Comisión de Principios: Enmiendas sobre tratados internacionales de derechos humanos

Durante la sesión, el oficialismo y el partido republicano sinceraron sus visiones respecto al rango constitucional que deberían tener estos en la propuesta de nueva Constitución. 

 

*Por Equipo La Neta 

 

Ayer, en la comisión de Principios, durante la exposición de las enmiendas ingresadas al capítulo uno del anteproyecto, llegó uno de los temas más controvertidos que deberán tratar: Rango constitucional de los tratados internacionales de derechos humanos. 

 

Este punto se encuentra regulado en el anteproyecto en el artículo cinco, que señala que “el ejercicio de la soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile y que se encuentren vigentes”.

 

 

 

 

Enmiendas oficialistas 

 

El tema fue abordado por la comisionada Verónica Undurraga (PPD) que, en representación de Unidad para Chile, explicó las dos enmiendas del sector al artículo cinco del anteproyecto: “23/1” y “26/1”

 

Sobre la primera, comentó que busca establecer como “obligaciones estándares” a los órganos del Estado el respeto y garantía de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales ratificados. 

 

 

 

Enmienda “23/1” presentada por comisionadas y comisionados de Unidad para Chile

 

 

Y, respecto a la segunda enmienda, señaló que consideran que tanto en la actual Constitución, como en el anteproyecto, los tratados gozan de jerarquía constitucional. Sin embargo, proponen “explicitar” este rango incorporando un nuevo inciso al artículo. 

 

 

 

Enmienda “26/1” presentada por comisionadas y comisionados de Unidad para Chile

 

 

Según Undurraga, las enmiendas recogen la relación que ha tenido el Estado de Chile suscribiendo tratados tanto del sistema universal de derechos humanos (ONU) y del sistema interamericano de derechos humanos (OEA). 

 

“Compatriotas nuestros y diversos gobiernos, de distintos signos políticos, contribuyeron activamente a la creación de ambos sistemas y creo que tenemos que estar orgullosos de esta historia”, señaló Undurraga.

 

Además, sostuvo que algunas de las enmiendas ingresadas por el Partido Republicano y Chile Vamos reflejan “una actitud de resistencia frente al derecho internacional de derechos humanos y al actuar de los órganos, porque se dice que atentaría contra la soberanía del país”. 

 

En esa línea van las enmiendas que transforman en facultativa y no obligatoria el cumplimiento de fallos de tribunales internacionales cuando esa sentencia, de acuerdo a los tratados que hemos ratificado, les concedimos carácter obligatorio”, indicó sobre la enmienda “32/1” ingresada por la bancada republicana.

 

 

Enmienda “32/1” presentada por comisionadas y comisionados republicanos. 

 

 

También, señaló que la indicación “29/1”, del mismo sector, es contradictoria con “los mismos órganos de los que participamos” ya que “prohíbe interpretar los tratados de acuerdo a instrumentos internacionales no vinculantes”

 

Por último, Undurraga afirmó que las enmiendas de su sector tienen una “concepción cooperativa” de respeto y protección a los derechos humanos, que contrasta con el carácter “soberanista un poco antigua y muy a la defensiva” de algunas enmiendas de la derecha

 

Buscamos esta cooperación, no lo pensamos como una resistencia, una intervención, como una invasión, sino que lo pensamos como un foro más amplio de gente de países que buscan de buena fe, de común acuerdo”, finalizó la comisionada. 

 

Una duda republicana abre debate

 

Tras la presentación, el consejero republicano Luis Silva consultó sobre cómo se resuelve el eventual conflicto entre la norma constitucional y el tratado internacional, develando las aprehensiones republicanas frente al debate del rango constitucional de estos. 

 

Al respecto, la comisionada Undurraga indicó que existen tres escenarios de resolución ante un eventual conflicto, como cuando se presentan diferencias de significado y alcance entre los catálogos de la Constitución con el de tratados internacionales.

 

Para Undurraga este es el escenario “más común” que se resuelve con esfuerzos de interpretación y armonización de las normas internas, que implica establecer “un diálogo más exigente” con los distintos grupos dentro de la sociedad. 

 

“El que las normas sean de la misma jerarquía permite y exigen una deliberación más fuerte, una mejor justificación y eso va en beneficio de la inclusión, de una mejor deliberación democrática, y no en contra. Y va en beneficio, finalmente, de una mejor protección de los derechos de las personas”, puntualizo la comisionada. 

 

Contrarrespuesta de Silva

 

El escenario expuesto por Undurraga fue criticado por el consejero republicano, quien sostuvo que “no es coherente con afirmar que la Constitución es la norma suprema”.

 

Ahí hay un problema de lógica para nosotros, es decir, cómo se puede decir al mismo tiempo que la Constitución es la norma suprema y reconocer que en un eventual conflicto con la norma internacional, primaría la norma internacional. Si nos dan un argumento para resolver esa cuestión, obviamente que estaríamos abiertos a revisar”, señaló Silva.

 

Finalmente, el consejero reconoció que las enmiendas de su sector están inspiradas en la existencia de “una sospecha” de que los órganos internacionales debilitan la soberanía.

 

Y, concluyendo, aclaró sobre la enmienda “29/1” ingresada por la bancada que preside: “Es cierto que la redacción es equívoca, pero ahí lo que se quiso decir, no es que Chile tendrá facultad de decidir si aplica o no aplica las sentencias internacionales, sino cómo se aplican, cual será el modo que se aplican”.