El Comité realizó sus observaciones en diversas materias, incluyendo algunas sobre impunidad de las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura y el estallido social.
El Comité de Derechos Humanos de la ONU, órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobó sus observaciones y recomendaciones para Chile luego de la revisión del 7mo informe periódico de Chile en esta materia.
Para esa instancia, realizada el 5 y 6 de marzo, se presentó una delegación encabezada por el ministro de Justicia Luis Cordero, el senador Francisco Chahuán, el ministro de la Corte Suprema Arturo Prado y director de DD.HH de Cancillería, Tomás Pascual.
Además hubo representantes de organizaciones de la sociedad civil y otras instituciones estatales como Carabineros, Gendarmería, Sename y PDI, entre otras.
Las observaciones abordan igualdad de género, no discriminación, migración, violencia contra las mujeres, personas privadas de libertad, derechos de los pueblos indígenas, etc.
Impunidad en estallido social
Una de las principales preocupaciones expresadas por el Comité fue «el gran número de violaciones de derechos humanos que tuvieron lugar en el contexto del estallido social debido al uso desproporcionado, arbitrario e innecesario de la fuerza», no solo por las policías sino también por las fuerzas armadas.
Estos hechos no solo fueron uso excesivo de la fuerza para reprimir la protesta social, sino también tortura, malos tratos, violencia sexual, traumas oculares e incluso la muerte de personas. Anteriormente ya se había tratado este tema en una Relatoría Especial sobre lo ocurrido en 2019 y 2020 con la revuelta social.
Lamentaron también que solo un número ínfimo de casos han sido formalizados y llegados a sentencias condenatorias. Esto fue dado a conocer por Amnistía Internacional, quienes señalaron que para octubre de 2023 «tan solo el 0,2% de víctimas de violaciones a los derechos humanos, de las 10.568 denuncias presentadas, han conseguido justicia».
Algunas de las recomendaciones del Comité fueron: implementar un mecanismo de control y formación en el uso de la fuerza, impulsar las investigaciones para asegurar el acceso a la justicia y evitar la impunidad, reparación integral para las víctimas, recopilar y publicar datos oficiales sobre estos hechos y que no se aplique retroactivamente la ley Naín Retamal.
A más de 50 años de la dictadura
Si bien el Comité valoró la implementación del Plan Nacional de Búsqueda de Verdad y Justicia para las víctimas de desaparición durante dictadura, expresó preocupación por la gran cantidad de casos de violaciones a los derechos humanos que no tienen sentencia. Para el organismo, el paso del tiempo puede poner «en peligro el derecho a la justicia y reparación de las víctimas y sus descendientes».
Sobre esto, recomendó que el Estado otorgue los recursos financieros, humanos y técnicos necesarios para investigar, juzgar y sancionar todas las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura. También que exista el cumplimiento efectivo de penas para los perpetradores de estos hechos, todo esto para asegurar la reparación integral de las víctimas y familiares.
Uno de los puntos que incluyó el Comité fue la derogación del Decreto Ley de amnistía, normativa aprobada en 1978 y que permitió la impunidad de las violaciones a los derechos humanos cometidas entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978.
Esta norma fue un obstáculo permanente para alcanzar la justicia, hasta que en 1998 la Corte Suprema resolvió que la ley no debía aplicarse a casos de violaciones de derechos humanos. Para algunas organizaciones, y el mismo Comité, esta norma debiese derogarse de todas formas ya que «su existencia transmite el mensaje de que Chile aún no está dispuesto a romper del todo con sus años más sombríos y a luchar contra la impunidad».
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