa del ámbito fue la N°144-4, la cual expuso la convencional, Rocío Cantuarias, esta habla sobre crear protección fuerte a la propiedad, la iniciativa se basa en lo siguiente: “Qué relación entre los derechos sociales y los derechos a la propiedad. “La libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes, salvo respecto de aquellos que la naturaleza ha hecho comunes a todos los hombres o los que deban pertenecer a la Nación toda y así lo declara la ley”.
La última iniciativa deliberada fue N°152-4 del convencional, Bernardo Fontaine. Quién expresó la normativa: “Toda persona tiene derecho de propiedad privada, en sus diversas especies, sobre toda clase de bienes corporales e incorporales y la libertad para adquirir el dominio sobre estos, salvo respecto de aquellos que la naturaleza ha hecho común a todos los hombres o aquellos que pertenezcan a la nación toda, cuando estos hayan sido declarados así por ley”.
Después de un tramo de colación, se continuó con la deliberación de la comisión. El secretario dio inicio con la primera normativa del ámbito de Derecho de Propiedad – expropiación. Esta fue la Iniciativa N° 251, presentada por Tatiana Urrutia: “Las personas tienen derecho a adquirir el dominio de toda clase de bienes, exceptuando aquellos que la naturaleza ha hecho comunes a las personas que pertenezcan a las naciones que integran el Estado, o que así lo declare la ley.
La segunda iniciativa del ámbito de Derecho de propiedad fue la n° 264 por la convencional, Janis Meneses. La cual dice lo siguiente:“Se reconoce el derecho de propiedad en sus diversas formas, tanto pública, estatal, privada, comunitaria, asociativa, cooperativa y de los pueblos indígenas, y los demás reconocidas por esta Constitución y las leyes. El Estado protegerá y promoverá especialmente las formas asociativas, comunitarias, públicas y solidarias de propiedad”.
La tercera iniciativa del ámbito fue la iniciativa n°281, presentada por Tatiana Urrutia. La cual agrupaba lo siguiente:“La función Ecológica comprenderá, entre otros aspectos, el deber de toda persona, pública o privada, de preservar o restaurar, en su caso, las funciones ecológicas esenciales asociadas a los componentes ambientales bajo su propiedad, titularidad o control, así como de abstenerse de realizar actividades que puedan perjudicarlas”.
La última iniciativa del ámbito mencionado fue la n°293. La cual fue presentada por Tatiana Urrutia, la cual decía: “La constitución asegura a todas las personas el derecho de propiedad en todas sus especies y sobre toda clase de bienes. Los bienes incorporales sólo estarán amparados por este derecho según lo determine expresamente la ley”.
Luego de esta iniciativa, se pasó al ámbito de Derecho de reunión. Posteriormente, se dio a conocer la iniciativa n° 133, normativa presentada por la convencional Teresa Marinovic, la cual se explicaba como: “La libertad de reunirse pacíficamente sin permiso previo y sin armas. Las reuniones en las plazas, calles y demás lugares de uso público, se regirán por las disposiciones contempladas en la ley”.
La segunda iniciativa del ámbito fue la n°251, presentada por Matías Orellana, la cual decía lo siguiente:“Las reuniones que impliquen la ocupación de plazas, calles y demás bienes nacionales de uso público sólo podrán restringirse en conformidad a la ley, y en el contexto de una sociedad democrática, en interés de la seguridad o del orden público, o para proteger la salud pública, o los derechos o libertades de los demás”.
La convencional Rocío Cantuarias, debido al aumento de la violencia y la utilización de armas en manifestaciones, se preguntó por qué no se optó conforme expresa, la mención a que las reuniones deben ser sin armas. El convencional, Cesar Valenzuela. Explica que los derechos se ejercen sin armas, también explica que con el concepto “pacíficamente” ya engloba la prohibición del uso de armas.
La tercera iniciativa fue la N° 265-4, presentada por Natalia Henríquez. La normativa explica lo siguiente: “Las reuniones que impliquen la ocupación de plazas, calles y demás bienes nacionales de uso público sólo podrán restringirse en conformidad a la ley, y en el contexto de una sociedad democrática, en interés de la seguridad o del orden público, o para proteger la salud pública, o los derechos o libertades de los demás”.
La convencional Katerine Montealegre, pide más especificación sobre aplicar locaciones específicas. Ya que, se puede ejercer este derecho en cualquier lugar. Se le responde a que la ocupación de espacios, siempre se tiene que respetar la seguridad del orden público y en el contexto de una sociedad democrática.
Por último, se dio a conocer la iniciativa n° 291, presentada por la convencional Tatiana Urrutia. La norma aclara lo siguiente: “La Constitución asegura a todas las personas el derecho a reunirse en lugares privados y públicos, así como el derecho a manifestarse, sin permiso previo. El Estado debe asegurar el ejercicio de este derecho”.
Finalmente se llegó a la decisión de suspender las iniciativas restantes, para la próxima sesión. Para no generar confusión sobre las normativas.
Comisión Medio Ambiente
La Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico continuó con sus jornadas de deliberación y votación en general de normas.
Se discutieron tres iniciativas: Se trata de “Principios fundamentales”; la que “Establece el estatuto constitucional de la minería”; y la que «Establece el deber estatal de dar protección a los animales, en cuanto seres vivos sintientes».
“Principios fundamentales” fue remitida a la comisión en lo relacionado a los artículos 5° y 6°, que plantean que “la naturaleza tiene derechos” y “las aguas, en cualquiera de sus estados, el aire, las altas cumbres, las riberas de lagos y ríos, las playas y los bosques especialmente protegidos son bienes comunes públicos”, en resumidas palabras. La iniciativa fue aprobada en su totalidad. Aún así, en la deliberación varias y varios convencionales argumentaron la necesidad de mejorar la norma a través de indicaciones, lo cual fue bien recibido por la autora Giovanna Roa.
Para el caso de “Establece el estatuto constitucional de la minería” que propone que en la nueva “propuesta de nueva Constitución conservar aquellos aspectos que han sido fundamentales para otorgar certeza jurídica y que han posibilitado en las últimas décadas un dinamismo sin precedentes para la minería chilena”, fue rechazada en general.
Por último, la iniciativa «Establece el deber estatal de dar protección a los animales, en cuanto seres vivos sintientes», fue rechazada, pero es importante remarcar que: las normas no son excluyentes, se puede rechazar una y aprobar otra de la misma materia. Las normas no compiten entre ellas, se votan por separado y luego las y los convencionales harán una convergencia de ellas.
Sobre animales hay más normas al respecto. En esa línea, gran parte de las y los convencionales se manifestaron optimistas con respecto a tres Iniciativas Populares de Norma (IPN) que dicen relación con este tema y que a su juicio «son más completas» que la iniciativa constituyente rechazada. Es por ello que es importante destacar que por esto mismo, no se registró ningún voto en contra, sino que fueron nueve abstenciones.
En los siguientes videos, los coordinadores de la comisión, Juan José Martin y Camila Zárate explican más detalles del trabajo realizado hoy:
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Comisión Sistemas de Justicia
En la sesión n°29 sobre Sistema de Justicia se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de Participación Popular que mandata a realizar a lo menos una audiencia de especialistas para el debate de normas aprobadas en general.
Extraordinariamente se hace pública la información que deja sin efectos la visita territorial que tenía prevista la Comisión a Punta Arenas, por motivos de que la ciudad se encuentra en fase dos y no cuentan con la implementación necesaria para que la totalidad de la comisión visite la comuna. Desde la coordinación tras escuchar las distintas opiniones de quienes integran la comisión se llega al acuerdo de cambiar la fecha de visita territorial para el 28 de marzo.
El primer invitado fue Diego García Sayán, relator especial de Naciones Unidas sobre Independencia Judicial. Quien centró su exposición en algunos elementos que cree importante mantener, tales como: los principios de independencia e imparcialidad del Sistema Judicial, la creación de un Consejo de Justicia, el concepto de Pluralismo Jurídico, decisiones judiciales en concordancia con los tratados internacionales, y el concepto de la Inamovilidad.
Luego Flavia Carbonell, profesora de derecho procesal de la Universidad de Chile, enfocó su presentación en la estructura del Poder Judicial y sobre el Consejo de la Judicatura, abarcando tres puntos generales en los que habría relativo acuerdo.
En cuanto a la Función Jurisdiccional resalta ciertos aspectos, como que exista la posibilidad de que “esta función la puedan ejercer los pueblos indígenas de conformidad con sus instituciones, normas, procedimientos y costumbres en el marco del ordenamiento jurídico especialmente en los derechos humanos”; también destaca el establecimiento de un régimen unitario o mismo estatuto orgánico para todos los jueces y juezas del país, cambiando el concepto de “superiores e inferiores” que hoy rige, por “unidad jurisdiccional”.
Sobre la Estructura Judicial destaca dos ideas relativas al principio de independencia, la proyección de una estructura no jerárquica con diferenciación funcional o competencial entre los distintos tribunales, y la separación de funciones jurisdiccionales con las no jurisdiccionales. Además, agrega algunas indicaciones en aspectos que las iniciativas aprobadas pretenden regular, tales como: tipos de tribunales, requisitos para ser jueces y juezas, nombramientos, competencia o función, número de jueces y juezas en tribunales colegiados, y duración en el cargo.
Finalmente dio visto bueno a la propuesta de crear un Consejo de la Judicatura, ya que sería un organismo que subsanaría el problema de falta de independencia interna que rige hoy, y resaltó las propuestas que le caracterizarían como un consejo autónomo, colegiado y paritario.
En tercer lugar, expuso Peter Sharp, consultor de ILPES-CEPAL, quien hizo estudio sobre las propuestas referentes al Acceso a la Justicia, en especial a la Justicia Abierta. Parte su presentación con un panorama general sobre la conformación actual de la administración del Estado, mencionando que “la estructura del Estado es de instituciones que muchas veces no se comunican, no actúan colaborativamente, que hay un sesgo de opacidad, que escasa la participación ciudadana y, por tanto, se mueve en la lógica de un Estado cerrado”. Dicho esto, aborda la idea de avanzar hacia un Estado abierto, cuyos objetivo sea transitar desde una lógica mercadocéntrica en la que el sector privado prevalece sobre políticas públicas hacia un modelo ciudadanocéntrico en donde la sociedad civil es quien define lo que es valioso para la gestión pública. Para argumentar lo anterior informa que Chile es parte de la “Alianza para el Gobierno Abierto”, acuerdo celebrado el 2011 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Compromiso que incorpora no solo al gobierno, si no también al Congreso Nacional y al Poder Judicial.
Además agrega que hay otro compromiso suscrito el año 2015 sobre “objetivos de desarrollo sostenible”. Este tiene como “objetivo garantizar y fortalecer la democracia y el respeto a los derechos humanos”. En este caso, Chile se comprometió a reforzar criterios de paz social y garantizar el pleno acceso a la justicia fortaleciendo las instituciones democráticas.
Dicho lo anterior, el concepto de Justicia Abierta se aborda desde tres principios: transparencia, participación y colaboración. El primero haría posible la instalación de un lenguaje claro consagrando el derecho a comprender, al entendimiento común; el derecho a la información pública y datos abiertos; y una rendición de cuentas transparente para combatir la corrupción. En cuanto a participación, se crearían espacios de diálogo, control y responsabilidad ciudadana, y alfabetización jurídica territorial. En cuanto a la colaboración, el trabajo sería en red, y no en bloque, para conformar un ecosistema de justicia. El fin de todo esto es que las personas logren su objetivo cuando recurran a un tribunal de justicia, que el fallo sea adecuado, que la prestación de servicio sea de calidad, y se logre el bien común.
En la ronda de preguntas hubieron interrogantes que abordaron principalmente sobre cómo estas definiciones se pondrían en práctica y podrían asegurar la participación ciudadana sin caer en ilusiones políticas. Para lo cual el expositor responde que “la sociedad civil es una esfera de interacción social entre la economía y el estado conformada por la familia, los movimientos sociales y la comunicación pública”, en este sentido, la participación seria la delegación del poder hacia la ciudadanía, por lo que la Justicia Abierta se concretaría con la fiscalización del pueblo soberano a los actos de autoridades y a las políticas públicas, fomentando la transparencia absoluta de todos los actos de la administración; a diferencia de un Estado Cerrado donde el mismo Estado se fiscaliza a sí mismo.
La última parte de la sesión que comprendía el proceso de discusión, dispuesto por el artículo 90 del Reglamento General, sobre la implementación de enfoques como derechos humanos, género, inclusión, plurinacionalidad, socioecológico, descentralización y otros, se reprogramó para la sesión del día martes por haberse cumplido el tiempo estimado.
Comisión Sistemas de Conocimientos
Durante la tarde de hoy en la comisión se expusieron seis iniciativas convencionales constituyentes que luego fueron discutidas y votadas en general.
La primera que se presentó fue la N° 339-7 que «Consagra la libertad de creación artística y otorga protección a los derechos de autor y de intérprete «, expuesta por Miguel Angel Botto, Juan Antonio Durán, Rodrigo Osorio y el reconocido pianista Valentín Trujillo. Esta norma considera fundamental el derecho de autor e intérprete para el desarrollo del patrimonio cultural del país. Dice ser complementaria con la participación en la vida cultural y es distinta al derecho de propiedad porque no solo contempla derechos patrimoniales, sino que también morales. De acuerdo a lo anterior, la propuesta también determina ciertos beneficios remunerados y compensaciones materiales e inmateriales para quienes trabajan creativamente en las artes y las culturas.
El convencional Ricardo Neumann, agradece la exposición diciendo que “proteger a los y las artistas es un incentivo para que se genere arte, y divulgar las creaciones no precariza la protección de los y las creadoras, así como, proteger a quienes crean no precariza ni afecta la libre divulgación de las artes. Este es un equilibrio que hay que mantener”. Alexis Caiguan, por su parte, pone en relieve que los pueblos originarios también son artistas y creadores, consultando sobre el resguardo patrimonial de estas obras. Los expositores contestan que es indispensable proteger las creaciones de pueblos originarios y sus derechos colectivos.
La siguiente norma en presentarse fue la N° 335-7 que «Reconoce a la artesanía como patrimonio cultural inmaterial y a sus cultores como tesoros humanos vivos”. Expuesta por Carolina Videla, esta iniciativa “es un acto de justicia para estos nobles oficios que narran durante siglos las herencias de los territorios, plasmando con sus propias manos obras únicas e irrepetibles”. Las artesanas y los artesanos conformaron el primer gremio y dieron las primeras luchas sociales del estado chileno, sin embargo, hoy no cuentan con ninguna ley que les proteja. A grandes rasgos, los artículos de esta iniciativa proponen el reconocimiento de la artesanía como patrimonio cultural inmaterial, y su función social, cultural, artística y económica; a las artesanas y artesanos como Tesoros Humanos Vivos; y la protección y garantía de la actividad artesanal en los ámbitos productivos, culturales y de transmisión de conocimientos
La tercera iniciativa fue la N° 368-7 que «Promueve el derecho a la democratización de todo tipo de conocimiento» expuesta por Francisco Camaño. La norma propone en general: el reconocimiento estatal de las distintas formas de producción y creación de los conocimientos; los conocimientos al alero del Estado se realizarán de manera descentralizada y con autonomía de los territorios; el conocimiento e investigaciones tienen que tener un enfoque inclusivo; los conocimientos son bienes comunes de toda persona que participe en su proceso.
Además se proponen una serie de derechos como: la participación, la inclusión, la equidad, la conservación y protección, espacios de diálogo y encuentro, descentralización, reconocimiento a los conocimientos ancestrales. Que tendrían que ponerse en práctica mediante la creación de un órgano autónomo que proteja estos derechos, con periodicidad independiente a la de los gobiernos, y que a su vez dialogue con un espacio interministerial para incidir en la sociedad a través de distintos espacios educativos e investigativos.
Se presentó también la norma N° 392-7 «Sobre el derecho a la creación de conocimiento y su difusión» que propone tres artículos. Derecho a la creación del conocimiento y a difundirlo, Derecho a beneficiarse del conocimiento y sus aplicaciones, Garantías específicas del derecho al conocimiento científico y tecnológico.
Posteriormente, se expuso la N° 393-7 que «Dispone la protección y promoción del patrimonio cultural material e inmaterial del país». En su articulado menciona que “para el Estado es obligatorio proteger, preservar y promover el incremento de las manifestaciones y expresiones artísticas, culturales, lingüísticas y deportivas que conforman el patrimonio cultural del país […] potenciando desde las leyes y políticas públicas el principio de diferenciación territorial”. Su expositor Ricardo Neumann agrega que “tenemos que medir el progreso en cuanto a la valoración de nuestras identidades diversas, nuestra cultura y la inmaterialidad de estas expresiones”.
Desde la comisión se hace énfasis en que ciertas expresiones en la norma como “costumbres y tradiciones del país” contradice otros principios consagrados en la propuesta y es peligroso porque se puede contemplar la preservación de tradiciones tan cuestionadas como el rodeo. No obstante, si bien se acogen las críticas, R. Neumann comenta que es delicado suprimir ciertas manifestaciones culturales y otras no.
Cristina Dorador, expositora de la norma N°403-7, sobre el «Reconocimiento de la neurodiversidad y las personas neurodivergentes, protección y garantía de sus derechos”, dice que “no existe una sola forma de ver y entender el mundo[…] por esto abordar los conocimientos de forma integral es profundamente humano”. El objetivo de esta iniciativa es principalmente reconocer la diversidad humana y garantizar los derechos de las personas neurodivergentes en el desarrollo de los conocimientos.
Respecto a la norma como tal, esta representa el anhelo de poder reconocer a las personas neurodivergentes lejos de los estereotipos y la patologización, invitando a observar a nuestra sociedad de forma integral y en su totalidad. “Esta norma va a implicar ampliar los espacios para transitar desde una ciudadanía normativa a una ciudadanía de carácter universal, requiriendo un trato digno e inclusivo en todos los espacios sociales y políticos”. Por último, lo que se busca es asegurar la participación autodeterminada de las personas neurodivergentes.
Tras las presentaciones, se llevó a cabo la votación en general de las iniciativas. En este proceso deliberativo se aprobaron cuatro iniciativas, la N° 339-7, N° 335-7, N° 392-7 y N° 403-7. Se rechazó la N° 368-7. Y finalmente, la norma N° 393-7 se votó por inciso, aprobándose el primero y rechazando el segundo.
¿Qué pasa mañana?
09:30 – 13:30 hrs:
- Comisión Sistemas de Conocimientos
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