Corte Suprema visita nuevamente la subcomisión de Función Jurisdiccional

Gobierno judicial y derechos fundamentales fueron los principales temas abordados por los representantes del máximo tribunal del país, quienes entregaron su opinión respecto a las enmiendas ingresadas al capítulo sobre Poder Judicial.

 

*Por Raimundo Gallardo pasante de La Neta

 

Esta mañana, el presidente de la Corte Suprema, Juan Eduardo Fuentes, en compañía de los ministros Leopoldo Llanos y Ángela Vivanco, volvieron a la subcomisión de Función Jurisdiccional para exponer sus opiniones respecto a las enmiendas ingresadas al capítulo de Poder Judicial

 

Fuentes agradeció la invitación mencionando que “lo hacemos con el afán colaborativo ya que para el Poder Judicial es relevante participar en un proceso tan importante para el país”.



Foto Twitter @procesoconsti23


¿Y qué dijeron? Los representantes del máximo tribunal del país hicieron énfasis al Gobierno Judicial y Derechos Fundamentales.

 

Gobierno Judicial

 

El ministro Leopoldo Llanos se refirió a la enmienda 29 del artículo 148, presentada por comisionados oficialistas, que hace referencia a las cuatro comisiones independientes que estarán a cargo del nombramiento de los jueces.




Enmienda 29 patrocinada por los comisionados PS, Flavio Quezada, Catalina Lagos y Gabriel Osorio,
junto a Magaly Fuenzalida (FRVS) y Antonia Rivas (CS). 

 

“Se han profundizado y detallado algunas enmiendas en relación a la separación de los órganos de Gobierno en cuatro, no obstante que la Corte Suprema había reiterado en la visita anterior unificar en un solo órgano las potestades del Gobierno Judicial”, comentó el ministro de la Corte Suprema. 

 

Además, se refirió al numeral 2 del mismo artículo en donde una ley institucional procurará la determinación mayoritaria de jueces en cada uno de los cuatro órganos mencionados con anterioridad.

 

“Si bien valoramos que esté integrada por jueces, no podemos dejar de manifestar nuestra preocupación porque hace un reenvío al legislador. La expresión “procurará” no es de carácter mandatorio y se puede interpretar como facultativa al legislador”, afirmó Llanos. 

 

Consejo Coordinador del Poder Judicial

Además, el ministro Llanos comentó que en la enmienda 34 que crea el Consejo Coordinador del Poder Judicial “no se clarifica en qué consiste la coordinación” que sostendrá la Corte Suprema con los órganos autónomos.


Enmienda 34 presentada por las comisionados UDI, Natalia González, Bettina Horst y Máximo Pavez,
junto a
Jaime Arancibia (RN), Marcela Peredo (ind-RN) y  Sebastián Soto (Evópoli).


 

Según Llanos la enmienda, ingresada por comisionados de oposición, privará de “roles resolutivos a esta instancia”, lo que a su juicio podría “terminar restando cualquier nivel de eficacia a su rol coordinador de los entes que conforman el Poder Judicial”.

 


Gestión administrativa y presupuestaria

 

Sobre este punto, el ministro Llanos fue enfático en destacar el descontento de la Corte Suprema respecto a la enmienda 52 del artículo 152.

Llanos calificó de “inapropiada” la enmienda patrocinada por integrantes de la subcomisión, que establece que la autonomía financiera del Poder Judicial quedará sujeta a la fiscalización de la Contraloría General de la República.

Enmienda 52 presentada por las comisionados Paz Anastasidis (DC), Hernán Larraín (UDI),
Domingo Lovera (RD), Katherine Martorell (RN), Catalina Salem (UDI) y  Leslie Sanchéz (PL).


“La intervención del órgano contralor nos parece inapropiada. El carácter particular de la función jurisdiccional hace desaconsejable lo propuesto. Primero, por la naturaleza de las funciones de la Contraloría, ya que nunca le correspondió fiscalizar a los órganos autónomos constitucionales y en particular a los jurisdiccionales. Resulta, a nuestro juicio, injustificadamente discriminatorio, frente a los otros órganos autónomos”, afirmó el ministro de la Corte Suprema. 

 


Jurisdicción y Derechos Fundamentales

Este punto también concitó especial interés en la exposición de representantes de la Corte Suprema. Respecto a esto, la ministra y vocera de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, calificó de “positivo” que en las enmiendas presentadas “se especifique que la jurisdicción radica en los jueces que integran los tribunales”.

 

Integración de los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos

 

La ministra Vivanco destacó la enmienda 9 ingresada por la totalidad de los integrantes de la subcomisión al artículo 144. Esta indica que las sentencias dictadas por tribunales internacionales de derechos humanos contra el Estado de Chile, deberán ser cumplidas conforme al procedimiento establecido por ley.

 

“Cabe recordar que la Corte Suprema promueve el rango supraconstitucional de esas normas y además sugiere que se regule en el texto constitucional la forma de cumplir las sentencias de estos tribunales internacionales proponiendo que sea la Corte Suprema la encargada en tanto tengan efectos jurisdiccionales”, explicó Vivanco. 

 

Estados de excepción constitucional

 

Respecto a este punto, la ministra tildó de “relevante” mantener el artículo 45 del actual texto constitucional, especialmente lo referido a que: “las medidas particulares que afecten derechos constitucionales existirá siempre la garantía de recurrir ante las autoridades judiciales a través de los recursos que conforme a esta Constitución y la ley correspondan”.

 

“Los tribunales no intervienen en las declaraciones de los estados de excepción, pero sí deben cautelar que se cumpla el marco constitucional y legal en las medidas que se apliquen”, afirmó Vivanco. 

 

Sobre las normas que restringen la actividad de los jueces, Vivanco aclaró que “la Corte Suprema siempre ha apoyado la separación de funciones”.

 

Sólo opinamos sobre los proyectos de ley en los que se nos consulta. Sin embargo, redundar en las prohibiciones a los jueces puede generar efectos contradictorios que generen cierto estado de ánimo que nos gustaría evitar”, señaló la ministra de la Corte Suprema.

Supraconstitucionalidad

 

Al término de la exposición, el comisionado Hernán Larraín (UDI) manifestó, al igual que en la sesión anterior, su duda respecto a la “utilidad” de la supraconstitucionalidad de los tratados internacionales, considerando que estos ya tienen rango constitucional.

Foto Twitter @procesoconsti23 

 

Ante esta duda la ministra Angela Vivanco destacó que “existe el deber del Estado de incorporar los tratados a su ordenamiento y establecer las normas complementarias que permitan darle ejecutividad”.

Y explicó que “la supraconstitucionalidad tiene que ver con la idea de incorporación y de operación entre fuentes”, además que “ante un eventual conflicto entre las normas, respecto a los contenidos, deben primar los que se han introducido porque pertenecen a un rango superior, no sólo local, sino internacional”.