El numeral 26 del artículo 16 tuvo importantes modificaciones en el Pleno del Consejo Constitucional, como el derecho a huelga comprendido sólo en el marco de negociación colectiva.
*Por Equipo La Neta y la pasante Renata Paredes
Hoy, se empezaron a votar las normas y enmiendas presentadas al capítulo II “Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales”, partiendo con los numerales 20 al 27 del artículo 16 que contiene, entre otros, el derecho a la educación, salud, trabajo y libertad sindical.
Este último tuvo una de las votaciones más destacadas de la jornada, al modificarse sustantivamente lo aprobado y despachado por la comisión de Derechos, partiendo con la enmienda renovada “192/2” propuesta por republicanos para modificar el inciso primero, la cual había sido rechazada en su etapa previa.
Inciso 26 del artículo 16 despachado por la comisión de Derechos
En esta oportunidad, la enmienda fue aprobada por Republicanos junto a Chile Vamos, eliminando así el derecho a huelga y circunscribiéndolo exclusivamente al marco de la negociación colectiva.
Y esto no fue lo único por parte de republicanos, ya que nuevamente esta mayoría se impuso al aprobar la enmienda renovada «195/2» para sustituir íntegramente el literal a del mismo artículo que, entre otras cosas, establecía “la facultad de los trabajadores para constituir organizaciones sindicales y afiliarse a la de su elección, en cualquier nivel, de carácter nacional e internacional”.
Esta enmienda renovada se aprobó con 32 votos a favor, 17 en contra y la abstención de Gloria Hutt, única consejera de Evópoli. Cabe destacar, además, que esta modificación había sido previamente rechazada en la comisión de Derechos con los votos de abstención de consejeros de RN y Republicanos.
Enmienda presentada por republicanos
El literal c despachado por la comisión de Derechos tampoco sobrevivió y fue sustituído mediante la enmienda renovada «199/2», que elimina de la redacción: «la Constitución garantiza el derecho a huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses laborales».
Y al igual que las dos enmiendas renovadas enunciadas anteriormente, esta también fue rechazada en la comisión de Derechos, en aquella oportunidad, con los votos en contra de los dos consejeros de la UDI y la abstención de la bancada republicana.
Enmienda presentada por Chile Vamos
Prohibida la huelga a funcionarios del Estado y municipalidades
Se aprobó la enmienda renovada presentada por Chile Vamos que establece la prohibición para los funcionarios del Estado y de las municipalidades para declararse en huelga, haciéndola extensiva “a las personas que trabajen en corporaciones o empresas (…) que atiendan servicios de utilidad pública o cuya paralización cause grave daño a la salud, al abastecimiento de la población, o a la economía o seguridad del país”.
En cambio, se rechazó el literal propuesto sobre sindicalización de fuerzas armadas. Aunque la consejera Beatriz Hevia (REP) explicó que el voto en contra de su bancada se debe a que esta norma estaría incorporada los nuevos capítulos dedicados a Fuerzas Armadas y Seguridad Pública.
Entonces, ¿cómo quedó el artículo?
En el artículo despachado por el Pleno del Consejo Constitucional solo sobrevivieron los literales b y f propuestos por la comisión de Derechos, que tienen similar redacción con el anteproyecto. El primero establece que “nadie puede ser obligado a afiliarse o a desafiliarse de una organización sindical”, mientras que el segundo indica que estas podrán gozar de “personalidad jurídica”.
“Enjaular la negociación colectiva”
En representación del oficialismo, el consejero Yerko Ljubetic (CS) manifestó el descontento del bloque con las votaciones en materia de libertad sindical: “Se vuelve a enjaular la negociación colectiva en la empresa, retrocediendo incluso respecto de los avances que a duras penas se han podido lograr en el marco constitucional vigente”.
Además, Ljubetic lamentó que se haya eliminado el derecho a huelga, pues según su visión, la redacción del propuesta tanto por la comisión de Derechos, como en el anteproyecto, posibilitaba dejar abierto el debate legislativo posterior.
“Eso quiere decir, que los trabajadores y trabajadoras, frente situaciones flagrantes de vulneración de sus derechos en el contexto de la empresa en la que trabajan, tendrán que esperar para ejercer esta legítima herramienta de presión, futuros procesos de negociación colectiva”, comentó.
Para el consejero oficialista las enmiendas aprobadas de las derechas reflejan su desconfianza frente a las organizaciones sindicales, lo que se expresa en una reducción de su autonomía y eliminan la posibilidad para afiliarse a organizaciones internacionales.
“Lo que teníamos en el anteproyecto eran disposiciones sobre libertad sindical, que eran habilitantes del debate político legítimo. Hoy día tenemos una propuesta constitucional que restringe y limita las posibilidades de ese debate acerca del sistema de relaciones laborales en el país”, concluyó.