Propuesta de diputados/as busca traer de vuelta la Justicia Militar en casos donde se involucran civiles

En el marco de la discusión sobre Reglas de Uso de la Fuerza., diputados/as de derecha ingresaron una indicación para que la Justicia Militar vea los casos donde se involucran militares.

El 10 de abril de 2023 el Poder Ejecutivo ingresó a la Cámara Baja el proyecto de ley que establece normas sobre el uso de la fuerza para el personal de las fuerzas de orden y seguridad pública (las policías) y a las Fuerzas Armadas.

Estas normas aplican para las FF.AA. cuando de manera excepcional son llamadas a cumplir funciones de resguardo del orden o seguridad pública, incluyendo: resguardo en los plebiscitos, estados de excepción y protección de infraestructura crítica y zonas fronterizas

Se espera que este proyecto resguarde a los funcionarios en estas funciones y también establezca normas que protejan a grupos vulnerados y prevengan el uso desproporcionado de la fuerza en distintos contextos. 

  • Justicia militar o civil

Antes de la sesión de este miércoles, diputados de oposición anunciaron una indicación en que los delitos que se le imputen a los militares en el contexto de estado de excepción, resguardo de infraestructura crítica y de fronteras sean investigados por los tribunales militares y no la justicia civil.

Diputados que ingresaron la indicación

¿Es esto posible? En 2010 se aprobó la ley n°20.477 que modifica la competencia de los tribunales militares señalaba en su primer artículo que “en ningún caso, los civiles y los menores de edad estarán sujetos a la competencia de los tribunales militares”. Aquella norma aún dejaba en manos de la Justicia Militar los casos en que civiles estaban involucrados en un delito en calidad de víctimas

Pero esto cambió el 2016 con la ley N° 20.968 sobre delitos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes. En esta se agregó al artículo 1, a continuación del término «edad», la frase : «que revistan la calidad de víctimas o de imputados”. 

Así, en cada caso en el que se involucre un civil, ya sea como víctima o como imputado, debe verse en los tribunales ordinarios, algo que se ajustó a las obligaciones que tenía el Estado de Chile en pos de limitar la acción de la jurisdicción penal militar.

  • Retroceso en justicia

Conversamos con la diputada integrante de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Lorena Fries (CS), quien nos señaló que “esta indicación es un retroceso brutal en todo lo que hemos avanzado en justicia”.

Diputada Lorena Fries

Para la diputada, lo que quieren desde la derecha es que si los militares “salen a la calle”, en las circunstancias que incluye el proyecto, “estos queden impunes si cometen algún delito en esos contextos”. Agrega también que el actuar de los militares en este contexto ya está protegido por las eximentes de responsabilidad penal incluidas en el Código Penal y las atenuantes contenidas en la ley Naín Retamal. 

Fries plantea que esta indicación podría tener el apoyo necesario para aprobarse en la Comisión o sino volver a trabar la discusión del proyecto. Respecto a la postura del Ejecutivo, comenta que podrían ceder a esta presión o entregar una propuesta alternativa, “lo que de todas formas sería un retroceso”. 

 

  • Grupos de especial protección

Otro de los puntos del proyecto que generó debate fue una disposición que indicaba que las reglas del uso de la fuerza tendrían consideraciones diferentes para el caso de “niños, niñas o adolescentes, mujeres, diversidades sexuales, personas con discapacidad, migrantes, indígenas o personas adultas mayores”. 

Esto generó reparos en la Comisión, ya que, según plantearon algunos diputados, se limitaba así el actuar contra personas extranjeras o que no hay forma de saber previamente si alguien pertenece a un pueblo indígena o a una diversidad sexual. 

Finalmente, en las indicaciones ingresadas por el Ejecutivo el 9 de abril, se propuso que los reglamentos de uso de la fuerza debían incorporar “las medidas necesarias para tratar con personas que pertenezcan a grupos de especial protección”. Es decir, sin especificar a qué grupos se refiere.