¿Por qué no constitucionalizar la propiedad de los fondos de pensiones?

Consejeros de Chile Vamos de la comisión de Derechos consultaron a integrantes de la Comisión Experta por las razones que hubo para no constitucionalizar la propiedad de pensiones y la elección en el sistema de salud en la redacción de los derechos del anteproyecto.

*Por Equipo La Neta

 

¡Partió la comisión de Derechos! Y su primera sesión tuvo como principal punto en tabla recibir a las comisionadas y comisionados encargados de la redacción del catálogo de derechos, contenido en los numerales 21 al 36 del artículo 16, y del capítulo 13 sobre protección del medio ambiente, sostenibilidad y desarrollo. 


En esta instancia, los integrantes de la comisión realizaron algunas consultas respecto al trabajo de redacción de estas normas, dejando entrever las posiciones que tienen respecto a los derechos del anteproyecto. 

 

 

Foto de Proceso Constitucional

 

Ejemplo de esto, fueron las consultas que realizaron dos consejeros de Chile Vamos sobre las razones que hubo para decidir no constitucionalizar la propiedad de los fondos de pensiones y la elección en el sistema de salud.

 

¿Y la propiedad de los fondos de pensiones?

Durante la sesión, el consejero Carlos Recondo (UDI) consultó las razones que tuvieron dentro de la subcomisión para no constitucionalizar la propiedad de los fondos de pensiones, dentro del numeral 27 sobre derecho a la seguridad social.

Al respecto, la comisionada Alejandra Krauss (DC) comentó que esto no prosperó debido a que los fondos de pensiones “sólo tiene por objeto pagar pensiones”, y no comparten los “atributos clásicos del derecho de propiedad: uso, goce y disposición”. 


Respecto a los fondos de pensiones no. Uno no puede usar, gozar y disponer. Tienen una afectación determinada, que sólo tiene por objeto pagar pensiones”, afirmó Krauss. 

 

Junto con esto, mencionó que se decidió mantener en la redacción una coherencia respecto a todos los aspectos que busca proteger el derecho a la seguridad social, específicamente porque además de las pensiones “hay varios fondos de carácter colectivo”, como accidentes de trabajo o seguro de cesantía.

“Cuando hablamos de seguridad social debemos tener coherencia, en todos y cada una de sus contenidos. ¿Por qué se va a tener una especie de propiedad en uno de los riesgos que se protege, como ocurre en la vejez? ¿Y por qué no se va a tener propiedad en caso de accidente del trabajo o enfermedad grave de los hijos o desempleo?”, cuestionó la comisionada.

Por último, sugirió a la comisión a reflexionar sobre la seguridad social “en su concepto más grande” que es “la protección de la vida de las personas”. La comisionada Bettina Horst (UDI) coincidió con este punto:

“La Seguridad Social tiene distintos componentes, está el seguro de cesantía, ante el caso desempleo; tema de accidentes de trabajo; el tema previsional, que es el tema de vejez”, comentó Horst.

 

Pero, a pesar de compartir esta definición, la comisionada afirmó que es posible asegurar en la propuesta constitucional “la propiedad de los fondos de pensiones” con diferenciaciones dentro del derecho a la seguridad social.

“En las enmiendas que junto al comisionado Arancibia y Ribera presentamos, hablaba de la propiedad de los fondos de pensiones, haciendo una diferencia dentro de la seguridad social, entre lo que es los derechos a la previsión como un subcomponente de seguridad social”, explicó Horst. 

 

Elección en salud

 

La discusión por el dilema de la libre elección en salud llegó a la comisión con la pregunta de la consejera Pilar Cuevas (UDI), quien consultó “por qué se omite el derecho de las personas a elegir el sistema de salud”.

Cuevas comentó echar de menos esta “libertad y derecho” dentro del numeral 21 sobre la protección de la salud del anteproyecto, ya que, a su juicio, esto “si está vigente” en la actual Constitución. 


Al respecto, la comisionada Bettina Horst (UDI) comentó que fue parte del grupo que quiso “mantener esa libertad de elección de las personas, entre poder optar entre instituciones estatales y privadas a nivel del aseguramiento”, pero que no alcanzó mayoría en la subcomisión.

 

Comisionada Bettina Horst durante la sesión. Foto de Proceso Constitucional.

 

 

“Sería un retroceso si en una Constitución las personas pierden libertades respecto a lo vigente. Me parece que la Constitución debe abrir libertades y opciones”, afirmó Horst.

Según la comisionada, el Estado debe avanzar en implementar “las libertades y la capacidad de elección de la ciudadanía”. Y comentó que, a su juicio, “permitir la libertad de elección entre entidades estatales y privadas a nivel constitucional, en ningún caso implica constitucionalizar un modelo actual”

 

Por su parte, el comisionado Flavio Quezada (PS) sostuvo que durante el debate de la subcomisión  “nunca estuvo en cuestión ni en duda el derecho a escoger prestadores”.

“Con esta propuesta todo ciudadano, toda persona puede escoger el prestador que desee. Es decir, si desea pagar para ir a una clínica, no tiene ningún problema, que nada se lo prohíbe. Y esa libertad de poder hacerlo se permite”, explicó Quezada. 

 

Además, afirmó que “nunca estuvo en discusión” la posibilidad de optar por un seguro privado adicional, en el caso de querer “acceder a una protección mayor de la que se le garantiza”. 

 

Y, recordando las 12 bases institucionales, añadió: “Yo no conozco ningún Estado social que no permita la posibilidad de escoger prestador o seguro adicional”.

 

Al final de su intervención, el comisionado socialista señaló que todas las visiones que estuvieron en debate son legítimas en democracia. Lo que a su parecer es una razón para no constitucionalizar “un modelo específico” en la propuesta constitucional. 


“Cuando se constitucionaliza el derecho a escoger el destino de la cotización (…) Eso impide, ata de manos que se pueda elaborar visiones más amplias en estas materias, que como mostraron los expertos, las sociedades van cambiando y son dinámicas”, afirmó Quezada. 

 

¿Qué más pasó esta jornada?

Esta mañana, también sesionó por primera vez la comisión de Principios, con el objetivo de recibir a comisionadas y comisionados responsables de la redacción de las normas contenidas en el capítulo uno y dos del anteproyecto. 

Y las y los integrantes de las comisiones de Función Jurisdiccional y Sistema Político volvieron a sus puestos para continuar el estudio de los capítulos del anteproyecto que serán de su competencia, de la mano de comisionados y comisionadas.