Boletín Nº1 #LaNetaLegislativa: ¡Es ley! Postnatal de emergencia y prohibición del matrimonio adolescente

En esta edición, te contamos que ya está listo para ser ley el postnatal de emergencia y el establecimiento de la mayoría de edad para poder casarse. También hay otras iniciativas que han ido avanzando. ¿Sabías que están en marcha proyectos que buscan garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, su protección frente a la violencia ginecobstétrica y un tratado sobre violencia y acoso en el trabajo, entre otros? ¡Aquí los detalles!

 

Martes 6 de diciembre de 2022

  

¡Bienvenidos/as a nuestra primera edición de #LaNetaLegislativa! Esta es la primera entrega de una serie de boletines quincenales donde les estaremos contando el seguimiento de la agenda legislativa en materia de género, como las novedades de iniciativas sobre derechos humanos de las mujeres y las niñas. 

 

Por un lado, les contaremos qué está listo para ser ley, es decir, aquellas iniciativas que ya pasaron por casi toda o la totalidad de su tramitación legislativa y lo que implica su implementación. También les contaremos los avances de algunas iniciativas clave que se han discutido en estas últimas semanas. 

 

¿Tienes dudas sobre el proceso de formación de las leyes? ¡No te preocupes! Puedes revisar el recorrido que siguen las iniciativas hasta convertirse en leyes en nuestro boletín introductorio de proceso legislativo haciendo click aquí.

 

 

¿Qué está listo para ser ley?

 

Postnatal de emergencia 

 

El pasado 15 de noviembre, el Senado aprobó en forma unánime las modificaciones propuestas por la Cámara de Diputados al proyecto de ley que extiende transitoriamente el permiso postnatal parental y, nueve días después, se publicó como ley en el Diario Oficial.

 

El proyecto surgió a partir de un mensaje del presidente Gabriel Boric y, según se expone en los fundamentos de la iniciativa, fue presentada con el fin de “compatibilizar la protección de niños y niñas y el resguardo de las fuentes de empleo” y “facilitar la reincorporación laboral de las y los trabajadores en el contexto actual de la pandemia”.

 

¿Qué establece? El derecho de las y los trabajadores a extender transitoriamente su permiso postnatal parental hasta el 31 de diciembre de este año, en el caso que se encuentren haciendo uso del beneficio y su término ocurra entre el 1 de octubre y el 30 de diciembre de 2022.

 

¿Cómo se solicita? Las y los trabajadores deberán comunicar por escrito, vía correo electrónico o carta al empleador/a con copia a la Inspección de Trabajo, su decisión de ejercer este derecho o de reincorporarse a las funciones al término del permiso. Para hacerlo, contarán con cinco días hábiles antes de su fecha de finalización.

 

Si la trabajadora o el trabajador no realiza la comunicación, se entenderá que queda extendido el permiso postnatal parental respectivo. Si se opta por acceder al beneficio, este deberá ejercerse en jornada completa y se extenderá desde el día siguiente al término del permiso postnatal parental.

 

¿Cómo funciona el beneficio? Durante la extensión del permiso postnatal, la trabajadora o trabajador gozará de un subsidio. Este es pagado por la isapre o la caja de compensación correspondiente con cargo “a los recursos del Tesoro Público” y los montos y forma de pago deben ser los mismos que se estaban pagando en el posnatal parental.

 

Cabe decir que las y los trabajadores independientes también pueden acceder al postnatal de emergencia en el caso de haber hecho uso del permiso posnatal parental.

 

¿Quieres conocer más sobre el postnatal de emergencia? Te invitamos a leer nuestra nota disponible AQUÍ 

 

Ley que prohíbe el matrimonio adolescente

 

En noviembre de 2021, un grupo de diputadas entre las que se encuentran Camila Rojas, Catalina Pérez, Claudia Mix, Maite Orsini, Ximena Ossandón, Gael Yeomans, junto a Marcos Ilabaca y ex diputadas/os Paulina Núñez, Marcela Sandoval y Matías Walker, presentaron en la Cámara de Diputadas y Diputados un proyecto de ley para consagrar como requisito esencial la mayoría de edad (18 años) para casarse. 

 

¿El motivo? La moción se fundamenta en la preocupación que genera el número de matrimonios de adolescentes (1799 entre 2010 y 2020), que en gran medida corresponden a adolescentes mujeres que se casan con hombres mayores de edad, pese a las recomendaciones de organismos internacionales de derechos humanos en cuanto a establecer en 18 años la edad mínima para ello y proteger a la infancia.

 

Durante la discusión general del proyecto en la Cámara, fue invitada a exponer la Defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, quien argumentó que “el Comité de los Derechos del Niño, en el año 2015, refirió a nuestro país su preocupación porque la legislación chilena prevea la posibilidad de que los niños de 16 años puedan casarse con la autorización de sus padres o sus representantes legales”.

 

La Defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, exponiendo en la Comisión de Familia de la Cámara de Diputadas y Diputados el 11 de mayo de 2022, durante la discusión en general de la iniciativa en comisión.

 

Además, expuso la opinión de otros organismos internacionales en la materia, como UNICEF, que ha calificado el matrimonio adolescente como una “práctica nociva que es un reflejo de minusvaloración de niñas que las privan de trazar su propio camino”, y el informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los DD.HH, que ha mencionado que “la diferencia de edad y poder socava la capacidad de actuar y la autonomía de las niñas”. 

 

Otra de las razones para impulsar la moción fueron las cifras del estudio “Matrimonio adolescente en Chile: una realidad a erradicar”, realizado por el Observatorio de Derechos de la Defensoría de la Niñez, que indica que la diferencia de edad entre los cónyuges, entre los años 2018 y 2020, se concentró en adolescentes mujeres de 16 y 17 años con varones de hasta 38 años, es decir, una diferencia de más de 20 años.

 

Esta iniciativa modifica diversos cuerpos legales de la Ley de Matrimonio Civil para establecer la mayoría de edad como un requisito esencial para la celebración del matrimonio. 

 

 

¿Qué dice la legislación vigente? Que los mayores de 16 y menores de 18 años pueden contraer matrimonio, con la condición de contar con la autorización de sus padres o tutores legales.

 

El pasado 7 de noviembre y con 129 votos a favor, 2 en contra y 5 abstenciones, se aprobó en la sala de la Cámara de Diputadas y Diputados, en tercer trámite constitucional, el proyecto que prohíbe los matrimonios adolescentes. Previamente, el 17 de mayo de 2022, había sido despachado en primer trámite y el 25 de octubre culminó su segundo trámite constitucional ante el Senado de la República.

 

Tras su aprobación por el Congreso Nacional, la iniciativa fue comunicada al presidente Gabriel Boric para su promulgación. 

 

Puedes encontrar el detalle de la última votación haciendo click aquí 

 

¿Qué sucedió en la Cámara de Diputadas y Diputados? 

 

Durante estas semanas que cubrimos la Cámara, se aprobó en sala el Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso en el trabajo. Pero antes de profundizar en esa noticia, queremos explicar la distinción de cuando un proyecto se encuentra “en comisión” o “en sala”

 

En el momento que se encuentra en comisión, tanto en su trámite legislativo general o particular, solo es estudiado y votado por las y los diputados que conforman la comisión (13 integrantes). En cambio, cuando se encuentra “en sala” el proyecto de ley es debatido y votado por las y los 155 diputados. Con esto claro, ¡continuemos!

 

En sala: Transversal respaldo al Convenio 190 sobre violencia y acoso de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) 

 

Empecemos por lo primero: ¿qué es y de qué trata el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)?

 

En junio de 2019, la Conferencia Internacional del Trabajo adoptó el Convenio 190 sobre la eliminación violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Esta adopción significó constituir un marco común para prevenir y abordar estos hechos, basado en un enfoque inclusivo, integrado y que tiene en cuenta las consideraciones de género. 

 

Este tratado protege el derecho de toda persona a un ambiente laboral libre de violencia y acoso, incluyendo los hechos por razón de género que afectan de manera desproporcionada a las mujeres y niñas. 

 

Por lo tanto, los Estados que ratifiquen este Convenio deberán implementar la legislación y las medidas políticas necesarias para prevenir y abordar la violencia y el acoso “durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo”, tales como una estrategia integral de prevención, mecanismos de control, campañas de educación y sensibilización, investigación y sanción, acceso a recursos, reparación y medidas de apoyo, entre otras.

 

El Convenio 190 ha sido ratificado por Reino Unido, España e Italia. Dentro de nuestra región, Perú, Argentina, Ecuador y Paraguay se han hecho parte de este tratado, aunque solo en estos tres últimos países se encuentra en vigencia.

 

¿Y en Chile? En agosto de este año, el presidente Gabriel Boric envió al Congreso el Convenio 190 iniciando así la tramitación para su ratificación. Según los argumentos presentados por Gobierno en la iniciativa, este tratado “provee un marco para la creación y mejora de normas y políticas que adopten un enfoque inclusivo que permita abordar las causas subyacentes de la violencia y acoso en el mundo del trabajo”. 

A finales de agosto de 2022, el Presidente Gabriel Boric firmó el proyecto de ley que ratifica el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). 

 

La primera estadía del Convenio fue en la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputadas y Diputados, que lo aprobó el 4 de octubre, y luego en la Comisión de Trabajo y Previsión Social de dicha Cámara, que lo visó el 25 del mismo mes. Posteriormente, el Convenio pasó a la sala para ser debatido y votado.

 

¿Y cómo le fue? Alcanzó un respaldo político transversal, siendo aprobado con 119 votos a favor, 7 en contra y 15 abstenciones. Te invitamos a revisar a continuación cómo votaron los y las diputadas. 

 


Detalle de la votación en la sala de diputadas y diputados realizada el miércoles 9 de noviembre.

 

Con esto, el acuerdo finalizó su estadía en Cámara, pasando al Senado para iniciar su segundo trámite constitucional. Estaremos atentas a esta nueva fase para entregarte más novedades al respecto en el próximo boletín.

 

¿Qué sucedió en el Senado?

 

La iniciativa sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, Ley Sayén y Ley Adriana fueron algunas de las propuestas debatidas por el Senado durante estas semanas de cobertura, en las que se registran discusiones y votaciones “en comisiones”.

 

 

En comisión: Avanza la discusión del proyecto de ley sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia

 

El gobierno de Michelle Bachelet ingresó este proyecto en enero de 2017, en el contexto de los compromisos adquiridos por Chile tras suscribir y ratificar la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), pasando en primera instancia a la Cámara de Diputadas y Diputados. En la cámara baja fue debatido  por las comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, de Familia y por la de Hacienda, para luego ser sometido a votación ante la sala, que lo aprobó en primer trámite constitucional el 17 de enero de 2019.

 

Posteriormente, en segundo trámite constitucional ante el Senado fue debatido por la Comisión de Mujer y Equidad de Género y luego aprobado en general por la sala el 9 de julio de 2019. Las indicaciones presentadas fueron analizadas por dicha Comisión, que informó nuevamente el proyecto en marzo de 2021, siendo remitido a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la cámara alta. 

 

¿Qué busca el proyecto? Prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, sancionar a los agresores, proteger a las víctimas y reparar las violaciones a sus derechos, según lo que consigna el artículo 1 del texto aprobado en particular por la Comisión Mujer y Equidad de Género del Senado de la República.

 

 

¿Cómo define la violencia hacia la mujer?

 

De acuerdo al texto aprobado por la Comisión Mujer y Equidad de Género del Senado, es “violencia contra la mujer cualquier acción u omisión o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado, incluyendo las acciones u omisiones perpetradas o toleradas desde el Estado o por sus agentes.”

 

El proyecto releva como formas de violencia contra las mujeres la violencia física, psicológica, sexual, económica, simbólica, institucional, política, laboral, gineco-obstétrica, entre otras.

 

¿En qué está actualmente? Luego de ser aprobado en particular por la Comisión de la Mujer y Equidad de Género, fue remitido a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado para una nueva discusión en particular. En 2022 se definió que el debate del proyecto sería asumido por ambas comisiones, unidas, en base al texto aprobado a la fecha por la Comisión Mujer y las indicaciones formuladas por senadores/as y el Ejecutivo, reanudándose dicha discusión el 12 de octubre.

 

Revisa la sesión del 12 de octubre aquí: https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/unidas/comision-de-constitucion-legislacion-justicia-y/2022-10-12/082259.html

 

¿Cuáles son las nuevas propuestas del Ejecutivo?  

 

  • La incorporación de la violencia de género que sufren niños y niñas ejercida con el objeto de dañar a sus madres y cuidadoras (violencia vicaria).

 

  • La creación de un Sistema Integrado de Información sobre Violencia de Género que consistirá en la formación de un expediente único de organización de datos personales e información sobre casos de violencia de género.

 

  • Fortalecimiento de las medidas cautelares y un mecanismo de supervisión judicial para garantizar su cumplimiento y pertinencia.

 

En adelante, ha continuado la discusión particular del proyecto de ley sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia ante las comisiones unidas de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Mujer y Equidad de Género del Senado.

 

¿Cómo ha avanzado la tramitación de este proyecto? En la siguiente línea de tiempo, puedes conocer su camino desde que ingresó a la Cámara de Diputadas y Diputados en enero del 2017:

 

 

En comisión: Discusión en particular del proyecto de Ley Sayén

 

En enero de 2017, el entonces senador Alejandro Navarro, junto a Jaime Quintana, ingresaron un proyecto de ley que busca modificar el Código Procesal Penal para que mujeres embarazadas o madres de hijos e hijas de hasta tres años no permanezcan en prisión preventiva o no cumplan su sentencia en un centro penal, sino que accedan a alguna alternativa.

 

Según la propuesta legislativa, “Chile se encuentra incumpliendo los tratados de derechos humanos” suscritos por el país que abordan los derechos de las mujeres reclusas y de la niñez. La iniciativa busca especialmente resguardar el interés superior de niñas y niños, reconocido en la Convención sobre los Derechos del Niño, entre otros tratados internacionales. 

 

Esta iniciativa –que contó con la participación de organizaciones de la sociedad civil como ONG Enmarcha, Corporación Humanas y LEASUR en su preparación– surge a raíz del caso de la comunera mapuche Lorenza Cayuhán Llebul, quien mientras cumplía condena en el Centro de Detención Preventiva de Arauco sufrió tratos crueles, inhumanos o degradantes durante su embarazo y luego durante el proceso de parto de su hija Sayén Nahuelán Cayuhán. Por ello, a la iniciativa se le denomina con el nombre de la niña.

 

La directora de la organización LEASUR (Litigación Estructural para América del Sur), Alejandrina Tobar, nos contó más de la historia de “Ley Sayén” en este video ?



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Según los fundamentos de la iniciativa, esta situación no es un “caso aislado” y visibiliza “el trato indigno e inhumano que reciben las mujeres reclusas” durante el embarazo y parto, que impactan en la vida de sus hijos e hijas durante su gestación, nacimiento y primeros años de vida.  

 

¿En qué está la tramitación? Cumpliendo su primer trámite constitucional ante el Senado, en discusión particular luego de haber sido aprobado en general por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía el 12 de agosto de 2019 y por la sala el 20 de mayo de 2021.  

 

La directora de la ONG Leasur nos comentó que este año se ha retomado la discusión tras el ingreso de urgencia simple por parte del gobierno de Gabriel Boric. En la siguiente gráfica, te mostramos cómo ha avanzado Ley Sayén desde su ingreso en 2017?.

 

¿Y cómo ha avanzado este año? El 5 de julio de 2022, la Comisión de Derechos Humanos del Senado reanuda el debate del proyecto de ley, recibiendo a la Subsecretaria de Derechos Humanos, doña Haydee Oberreuter Umazabal. Posteriormente, en diversas sesiones se analizan las indicaciones formuladas por senadores/as y el Ejecutivo, finalizando el análisis en particular ante esta Comisión el 15 de noviembre.

 

Entre los cambios introducidos a la iniciativa original, destaca la preferencia que el tribunal debe otorgar a otras medidas cautelares previstas en el Código Procesal Penal (Art. 155) -como arresto domiciliario, sujeción a vigilancia de la autoridad, presentación periódica y otras prohibiciones- en lugar de la prisión preventiva de personas imputadas embarazadas o madres de una niña o niño menor de dos años de edad

 

Además, el texto aprobado por la Comisión de Derechos Humanos precisa las hipótesis o circunstancias de peligro para la vida o integridad de niños y niñas que impedirían acceder a dichas alternativas, en resguardo del interés superior de niñas y niños.

 

En la siguiente imagen, puedes encontrar subrayadas las situaciones de riesgo para niñas y niños que la Comisión de Derechos Humanos del Senado propone cautelar:

 

Articulado contenido en el segundo informe de la Comisión de DD.HH y remitido a la Comisión de Seguridad Pública del Senado.

 

También se aprobaron, entre otras normas, indicaciones orientadas a sustituir el cumplimiento efectivo de la condena privativa de libertad de embarazadas o madres de una niña o niño menor de dos años por la medida de libertad vigilada intensiva, controlada por monitoreo telemático.

 

Sin embargo, preocupa que la Comisión de Derechos Humanos proponga rebajar de tres a dos años la edad de los niños y niñas que esta ley apunta a proteger, cuestión que se espera sea revisada y corregida en las siguientes etapas de tramitación legislativa.

 

¿Te interesa revisar el segundo informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado de la República? Puedes consultarlo haciendo click aquí.

 

Luego del debate y votación de las indicaciones ante la Comisión de DD.HH, la iniciativa será analizada y votada por la Comisión de Seguridad Pública del Senado.

 

Conformación de la comisión de Seguridad Pública

 

Cabe señalar que al cierre de esta edición, dicha comisión aún no ingresaba a su tabla de discusión este documento. Sin embargo, esperamos poder contarte de su avance en nuestro próximo boletín de #LaNetaLegislativa ?.

Pero, antes de cerrar esta sección dedicada a Ley Sayén, queremos invitarles a revisar los comentarios de la directora de Leasur ONG respecto al impacto que significaría la aprobación de este proyecto?.

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En comisión: Ley Adriana 

 

El 2 de octubre de 2018, ingresó a la Cámara de Diputadas y Diputados el proyecto de ley que establece derechos en el ámbito de la gestación, muerte gestacional o perinatal, preparto, parto, postparto, aborto, salud sexual y reproductiva, y sanciona la violencia ginecobstétrica, también conocido como “Ley Adriana”. La iniciativa fue presentada por la diputada Claudia Mix junto a Erika Olivera, Camila Rojas, Patricio Rosas, Marisela Santibañez, Gael Yeomans y las/os ex parlamentarias/os Maya Fernández, Karin Luck, Miguel Crispi y Daniel Verdessi. Este proyecto ha contado con la participación de organizaciones articuladas en la Coordinadora de Derechos del Nacimiento y otras.

 

La propuesta -que ya fue aprobada por la cámara baja en primer trámite constitucional- apunta a “regular, garantizar y promover los derechos de la mujer, del recién nacido, del padre de esta última o persona significativa para la mujer, en el ámbito de la gestación, muerte gestacional, o perinatal, preparto, parto, postparto y aborto en las causales establecidas por la ley, así como también en torno a su salud sexual y reproductiva”. 

 

 

¿Qué es la violencia gineco-obstétrica? Según la propuesta aprobada por la Cámara de Diputadas y Diputados, se define como “todo maltrato o agresión psicológica, física o sexual, omisión, discriminación o negación injustificada que suceda durante la atención de la gestación, muerte gestacional o perinatal, preparto, parto, postparto o aborto en las causales establecidas por la ley, y en el marco de la atención de la salud sexual y reproductiva de la mujer u otra persona gestante”.

 

¿A quiénes protege? Protege tanto los derechos de la mujer o persona gestante en todas las etapas del parto (pre parto, parto y post-parto), así como también los derechos del recién nacido y del padre u otra persona significativa para ella.

 

En este sentido, la moción se apega a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que entre otros, sugiere el “Apoyo emocional de un acompañante de su elección”. 

 

A continuación, parte de la intervención de la diputada Mix: 

 

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A su vez, incluye el reconocimiento del plan de parto que, según lo enunciado en la moción, “es aquel instrumento mediante el cual la mujer u otra persona gestante establece sus deseos, necesidades y decisiones sobre el proceso de parto, postparto, nacimiento y la lactancia de la persona recién nacida”.

 

En este documento se dejará constancia de las preferencias de la mujer u otra persona gestante. Sin perjuicio de lo anterior, tal definición quedará supeditada a las condiciones de salud que presenten aquella y la persona recién nacida al momento del nacimiento, y la voluntad verbal expresa de la mujer u otra persona gestante en el momento en que recibe la atención obstétrica.

 

Por su parte, el equipo de salud deberá generar las instancias para establecer un diálogo continuo durante el proceso de gestación, para así discutir las opciones más seguras de acuerdo con las preferencias e individualidades de la mujer u otra persona gestante. 

 

En el caso de que no pueda expresarse claramente y/o no hable el idioma castellano, el prestador de salud deberá garantizar la presencia de un intérprete de lengua de señas y un traductor para la coordinación del plan de parto.

 

¿Dónde y a quiénes se le aplicaría la Ley en caso de aprobarse? A los establecimientos de salud públicos o privados u otros establecimientos que presten atención ginecobstétrica, incluyendo al personal de salud que cumpla funciones administrativas, asistenciales y/o educativas en salud sexual y reproductiva. Igualmente comprende todos los organismos del Estado que tengan niñas y mujeres bajo custodia y/o tutela.

 

¿Bajo qué principios se aplicaría esta Ley? Principios de la dignidad en el trato, autonomía, privacidad y confidencialidad, interculturalidad, interpretación conforme a derechos humanos, transparencia. 

 

La historia detrás de la iniciativa. El proyecto de ley lleva el nombre de Adriana Palacios, joven que en el año 2017 se dirigió hasta un centro de salud en Iquique, donde sufrió malos tratos y negligencias durante su consulta. Como resultado de estas faltas, su hija Trinidad falleció.

 

¿Por qué es preventivo y no punitivo? Este proyecto ha sido catalogado de “punitivista” por algunos gremios de salud. Acá, en voz de Claudia González de la Coordinadora Nacional por los Derechos del Nacimiento, te contamos los principales focos de atención de este planteamiento.  

 

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Lo último. Durante octubre y noviembre de este año, el proyecto se ha discutido en la Comisión de Mujeres y Equidad de Género del Senado, en segundo trámite constitucional, invitando a representantes de diversas organizaciones y gremios de salud, así como del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, del Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Derechos Humanos.

 

A continuación, te presentamos una gráfica que muestra los distintos trámites que ha debido atravesar en estos cuatro años: