América Latina y el Caribe tienen nueva ley Modelo contra la violencia digital contra las mujeres

La ley modelo busca ser una herramienta para que los Estados adecúen sus respuestas ante la violencia digital de género. 

Este 10 de diciembre, el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) culminó el proceso de adopción de la Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Digital contra las Mujeres basada en género

El nuevo instrumento regional fue adoptado en Fortaleza, Brasil, en el marco de la XXII Reunión del Comité de Expertas (CEVI) y la X Conferencia de Estados Parte (CEP) del MESECVI, un órgano de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Esta nueva Ley Modelo tiene un alcance integral, abarcando la prevención, sanción, protección, reparación y no repetición de la violencia digital. A diferencia de otros marcos legales enfocados solo en aspectos penales, esta ley establece disposiciones que amplían la protección de mujeres, adolescentes y niñas. 

Además, incluye explícitamente a aquellas que han sido históricamente discriminadas por razones de edad, identidad de género, etnia o discapacidad. 

 

¿Por qué crear una ley modelo contra la violencia digital?

La creación de la ley modelo se da en un contexto de aceleración tecnológica global con el avance sostenido y la amplificación de la violencia de género en los entornos digitales. El Comité de Expertas reconoció que la violencia digital no es un fenómeno aislado ni reciente, sino parte de un continuum de violencia patriarcal que atraviesa todas las esferas de la vida. Así, las violencias históricas han encontrado nuevas formas de expresión y ampliación en los entornos digitales. 

Por esta razón, el CEVI acordó desarrollar este instrumento durante su XIX Reunión en Buenos Aires. Durante estos dos años, se llevó a cabo un proceso extenso y plural de desarrollo, que incluyó veinte consultas presenciales y virtuales en ocho países

El instrumento se fundamenta en la obligación de los Estados de actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar todas las formas de violencia contra las mujeres desde que se acordó el tratado de Belém do Pará en 1994. Sin embargo, esta ley no es vinculante, sino más bien una herramienta y referencia para orientar la armonización y adecuación legislativa en cada Estado de la región. 

 

Principales características de la propuesta legislativa

La principal novedad de la Ley Modelo Interamericana es que aborda la violencia digital de manera integral, reconociéndola como una extensión de la violencia de género que se amplifica en línea. 

Esto resulta en un amplio catálogo de conductas sancionables, incluyendo el acoso, la desinformación de género, la vigilancia digital y el uso de algoritmos discriminatorios. Su enfoque es interseccional, protegiendo a mujeres, niñas y adolescentes en toda su diversidad, incluyendo a grupos históricamente discriminados.

Un aspecto central e innovador es que la Ley establece la corresponsabilidad de múltiples actores, no solo del Estado. Por ejemplo, impone obligaciones claras a los intermediarios de internet (plataformas digitales). Estos deben garantizar la transparencia algorítmica, moderación de contenidos, preservación de evidencia y la remoción oportuna de contenido violento, asegurando una gobernanza digital compartida. 

Finalmente, el instrumento va más allá de la sanción penal, enfocándose en la prevención y la reparación transformadora. Se exige la alfabetización digital con perspectiva de género y la formación obligatoria de funcionarios de justicia para atender estos casos. La meta es una reparación integral que no solo compensa el daño, sino que también busca reformar estructuras para garantizar la no repetición de la violencia digital.

 

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