El lunes 6 de marzo, la Comisión Experta comenzará el proceso de redacción de la propuesta constitucional, trabajo que se extenderá por siete meses y que contará con la participación del Consejo Constitucional. Aquí te contamos paso a paso cómo será el camino de elaboración de las normas que formarán parte de la propuesta de nueva Constitución.
Lunes 30 de enero de 2023
El reglamento para el nuevo proceso constituyente fija las directrices de funcionamiento de los órganos encargados de la elaboración de la nueva Constitución: la Comisión Experta, el Consejo Constitucional y el Comité Técnico de Admisibilidad. Además, este contiene el procedimiento para la redacción de propuesta de nueva Constitución.
Comencemos por el espacio que albergará la discusión y redacción de la nueva Constitución. El reglamento señala que la sede del proceso constitucional estará ubicada en el edificio del Congreso Nacional en Santiago.
En estas inmediaciones sesionarán de manera presencial las y los participantes de los tres órganos. Aunque podrán participar telemáticamente de forma excepcional: “por causa de fuerza mayor calificada por la Mesa, según los antecedentes que se le proporcionen”.
En cuanto a la Comisión Experta, deberá instalarse el lunes 6 de marzo en la sede del Congreso Nacional, junto al Comité Técnico de Admisibilidad.
¿Cómo se realizará su sesión constitutiva? El reglamento indica que estará presidida por “el o la integrante de mayor edad, quien aceptará el cargo ante el Secretario General”, y, con esto, se realizará la investidura de las y los 24 comisionados.
Finalizada la investidura, las y los comisionados deberán proceder a elegir la Mesa Directiva de la Comisión, que estará integrada por un “Presidente o Presidenta y un Vicepresidente o Vicepresidenta”. La presidencia será elegida con la mayoría de votos y la vicepresidencia con la segunda mayoría.
Dependencias del Congreso Nacional de Santiago, lugar donde sesionarán los órganos constituyentes
¿Cómo se desarrollará el trabajo de la Comisión?
Pasados cuatro días desde su instalación, la Mesa de la Comisión Experta, con la colaboración de la Secretaría, deberá realizar una propuesta de estructura constitucional conformada por capítulos.
Posteriormente, esta estructura se comunicará a las comisionadas y comisionados para que le formulen indicaciones dentro de los tres días siguientes.
Las y los comisionados presentarán iniciativas de normas constitucionales por capítulos desde la aprobación de la estructura constitucional, en un plazo de 15 días. Cada iniciativa será discutida y votada en general por el Pleno de la Comisión y las que resulten aprobadas serán remitidas a cada una de las cuatro subcomisiones.
¿Cuáles son las subcomisiones?
Las y los 24 comisionados sólo podrán integrar una de las cuatro subcomisiones:
- Sistema Político; Reforma Constitucional y Forma de Estado.
- Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos
- Principios, Derechos Civiles y Políticos
- Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales.
Cada uno de estos grupos de trabajo estará integrado por seis integrantes y su composición deberá acordarse por el Pleno, según proponga la Mesa. El quorum para adoptar acuerdos dentro de las subcomisiones será de “tres quintos de sus miembros”, es decir, cuatro votos favorables.
¿Cómo será el trabajo al interior de las subcomisiones? Estas podrán presentar enmiendas a las iniciativas aprobadas en general por el Pleno y, una vez votadas todas las enmiendas, se entenderá despachado por la subcomisión el capítulo constitucional y deberá remitirlo al Pleno de la Comisión Experta mediante un informe.
¿Y luego?
En el Pleno se discutirá y votará cada artículo contenido en el informe entregado por la subcomisión y se podrán renovar enmiendas con la firma de ocho comisionadas y comisionados, las cuales serán votadas “en el orden que corresponda, a juicio del Presidente”.
Cada norma aprobada conformará el anteproyecto de propuesta de nueva Constitución. El reglamento establece que este deberá ser despachado por la Comisión Experta dentro de los tres meses siguientes desde su instalación.
¿Y qué pasa después?
El anteproyecto será entregado al Consejo Constitucional que iniciará sus funciones el 7 de junio, mantendrá la misma estructura organizacional de la Comisión: una mesa compuesta por un Presidente/a y Vicepresidente/a, y cuatro comisiones:
- Sistema Político; Reforma Constitucional y Forma de Estado.
- Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos
- Principios, Derechos Civiles y Políticos
- Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales.
Las y los 50 consejeros constitucionales deberán distribuir en cada una de las comisiones y podrán integrar sólo una. El “número de integrantes de cada comisión será determinado por la Reunión de Delegados con un mínimo de doce miembros”.
Cabe mencionar que en esta fase las y los comisionados podrán participar de las sesiones del Pleno y comisiones del Consejo Constitucional “y hacer uso de la palabra en ambas instancias”.
En cambio, las y los consejeros podrán ejercer su derecho a voz y voto en todas las instancias. ¡Y atención! Porque desde la recepción del anteproyecto, tendrán un plazo de cuarenta días para formular las siguientes enmiendas:
- Aprobar las normas.
- Aprobar con modificaciones algunas normas.
- Incorporar nuevas normas al anteproyecto.
- Solicitar votación separada de sus normas.
Cada una de las cuatro comisiones deberá discutir y votar los artículos, las enmiendas y propuestas de nuevas normas que se hayan presentado. Cada una de estas deberá ser aprobada por un quorum de tres quintos y pasará a conformar el informe que se presentará al Pleno.
Para que una norma sea aprobada por el Pleno se requerirán “los votos a favor de las tres quintas partes de sus miembros en ejercicio”.
El Consejo Constitucional tendrá un plazo de cuatro meses para remitir la propuesta de nueva Constitución a la Comisión Experta. Esta última podrá realizar observaciones para agregar, modificar o suprimir artículos o sus partes “con el objeto de mejorar el texto” en un plazo de cinco días.
Las observaciones aprobadas por el Pleno de la Comisión serán consignadas en un informe enviado al Consejo Constitucional y las y los 50 consejeros podrán destinar hasta dos sesiones para discutir y votar las observaciones formuladas.
Las observaciones que alcancen los tres quintos a favor de los integrantes en ejercicio se entenderán aprobadas, mientras que las observaciones que alcancen los dos tercios de votos negativos de los integrantes se entenderán definitivamente rechazadas.
¿Qué pasará con las observaciones que no alcancen los quorums señalados?
El Reglamento establece que estas serán analizadas por una comisión mixta, conformada por seis integrantes de la Comisión Experta y seis del Consejo Constitucional. ¿Cuál será la función de este grupo? Proponer soluciones sobre las observaciones de la Comisión Experta que no alcancen el quorum de aprobación o de rechazo por parte del Consejo Constitucional.
Las propuestas de solución “solo pueden ser presentadas por integrantes de la Comisión Mixta” y deberán ser aprobadas por tres quintos, es decir, con siete votos favorables de sus integrantes.
¡Y atención! Que la última palabra la tendrá el Consejo Constitucional. Las soluciones serán presentadas en una única votación ante este órgano, el cual manifestará su aprobación o rechazo. En el caso de la primera opción, se necesitará alcanzar los 30 votos favorables para aprobar las soluciones propuestas y se entenderá “definitivamente rechazada” en el caso de no alcanzarse este quorum.
Camino alternativo en la búsqueda de soluciones
En el caso de que la comisión mixta no alcance acuerdos en torno a las soluciones, el Reglamento señala que será la Comisión Experta el órgano encargado de formular una nueva propuesta y la última palabra continuará albergada en el Consejo Constitucional, que “deberá pronunciarse sobre la nueva propuesta en una única votación y sin admitir enmiendas”.
Etapa final del Consejo Constitucional
Una vez que queden todos los detalles finales finiquitados, el texto de la propuesta de nueva Constitución será sometido a una única votación por el Consejo Constitucional “para cuya aprobación se requerirá de los tres quintos de sus integrantes en ejercicio”.
La Mesa Directiva del Consejo Constitucional podrá realizar una ceremonia pública para comunicar al Presidente de la República que la propuesta de nueva Constitución ha sido aprobada.
Finalmente, el 7 de noviembre de 2023 se realizará la entrega del proyecto final de nueva Constitución y el 17 de diciembre será la fecha del plebiscito ratificatorio de la propuesta constitucional, la que será con voto obligatorio.
Dato interesante: En un año, el presidente de la República Gabriel Boric habrá recibido dos propuestas constitucionales: la de la pasada Convención Constitucional y la que redacte los órganos de este nuevo proceso constitucional.
Si deseas revisar el reglamento completo puedes hacerlo haciendo click aquí.