Quienes hayan sido representantes en el Consejo Constitucional, Comisión Experta y Comité Técnico de Admisibilidad no podrá presentarse a cargos de elección popular por lo al menos dos años.
*Por Constanza Valle y Catalina Gutiérrez
Este domingo 17 de diciembre, la ciudadanía rechazó la propuesta del segundo proceso constitucional, que estuvo a cargo de un total de 88 representantes que se desempeñaron en el Consejo Constitucional, la Comisión Experta y el Comité Técnico de Admisibilidad. Pero ¿qué les depara ahora a los artífices de la propuesta constitucional rechazada?
Según el artículo 158 de la reforma que dio origen a este segundo proceso, se establece que quienes hayan sido integrantes de los tres órganos implicados en la redacción de la propuesta de nueva Constitución “no podrán ser candidatos a las próximas elecciones de Presidente de la República, diputado, senador, gobernador regional, consejero regional, alcalde y concejal”.
De esta forma, no estarán habilitados para presentarse en las elecciones de gobierno regional previstas para mediados del 2024 con las primarias de gobernadores y alcaldes, ni para el cargo de consejeros regionales o concejales cuya elección general está prevista para octubre del mismo año.
Tampoco podrán presentarse para la elección presidencial de 2025, ni para las parlamentarias del mismo año que comprende el período 2026-2030 para los aspirantes a diputados y el período 2026-2034 para los aspirantes a senadores.