Se discute proyecto que prohíbe las armas de fuego para procesados o condenados por VIF

Según la Red Chilena Contra la Violencia Hacia las Mujeres, en 2023 se utilizaron armas de fuego en 19% de los femicidios 

 

La Comisión de Familia de la Cámara de Diputadas y Diputados está discutiendo un proyecto que busca prohibir la tenencia de armas de fuego a las personas procesadas o condenadas por violencia intrafamiliar

El proyecto fue presentado por la Diputadas Lorena Fríes y María Francisca Bello en mayo de 2023 y en septiembre de este año el Presidente de la República le otorgó urgencia Suma para que comenzara su discusión. 

Los fundamentos del proyecto se dan en torno al aumento del uso de armas de fuego en delitos y cómo esto supone un riesgo mayor para las mujeres que son víctimas de violencia intrafamiliar, con consecuencias tan graves como la muerte. 

Solo un ejemplo de esto es que, según la Red Chilena Contra la Violencia Hacia las Mujeres, en 2023, en 19% de los femicidios consumados se utilizaron armas de fuego. Esto sin considerar que las armas de fuego también pueden ser utilizadas para coaccionar, amenazar y ejercer control sobre las víctimas.

 

Legislación actual en torno a armas de fuego y violencia intrafamiliar

 

Actualmente la ley 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar (VIF) incluye como medida adicional a la sentencia la prohibición de porte y tenencia de armas de fuego. Por otro lado, la ley 19.968 que crea los Tribunales de Familia establece como una posible medida cautelar para la protección de la familia, la prohibición del porte y tenencia de cualquier arma de fuego, municiones y cartuchos. 

Si bien estas normativas ya le permiten al Poder Judicial prohibir la tenencia de armas de fuego a personas procesadas o condenadas por violencia intrafamiliar, no son obligatorias, por lo que dependen de cada juez o jueza. Además, las y los jueces no tienen un acceso directo al registro de armas inscritas, por lo solo tienen como antecedente para dictar estas medidas la declaración de la víctima. 

El proyecto de ley busca modificar ambas leyes para brindar mayor seguridad a las mujeres y niñas y niños víctimas de violencia intrafamiliar

 

Contenidos del proyecto

 

En cuanto a la ley de Violencia Intrafamiliar, el proyecto propone que se incorpore como presunción de situación de riesgo inminente al sufrir VIF el hecho de tener armas de fuego inscritas. En el caso de personas condenadas, establece la prohibición de tener armas de fuego, y decomisarlas en caso de tenerlas, además de eliminarlo del registro nacional de armas. De la misma forma, aunque la persona condenada no tenga arma, si está inscrita, eliminarla del registro. 

Respecto a las modificaciones a la ley que crea los Tribunales de Familia, incorporan la obligación de dictar como medida cautelar la prohibición de tenencia y porte de armas para quienes están siendo procesados, teniendo acceso directo al registro. Además, en caso de que haya razones para que el juez o jueza sospeche que existe tenencia ilegal de armas, podrá oficiar al Ministerio Público para que se investigue. 

 

Opinión de la DGMN

 

En la sesión del miércoles 6 de noviembre se presentaron el Coronel David Rojas y el Mayor Ernesto Ferrada de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), institución del Ejército encargada de, entre otras cosas, fiscalizar el control de armas

En general, la DGMN se mostró de acuerdo con el proyecto de ley y sólo hicieron algunas sugerencias para que las modificaciones a la ley de Tribunales de Familia y a la de Control de Armas fueran armónicas entre sí. 

Por ejemplo, que al establecer que los Tribunales puedan acceder al registro de armas, eso también se debe cambiar en la ley de Control de Armas. “Actualmente solo pueden acceder las policías, los fiscales en proceso investigativo y la Unidad de Análisis Financiero”, aclararon. 

Otro punto fue aclarar que el registro no puede ser “eliminado” como tal, pero si puede quedar fuera de vigencia. 

Finalmente, señalaron estar “de acuerdo con que la ley establezca que los Tribunales de Familia «deben» adoptar ciertas medidas y no que «podrán»”, si eso protege a las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar