El escrito presentado por la Conferencia Episcopal de Chile ante Contraloría se suma a la declaración que hicieron en contra de los proyectos de aborto y eutanasia
La Conferencia Episcopal de Chile (CECH) presentó este lunes un escrito a Contraloría para que declare “ilegal e inconstitucional” el nuevo reglamento de objeción de conciencia propuesto por el Ministerio de Salud.
Esta no es la primera acción que toma la Iglesia Católica chilena en esta temática. Luego del anuncio en la Cuenta Pública sobre el envío de un proyecto de ley de aborto legal, emitieron una declaración pública en contra.
“Sostenemos con claridad que no hay supuestos derechos sexuales y reproductivos de unos, a costa de atentar contra la vida de otros”, señalan en la declaración. Además agregan que “lo trágico de estos hechos es que tantas veces se justifican desde intereses subjetivos o de grupo, los que adquieren una primacía incluso sobre la vida sagrada de los demás”.
Las modificaciones al reglamento, que se encuentra en el proceso de toma de razón de Contraloría (es decir, que se declare o no su legalidad), apuntan a asegurar el acceso a los derechos contemplados en la ley IVE en tres causales. Esto incluye informar respecto a la objeción de conciencia personal e institucional, acotar esta figura a sólo el personal que participe en la intervención quirúrgica, favorecer la contratación de personal no objetor, que exista un protocolo de reasignación y derivación, entre otras.
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¿Derecho fundamental o excepción a un deber legal?
La Conferencia Episcopal argumenta en su presentación que la objeción de conciencia es “un acto que afinca en un derecho humano fundamental”. Esto, ya que la libertad de conciencia es un derecho “reconocido no solo por la Constitución en su artículo 19 N° 6, sino que -además-, por la Ley N° 21.030, por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, por esta misma Contraloría y la doctrina”.
Camila Maturana Kesten, abogada y directora de Corporación Humanas, señala que en ese punto hay dos posturas que se enfrentan. “La libertad de conciencia, reconocida en la Constitución y en tratados internacionales, permite regular la objeción de conciencia de forma excepcional, pero no es un derecho fundamental como argumentan”, explica.
En ese sentido, la objeción de conciencia sí debiera tener un carácter restringido, ya que es una excepción a un deber legal. “El escrito señala que se estaría discriminando porque se restringiría la posibilidad de acogerse a la objeción de conciencia. Esto, sin considerar que la modificación al reglamento busca asegurar el acceso de las mujeres y niñas a la atención de salud sin que sean discriminadas por el lugar en que se atienden”, argumenta Camila Maturana.
Cabe recordar que, según datos recogidos por Corporación Humanas, en 2023 había 5 hospitales públicos donde la totalidad de las y los obstetras se declaraba objetor de conciencia en la causal violación, lo que implica que las usuarias no pudieran acceder de manera oportuna a sus prestaciones.
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Próximos pasos para el reglamento
Durante el trámite de toma de razón la Contraloría se pronunciará sobre la legalidad de la propuesta de modificación de reglamento. Sin embargo, según señala Camila Maturana, es probable que incluso si es declarado ajustado a la ley, el reglamento enfrente etapas adicionales. “Consideramos probable que actores que se han opuesto a estos derechos de las mujeres recurran al Tribunal Constitucional, por lo que se debe mantener la alerta para defender los avances”, concluye.