Unicef sugirió incorporar, al segundo capítulo del anteproyecto, cuatro principios relativos a niños, niñas y adolescentes.
*Por Equipo La Neta
Esta tarde, la comisión de Principios recibió a representantes del Consejo Nacional de Televisión (CNTV), Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) y Unicef Chile, con el objetivo de conocer sus comentarios y recomendaciones respecto a las normas del anteproyecto.
Representantes de esta última organización, Glayson do Santos y Daniela Ortega, sugirieron a la comisión incorporar cuatro principios fundamentales para el reconocimiento constitucional de niños, niñas y adolescentes (NNA), estos son: El interés superior de NNA, su participación en los asuntos que les afectan, la no discriminación y el acceso a sus derechos.
¿Qué es el interés superior del niño? Do Santos explicó, de acuerdo al Comité de Derechos del Niño, que se trata de un derecho, un principio y una norma de procedimiento basados en todos los elementos de la evaluación de uno o varios niños en una situación concreta.
Por lo que sugirió adoptar este contenido para otorgar “responsabilidades institucionales claras”, las cuales “permiten la exigibilidad de los derechos respecto a los cuales el Estado debe ser garante”.
Glayson do Santos durante su exposición en la comisión de Principios
Foto de Proceso Constitucional
Para el representante, constitucionalizar el interés superior del niño “permitiría conciliar la plena titularidad de los derechos que les corresponden a todas las personas con la protección reforzada que requieren NNA”.
Durante la ronda de preguntas, la consejera Kinturay Melín (RD) consultó sobre las consecuencias que habría para la protección de NNA, particularmente en infancias de pueblos originarios, en el caso de que se eliminara la facultad de jueces para interpretar normas internas de acuerdo a los tratados internacionales sobre protección de la niñez.
Consejera Kinturay Melín durante su trabajo en comisión.
Foto de Proceso Constitucional
En respuesta Daniela Ortega contestó que el estándar internacional es la obligación de adecuar el ordenamiento jurídico interno. Y, agregó, que dicha obligación no está contemplada en la actual propuesta, por lo que recomiendan incorporar el principio interpretativo jurídico fundamental.
Este principio implica que “ante diversas interpretaciones posibles se vigilará aquella que satisfaga de manera más efectiva el interés superior del niño”, concluyó la expositora.