Diez normas transitorias claves que integran el borrador de nueva Constitución

Ayer se votó en el Pleno el informe de segunda propuesta emanado de la Comisión de Normas Transitorias y, con ello, terminó la última oportunidad para que las y los convencionales pudieran ingresar nuevas disposiciones a la propuesta constitucional. En esta nota, te contamos sobre las principales disposiciones transitorias aprobadas.

 

*Por Bianca González Contreras

Miércoles 15 de junio de 2022

 

Este martes fue una jornada clave en la Convención. Tras el debate y votación del segundo y último informe de la Comisión de Normas Transitorias, se dio fin a su labor y ahora sólo queda por finalizar el trabajo de armonización del borrador de nueva Constitución. En total, son 57 las normas transitorias que integran la propuesta constitucional.

Pero antes de comenzar, ¿qué son las normas transitorias? Son artículos constitucionales que van a regular la forma en que, progresivamente, se va a implementar la nueva Constitución. En otras palabras, están encargados de hacer una especie de puente entre la antigua y la nueva Constitución para entregar gradualidad a los cambios. 

Estas normas fueron redactadas por la Comisión de Normas Transitorias, que fueron presentadas al Pleno en dos informes. En la votación de su primer informe, realizada el pasado 2 de junio, se dio luz verde a disposiciones transitorias referidas a los plazos para la presentación de los proyectos de ley que darán lugar a sistemas destinados a garantizar los derechos sociales, reglas de paridad en elecciones próximas, entre otras. 

En cuanto a la sesión de ayer, los artículos que se sometieron a votación del Pleno eran parte de la segunda propuesta de normas para aquellos artículos que no alcanzaron los 103 votos necesarios, en la votación particular del informe presentado el 2 de junio. Algunas de las nuevas disposiciones que ingresaron al borrador de nueva Constitución se relacionan con el derecho al agua, vivienda digna, derechos humanos y justicia. 

 

Convencionales en la sesión plenaria Nº 107, realizada ayer

¿En qué consisten los artículos aprobados?

Se dio luz verde al quorum de 4/7 para la tramitación de reformas a la nueva Constitución por parte del actual Congreso, es decir, la Cámara de Diputadas y Diputados y el Senado. Sin embargo, se establece la protección a los capítulos de Naturaleza y Medio Ambiente y disposiciones transitorias, materias que requerirán un plebiscito, a menos que alcancen 2/3 de aprobación.

Estos requisitos se aplicarían, de aprobarse la propuesta constitucional, hasta el 11 de marzo de 2026, antes de que asuman el Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones. 

Artículo 7 transitorio

¿Qué pasará después? Aún no está determinado. El fin de semana pasado la Comisión de Armonización aprobó la propuesta de un quorum permanente de 4/7 para la aprobación de reformas constitucionales, pero aún falta que esta normativa sea votada en el Pleno. 

No obstante, el borrador constitucional establece que se realizará un referéndum ratificatorio en caso de que ambas cámaras aprueben con menos de ? los proyectos de reforma constitucional que alteren “sustancialmente” temas sobre el régimen político y período presidencial; el diseño del Poder Legislativo y la duración de sus integrantes; la forma del Estado Regional; y los principios y los derechos fundamentales; y el capítulo de reforma y reemplazo de la Constitución. 

Sobre derechos sociales, se aprobó un artículo que establece los plazos para que el Presidente de la República envíe proyectos de ley que “tengan por objeto la creación, adecuación e implementación” de siete sistemas que garantizarán el acceso algunos derechos sociales ya reconocidos en la nueva Constitución como educación, salud, entre otros. 

Asimismo, se expresa que el poder legislativo deberá concluir la tramitación de dichos proyectos en un plazo no mayor a veinticuatro meses desde su presentación.

Artículo 29 transitorio

También se estableció una regla general de transición, que establece que la totalidad de la normas vigentes seguirán rigiendo mientras no sean derogadas, modificadas, sustituidas o mientras no sean declaradas contrarias a la Constitución por la Corte Constitucional, órgano encargado de ejercer la justicia constitucional. 

Artículo 2 transitorio

En relación al calendario electoral, se indica que el actual Presidente Gabriel Boric terminará su mandato el 11 de marzo de 2026, por lo que las elecciones presidenciales para el período siguiente se realizarán en noviembre del 2025. Además, se indica que el actual Congreso, asumido el 11 de marzo de 2022 terminará el 11 de marzo de 2026. 

Un elemento clave de esta norma es que fija el fin del Senado en marzo de 2026. Sin embargo, sus integrantes “podrán postular a las elecciones para el Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones que se realizará en noviembre de 2025, donde serán elegidas las diputadas y diputados y representantes regionales que ejercerán sus funciones desde el 11 de marzo de 2026”. 

 

Artículo 14 transitorio

El borrador también contiene una disposición transitoria sobre la aplicación de la paridad en cargos de elección popular. En esta se señala que, una vez entrada en vigor la nueva Constitución, la regla de paridad se aplicará en las próximas elecciones de carácter nacional, regional y local, lo que será regulado mediante una ley electoral dictada por el Poder Legislativo.

En lo que respecta a los órganos colegiados y directorios de las empresas públicas, se expresa que la regla de paridad deberá implementarse de manera progresiva a partir de las nuevas designaciones y nombramientos que correspondan.

Artículo 6 transitorio

Sobre vivienda digna y ciudad, se aprobó un artículo que otorga al Presidente de la República un plazo de 2 años, desde la entrada en vigencia de la nueva Constitución, para ingresar un proyecto de ley integral sobre vivienda digna y ciudad, que adecue la normativa de vivienda vigente.

La normativa también mandata al ejecutivo, a través del MINVU, a diseñar y dar inicio a la implementación de un plan general de emergencia para la implementación de casas de acogida para víctimas de violencia de género y otras formas de vulneración de derechos y la radicación de asentamientos informales. Todo esto en un plazo de 18 meses.

 

Artículo 34 transitorio

En relación al Poder Judicial, se dio luz verde a una norma que define los lineamientos para la implementación de la Corte Constitucional, órgano que reemplazará al actual Tribunal Constitucional. Este establece que “el Tribunal Constitucional no podrá conocer nuevas causas” y cesará sus funciones una vez terminada la tramitación de las causas ingresadas antes de la entrada en vigencia de la nueva Constitución.  

Esta disposición también determina que los bienes, derechos y obligaciones de esta entidad serán traspasados a la Corte Constitucional, entidad que deberá instalarse dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de la nueva Constitución. ¿Cuál será su función? Ejercer la justicia constitucional con el fin de garantizar la supremacía de la Constitución. 

El artículo aprobado también contiene detalles respecto a los nombramientos de sus integrantes. De las 11 que la integrarán: 4 serán elegidos por el Congreso Nacional; 3 por el Presidente; y 4 por el nuevo Consejo de la Justicia o la Corte Suprema.

Detalle de nombramientos de integrantes de la Corte Suprema, contenido en el artículo 49 transitorio

Sobre normas de aguas, uno de los artículos que resultó aprobado por el Pleno fue el 38, que establece que la Direccio?n General de Aguas o la Agencia Nacional de Aguas deberá realizar un proceso de redistribución de los caudales de cuencas para garantizar los usos prioritarios reconocidos en la nueva Constitución.

Respecto a esta disposición, se hace una salvedad: la redistribucio?n no se aplicaría a pequen?os agricultores; comunidades, asociaciones y personas indi?genas y gestores comunitarios de agua potable rural.

Artículo 38 transitorio

 

Una norma en materia de derechos humanos que fue ampliamente celebrada en el hemiciclo, tanto por convencionales como por agrupaciones de familiares de detenidos desaparecidos, fue la disposición transitoria 54 ter. Esta establece que, mientras la legislación penal no se adecúe al artículo del borrador constitucional que establece la imprescriptibilidad para delitos de lesa humanidad y la prohibición de la amnistía, el artículo 103 del Código Penal no se aplicará a este tipo de delitos. 

 

Artículo 54 ter

¿Qué es lo que dice el artículo 103 del Código Penal? Contiene una regla que permite rebajar las penas si ha transcurrido la mitad del plazo de prescripción de los delitos. Lo que busca esta disposición transitoria es evitar la rebaja de penas a agentes del Estado condenados por graves violaciones a los derechos humanos como desapariciones forzadas, asesinatos y torturas.

 

Artículo 103 Código Penal

Por último, se dio luz verde a la creación de una Comisión Territorial Indígena, entidad que estará encargada de realizar catastros, elaborar políticas y propuestas de acuerdo entre el Estado y los pueblos y naciones indígenas para “la regularización, titulación, demarcación, reparación y restitución de tierras indígenas”.

 

La comisión será convocada por el Presidente de la República y funcionará durante cuatro años, prorrogables por dos. Estará compuesta por representantes de todos los pueblos y naciones indígenas, quienes serán elegidos a través de un proceso de participación indígena. También serán parte de esta comisión, “representantes del Estado y por personas de reconocida idoneidad, quienes serán nombradas por el Presidente de la República”.

 

Artículo 30 transitorio

A modo de “bonus”, te contamos que también entró al borrador un artículo que establece la realización de consultas ciudadanas, de carácter vinculante, para la creación de dos nuevas regiones: la de Aconcagua y Chiloé, además de definir el procedimiento para su implementación. 

Artículo 23 transitorio

Tras la aprobación de las últimas propuestas de normas transitorias, concluye la inclusión de nuevas normas al borrador de la Convención. Lo que queda ahora es votar las correcciones realizadas por la Comisión de Armonización y la propuesta de un texto introductorio que podría encabezar la nueva Constitución, redactado por la Comisión de Preámbulo.

 

Puedes revisar todas las normas transitorias que ingresaron al borrador de nueva Constitución en este enlace: Normas transitorias

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