La interrogante realizada desde la bancada republicana marcó gran parte de la segunda sesión de Principios, que tuvo por objeto recibir a integrantes de la Comisión Experta para resolver dudas del anteproyecto.
*Por Equipo La Neta.
En su segunda sesión, la comisión de Principios estuvo, gran parte de la jornada, enfrascada en la definición y alcance del Estado social y democrático de derecho, que además es una de las 12 bases institucionales del proceso constitucional.
El debate se abrió con la consulta realizada por la consejera republicana, Carmen Montoya, sobre cómo el Estado social y democrático de derecho es compatible con el principio de subsidiariedad.
“Si no hay subsidiariedad no podríamos hablar de un Estado social de derecho”
Con estas palabras, el comisionado Carlos Frontaura (REP) afirmó que el principio de subsidiariedad es parte del Estado social y democrático de derecho, agregando ejemplos internacionales:
Comisionado Carlos Frontaura durante su intervención.
“Incluso Alemania e Italia que son los precursores en esto, post Segunda Guerra Mundial, estructuran o construyen su Estado social y democrático de derecho a partir del reconocimiento de la subsidiariedad territorial, como de las organizaciones, personas construyen en la propia sociedad”.
“Una Constitución abierta”
Desde el oficialismo, el comisionado Domingo Lovera (RD) aseguró que en “varios pasajes” del anteproyecto, en relación con las bases institucionales, se dejó establecido que “las prestaciones sociales que involucran a un estado social” podrán ser “brindadas a través de prestadores tanto públicos como privados”.
Y señaló que la participación de estos prestadores quedó entregada a la legislación, con el objetivo que sean las “mayorías políticas” en el Congreso las que definan, a partir de sus “posiciones y perfiles políticos”, el marco regulatorio.
Este aspecto fue relevado por el comisionado RD ya que, a su juicio, una Constitución que quiera ser “la casa de todos” no puede contener “definiciones amarradas” que impidan su interpretación.
“Nuestra posición siempre ha sido la de ofrecer una Constitución abierta, que permita que las distintas mayorías políticas, a medida que van ganando sus elecciones, puedan ir implementando las cláusulas constitucionales. Eso es lo que hace una Democracia, eso es lo que implica una responsabilidad política también”, agregó Lovera.
“Va a depender de qué se entiende por principio de subsidiariedad”
En la misma línea, la comisionada Catalina Lagos (PS) explicó que el Estado social y democrático de derecho “es una fórmula amplia que se concreta de distintas maneras a través del legislador democrático”.
Además, añadió que está fórmula está orientada a “hacerse cargo de las desigualdades de las condiciones materiales de las personas”, con el fin de que estas puedan desarrollar sus proyectos de vida. Esto, según indicó Lagos, implica un rol preponderante del Estado a través de la satisfacción de bienes de importancia social.
En cuanto a la duda que marcó la sesión, la comisionada socialista afirmó que la compatibilidad entre un Estado social y democrático de derecho con el principio de subsidiariedad dependerá de “qué se entiende por principio de subsidiariedad”. Con esto invitó a la comisión a reflexionar y trabajar sobre esta duda en las próximas sesiones.
“No existen modelos de estados sociales puros”
Por su parte, el comisionado Máximo Pavez (UDI) explicó que el proceso constitucional adoptó el concepto del Estado social para “incorporarlo en nuestro ordenamiento jurídico” a la luz de la tradición política, constitucional y social del país. Con esto aseveró que “no existen modelos de estados sociales puros”.
Comisionado Máximo pavez durante su intervención. Foto de Proceso Constitucional.
Respecto al anteproyecto, comentó que: “El Estado tiene un deber de desplegarse para asegurar la realización de determinados derechos sociales y están individualizados, respetando ciertos principios (no discrimiancion, responsabilidad fiscal, provisión mixta)”.
Finalmente, el comisionado quiso dejar en claro que el establecimiento del Estado social y democrático de derecho no se debe entender como opuesto al orden público económico.