Este lunes Corporación Humanas, Amnistía Internacional y Corporación Miles asistieron a la Contraloría General de la República a presentar un escrito para que el Reglamento de Objeción de Conciencia asegure prestaciones de aborto en tres causales en todos los servicios de salud correspondientes.
“Estamos aquí para validar la rectificación al Reglamento de Objeción de Conciencia, para asegurar el derecho al aborto en tres causales para mujeres, adolescentes y niñas en todo Chile. La objeción de conciencia no puede ser un obstáculo para poder ejercer esta prestación de salud”, señaló Constanza Schonhaut, Directora Ejecutiva de Corporación Humanas.
“La autonomía reproductiva y la libertad corporal son cuestiones esenciales para nosotros”, declaró Viviana Cáceres, Coordinadora de Investigación de Amnistía Internacional. “Abogamos por un acceso universal al aborto. Y es por eso que le pedimos a la Contraloría que tome razón del reglamento que presentamos las organizaciones”, agregó.
Corporación Miles dijo que la presentación de este “téngase presente”, busca relevar un escrito presentado junto a las organizaciones en 2024. “Esto con el objeto que salga rápidamente el reglamento, para asegurar prestaciones de salud y derechos sexuales y reproductivos de mujeres y niñas de nuestro país”, comentó Javiera Canales, Directora Ejecutiva de Miles.
¿De qué trata el reglamento?
El reglamento en estudio pretende mejorar cómo se implementa la ley vigente (Ley Nº 21.030). Así, incluye un nuevo formulario para aquellos objetores de conciencia que no deseen realizar el procedimiento y permitan a los jefes de servicio y unidades con competencia en el tema contar con esa información al planear los turnos para preferir a personal no objetor.
Además, en el reglamento se especifica que “los establecimientos públicos de salud deberán contar con personal sanitario idóneo, suficiente y disponible para asegurar la atención médica de los y las pacientes que requieran la interrupción de su embarazo y ejecutar la prestación. Para tales efectos, el establecimiento de salud podrá considerar como un factor positivo en la contratación de personal el hecho de no ser objetor de conciencia, a fin de evaluar su idoneidad para el cargo”.
Otras modificaciones apuntan a la información a las pacientes, dónde ellas tendrán derecho a saber si el profesional que las atiende es objetor. Otro cambio es la ubicación de la información, que deberá estar disponible en un lugar público y visible, que muestre claramente los derechos consagrados en la ley.